FIDEICOMISO O NEGOCIOS FIDUCIARIOS

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Cristobal de Patate (GADCSCP)

A través de este trámite se inscribe la transferencia de bienes inmuebles de manera temporal e irrevocable, para que la fiduciaria, cumpla con las finalidades específicas instituidas en el contrato de constitución.

Bien inmueble: Todo lo que no se puede trasportar de un lugar a otro y que se encuentran adheridos al suelo, por ejemplo: casa, terreno, departamento, etc.

Fiduciaria: Persona de confianza a cuya buena fe el fiduciario encomienda algún encargo reservado constituido en bienes, para administrarlos y dar cumplimiento a la finalidad encomendada.

Fideicomiso: Como el negocio Jurídico en virtud del cual una persona llamada fiduciante transfiere a título de confianza, a otra persona denominada fiduciario, uno o más bienes (que pasan a formar el patrimonio fidecomitido) para que al vencimiento de un plazo o al cumplimiento de una condición, éste transmita la finalidad o el resultado establecido por el primero, a su favor o a favor de un tercero llamado beneficiario o fideicomisario.

Constituyente: Es quien constituye el fideicomiso, transmitiendo la propiedad del bien o de los bienes al fiduciario, para que cumpla la finalidad específica del fideicomiso.

Beneficiario: : Es aquel en cuyo favor se ejerce la administración de los bienes fideicomitidos. Puede ser una persona física o jurídica que puede no existir al tiempo del contrato o testamento, siempre que consten los datos que permitan su individualización futura. Se puede designar más de un beneficiario y beneficiarios sustitutos. Si el beneficiario no llegara a existir, no acepta, o renuncia, el beneficiario será el fideicomisario y en defecto de éste será el fiduciante.

 

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que esté en capacidad para contratar y en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y desee establecer un fideicomiso o negocio fiduciario de un bien inmueble en el Cantón Patate.

 

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

 Razón de Inscripción de Fideicomiso o Negocio Fiduciario

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

se obtiene la legalidad del tramite mediante razón de inscripción

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1.-Escritura de constitución del FIDEICOMISO (original y copia) 

2.-Copias de cédulas de identidad y certificados de votación de los comparecientes si son extranjeros copia del pasaporte ,si son personas jurídicas copia del nombramiento el respectivo poder según el caso .

3.- Certifcado de Gravamen otorgado por el registro de la propiedad del Cantón Patate 

4.- Formulario de transferencia de dominio otorgado por el departamento de Avaluos y Catastros 

5.- Certificado de no adeudar al municipio de Patate 

6.- El comprobante de pago del arancel por concepto de inscripción 

NOTAS:

  • Escritura Pública: Documento realizado ante un notario que evidencia la constitución de una hipoteca.
  • Certificado de Gravamen: Documento obtenido mediante un trámite ante el Registro de la Propiedad.
  • En el caso de trámite en línea debe cargarse la Escritura de Fideicomiso en PDF y si es presencial, entregar primera y segunda copia.

Requisitos Especiales:

  • Requisitos Especiales:

  • En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con la carta de autorización debidamente suscrita por la fiduciaria.
  • En caso de persona jurídica Nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil,Certificado de Registro Único de Contribuyentes, Autorización de los socios o accionistas de la Compañía.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad.
  2. Subsanar observaciones (en caso de existir).
  3. Realizar el pago según las formas aceptadas.
  4. Retirar la razón de inscripción.

    TRÁMITE EN LÍNEA:

  5. Ingresar en la opción "trámite en línea".
  6. Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
  7. Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec, en caso de ser observado (opción trámite en línea).
  8. Recibir por medio de correo electrónico la proforma emitida por parte del Registro de la Propiedad.
  9. Pagar a favor del Registro de la Propiedad, a través de los mecanismos de recaudación habilitados.
  10. Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
  11. Recibir por medio de correo electrónico la factura emitida por el Registro de la Propiedad.
  12. Recibir por medio de correo electrónico la razón de inscripción.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Se calcula mediante el  certificado de avaluos y catastros ,Tabla de aranceles, tasas, tarifas y costos: Para el pago de los aranceles, tasas, tarifas, costos y derechos de registro por la calificación e inscripción de actos que contengan la constitución, modificación, transferencia de dominio, adjudicaciones y extinción de derechos reales o personales sobre muebles e inmuebles, así como la imposición de gravámenes o limitaciones de dominio, y cualquier otro acto similar, se considerará las siguientes categorías sobre las cuales percibirán los derechos:

TABLA

b) Por el registro de la declaratoria de propiedad horizontal y todos los
documentos que ésta comprenda, la cantidad de 20 dólares;
c) Por la inscripción o cancelación de patrimonio familiar , testamentos,
adjudicaciones del INDA, la cantidad de 8 dólares;
d) Por el registro de las hipotecas constituidas a favor del Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social y el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, percibirán el(50%) cincuenta por ciento , de los valores fijados en la tabla en el literal a) de
este artículo para la respectiva categoría;
e) Por el registro de contratos de venta e hipoteca celebrado con el Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social y el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, se
aplicará un (50%) cincuenta por ciento , de los valores establecidos en las
tablas del registro de los documentos mencionados en el literal a) de este
artículo para la respectiva categoría;
f) Por la inscripción de concesiones mineras de exploración , la cantidad de 30
dólares; y, por las concesiones mineras de explotación la cantidad de 60
dólares; y,
g) Por la domiciliación, disolución y liquidación de compañías, reforma y
codificación de estatutos, cambio de domicilio, capitulaciones matrimoniales,
poderes otorgados en el Ecuador o extranjeros, cancelación de permisos de
operación, la cantidad de 10 dólares.
A estos derechos el Registrador de la Propiedad podrá incorporar hasta el
ciento por ciento por concepto de gastos generales; en ningún caso la planilla
podrá exceder a los quinientos dólares.
Las aclaraciones de homónimos de imputados o acusados en procesos
penales serán gratuitos, así como la inscripción de prohibiciones de enajenar
y embargos ordenados en procesos penales de acción pública y en causas
de alimentos.
- Para el pago de derechos de registro, calificación e inscripción de los siguientes
actos, incluyendo los rubros de gastos generales, se establece los siguientes
valores:

a) Por la inscripción de posesiones efectivas, la cantidad de 4 dólares
b) Por la inscripción de embargos, demandas, sentencias, interdicciones,
prohibiciones judiciales de enajenar y sus cancelaciones, la cantidad de 8
dólares por cada uno;
c) Por certificaciones de constar en el índice de propiedades, la cantidad de 4
dólares
d) Por las certificaciones de propiedad , gravámenes y limitaciones de dominio,
la cantidad de 7 dólares
e) Por la inscripción de cancelación de gravámenes y derechos personales , la
cantidad de 5 dólares
f) Por las certificaciones de matriculas inmobiliarias, la cantidad de 3 dólares; y,
g) En los casos no especificados en la enunciación anterior la cantidad de 3
dólares

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

GADM San Cristobal de Patate Av. Ambato principal 

Atención de lunes a viernes de 8h00 a 17h00  

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Adriana Ojeda

Email: gadregistropatate@gmail.com

Teléfono: 2870241(ext 122)

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2021/04/06