división mas de diez

Se consideran los fraccionamientos, particiones o subdivisiones de un terreno en más de diez predios, con dotación de obras de infraestructura y espacio público, las mismas que se sujetarán a las disposiciones de la presente ordenanza.

Generalmente a esta subdivisión de más de diez predios, se la ha conocido como urbanizaciones.

¿A quién está dirigido?

Son propuestas de iniciativa municipal o privada que tienen por finalidad la división y habilitación del suelo en áreas de la circunscripción territorial del cantón Palanda calificadas exclusivamente como suelo urbano y suelo rural de expansión urbana.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Revisado por el encargado correspondiente.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Solicitud en hoja valorada suscrita por el propietario y el profesional responsable, de acuerdo al formato establecido por el GADM;
  • Certificado de no adeudar al GADM de Palanda del propietario y proyectista;
  • Cpia de la cédula y papeleta de votación del propietario. en caso de que el trámite lo realice un tercero, presentará la autorización del propietario y su cédula de coiudadanía y certificado de votación.
  • Informe predial de regulación y uso de suelo – IPRUS actualizado.
  • Copia simple de escritura del inmueble inscrita en el Registro de la Propiedad y Certificado de gravámenes actualizado;
  • Planos (en físico y en digital en formato AutoCAD georreferenciados) con la firma y datos del propietario (nombre y número de cédula) y de los profesionales competentes (nombre, número de cédula y registro Senescyt) en cada especialidad.
  • Los planos deberán estar elaborados en conformidad con la normativa urbanística y demás normativa vigente para el efecto.
  • La propuesta de la subdivisión se graficará sobre el plano topográfico georreferenciado, deberá incluir:

1. Ubicación a escala.

2. Delimitación exacta de los linderos del terreno y especificación de los colindantes.

3. Diseño vial integrado al sistema vial existente y basado en el estudio de tráfico respectivo.

4. Propuesta de diseño de la subdivisión del predio.

5. Equipamiento urbanístico y áreas recreativas.

6. Cortes del terreno para identificar pendientes, ríos, quebradas, etc.

7. Cuadro de datos conteniendo superficies y porcentajes del área total del predio a urbanizar, área útil, área de vías, área de afectación, área de protección de accidentes.

geográficos y de protección especial, área comunal, listado total de predios con numeración continua, áreas y linderos.

8. Certificado, registro o licencia ambiental emitido por el ente competente (de ser el caso).

  • Planos.

¿Cómo hago el trámite?

  • Descargar la solicitud de esta misma página, llenarlo y firmarlo.
  • Dirigirse a la ventanilla de planificación en edificio principal.
  • Presentar todos los requisitos.
  • El profesional o propietario que desee realizar una subdivisión de más de diez predios deberá solicitar previo al trámite de aprobación de planos, la pre factibilidad o factibilidad de servicios de infraestructura en las dependencias pertinentes, tanto de agua potable, alcantarillados sanitario y pluvial, servicio de energía eléctrica y telefónico, análisis de suelos-geología; para lo cual deberá realizar una memoria técnica y anteproyecto de loteamiento y amanzanamiento.
  • La aprobación de los planos de subdivisión de más de diez predios tendrá dos fases: la primera que consistirá en una autorización preliminar que faculta a los interesados para presentar los estudios complementarios, y la segunda fase donde debe producirse la aprobación definitiva de la urbanización, con todos sus estudios complementarios aprobados.
  • Recibir notificación de datos técnicos omitidos en la parte técnica y legal de los planos para que realice las respectivas correcciones (Este paso se da en caso de que los planos presenten errores).

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El valor a pagar por la tasa correspondiente a la aprobación del proyecto arquitectónico con todos los estudios complementarios debidamente aprobados por los departamentos municipales o instituciones correspondientes, será el equivalente al 2% de la remuneración básica unificada por cada lote resultante.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lunes a Viernes

08:00 am - 12:00 pm

13:00 pm - 17:00 pm

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El plazo de vigencia de la autorización del anteproyecto será de 6 meses.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: José Ernesto Briceño Torres

Email: joseebt.11@hotmail.com

Teléfono: 37002580


Fecha de última actualización: 2022/11/29