A través de este trámite se inscribe una compraventa de un bien inmueble a nombre del comprador quedando legalizada la transferencia de dominio.
Bien inmueble: Todo lo que no se puede trasportar de un lugar a otro y que se encuentran adheridos al suelo, por ejemplo: casa, terreno, departamento, etc.
Transferencia de dominio: Traspaso de propiedad de una persona a otra pagando un precio justo.
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que esté en capacidad para contratar y en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que haya comprado un bien inmueble en el cantón en el cual proceda la inscripción.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Razón de Inscripción de Compraventa
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
INSCRIPCIÓN Y RAZÓN
1.-Escritura de compra venta (original y copia)
2.-copias de la cédula de identidad y certificados de votación de los comparecientes si son extranjeros copia del pasaporte ,si son personas juridica copia del nombramiento y ruc ,la autorizacion de los socios si es venta y son mandatarios el respectivo poder según el caso.
3.-Certificado de Gravamen otorgado por el registro de la Propiedad del Cantón Patate.
4.-Pago de alcabalas y plusvalia si es el caso
5.- Formularios de transferencia de dominio otorgado por el Departamento de Avaluos y Catastros .
6.-Certificado de no adeudar al municipio
7.- En la venta a legitimarios ,adjuntar el pago del impuesto a la renta sobre legados,donaciones,y herencias (Donaciones, presuntivas)
8.-Si la venta son de bienes de menores de edad adjuntar la autorización judicial debidamente certificada
9.-El comprobante de pago del arancel por concepto de inscripción.
NOTAS:
TRÁMITE EN LÍNEA:
TRÁMITE PRESENCIAL:
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
La Tabla de aranceles a pagar por la inscripción de los contratos de cuantía determinada consta en una disposición transitoria correspondiente de la Ordenanza Municipal b) Por el registro de la declaratoria de propiedad horizontal y todos los
documentos que ésta comprenda, la cantidad de 20 dólares;
c) Por la inscripción o cancelación de patrimonio familiar , testamentos,
adjudicaciones del INDA, la cantidad de 8 dólares;
d) Por el registro de las hipotecas constituidas a favor del Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social y el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, percibirán el (50%) cincuenta por ciento , de los valores fijados en la tabla en el literal a) de
este artículo para la respectiva categoría;
e) Por el registro de contratos de venta e hipoteca celebrado con el Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social y el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, se
aplicará un (50%) cincuenta por ciento , de los valores establecidos en las
tablas del registro de los documentos mencionados en el literal a) de este
artículo para la respectiva categoría;
f) Por la inscripción de concesiones mineras de exploración , la cantidad de 30
dólares; y, por las concesiones mineras de explotación la cantidad de 60
dólares; y,
g) Por la domiciliación, disolución y liquidación de compañías, reforma y
codificación de estatutos, cambio de domicilio, capitulaciones matrimoniales,
poderes otorgados en el Ecuador o extranjeros, cancelación de permisos de
operación, la cantidad de 10 dólares.
A estos derechos el Registrador de la Propiedad podrá incorporar hasta el
ciento por ciento por concepto de gastos generales; en ningún caso la planilla
podrá exceder a los quinientos dólares.
Las aclaraciones de homónimos de imputados o acusados en procesos
penales serán gratuitos, así como la inscripción de prohibiciones de enajenar
y embargos ordenados en procesos penales de acción pública y en causas
de alimentos.
- Para el pago de derechos de registro, calificación e inscripción de los siguientes
actos, incluyendo los rubros de gastos generales, se establece los siguientes
valores:
a) Por la inscripción de posesiones efectivas, la cantidad de 4 dólares
b) Por la inscripción de embargos, demandas, sentencias, interdicciones,
prohibiciones judiciales de enajenar y sus cancelaciones, la cantidad de 8
dólares por cada uno;
c) Por certificaciones de constar en el índice de propiedades, la cantidad de 4
dólares
d) Por las certificaciones de propiedad , gravámenes y limitaciones de dominio,
la cantidad de 7 dólares
e) Por la inscripción de cancelación de gravámenes y derechos personales , la
cantidad de 5 dólares
f) Por las certificaciones de matriculas inmobiliarias, la cantidad de 3 dólares; y,
g) En los casos no especificados en la enunciación anterior la cantidad de 3
dólares
GAD San Cristobal de Patate Av.Ambato principal
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Fecha de última actualización: 2021/04/06