Testamento

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Cristobal de Patate (GADCSCP)

El trámite de inscripción de Testamento, consiste en inscribir la disposición de bienes que realiza una persona antes de su muerte, para sus herederos o legatarios.

Legatario: Es aquella persona particular, que adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia.

Heredero: Persona que recibe los bienes, el dinero o los derechos y obligaciones de una persona cuando esta muere.

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjero que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que requiera ejercer su legítimo derecho de heredero o legatario de los bienes dejado por la persona fallecida mediante testamento.

 ¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

 Razón de Inscripción de Testamento

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

INSCRIPCIÓN Y RAZÓN DE INSCRIPCIÓN

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1.- Escritura del Testamentario(original y copias)

2.-Certificado de gravámenes actualizados 

3.-Partida de Defunción del testador o certificado de defunción autenticado 

4.-Copias de cédulas de identidad y certificados de votación de los herederos 

5.- Carta de pago del impuesto predial del año en curso 

6.- Certificado de no adeudar al municipio 

7.- Pago del Impuesto a la Renta sobre ingresos provenientes de herencias ,legados  y donaciones : formulario 108 y anexo emitido y sellado por el por el SRI,en original o copia certificada ,de cada heredero que comparece y por cada causante o el certificado liberatorio por prescripción o exoneración respectiva (obligatoria) 

8.-El comprobante de pago del  arancel por concepto de Inscripción 

Requisitos Especiales:

  • En caso de bienes inmuebles Certificado de Gravamen o de bienes otorgado por el Registro de la Propiedad  y cartas de de impuestos predial.
  • En caso de ser legatario se debe incluir el impuesto de alcabalas

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE EN LÍNEA:

  1. Ingresar en la opción "trámite en línea".
  2. Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
  3. Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec, en caso de ser observado (opción trámite en línea).
  4. Recibir por medio de correo electrónico la proforma emitida por parte del Registro de la Propiedad.
  5. Pagar a favor del Registro de la Propiedad del Cantón Patate , a través de los mecanismos de recaudación habilitados.
  6. Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
  7. Recibir por medio de correo electrónico la factura emitida por el Registro de la Propiedad.
  8. Recibir por medio de correo electrónico la razón de inscripción.

    TRÁMITE PRESENCIAL:

  9. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad.

  10. Subsanar observaciones (en caso de existir).
  11. Realizar el pago según las formas aceptadas.
  12. Retirar la razón de inscripción.
  13. NOTA 
  14. El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o  la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en  el formulario en línea.
  15. Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
  16. En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
  17. El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo del  Tramite  es $ 4.00 por lote 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

GAD San Cristobal de Patate  Av .Ambato principal 

Lunes a Viernes de 8h00 a 17h00 

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Adriana Ojeda

Email: gadregistropatate@gmail.com

Teléfono: 2870214(ext 122)

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2021/04/06