REGULARIZACIÓN DE EXCEDENTES O DIFERENCIAS DE TERRENO

Las personas que tienen el derecho de precisar, corregir o complementar la descripción de los límites y colindancias de un terreno o propiedad en documentos legales, como escrituras, títulos de propiedad o catastros. Esto es necesario cuando existen errores, imprecisiones o discrepancias en la información registrada, lo que podría generar conflictos con propietarios vecinos o dificultades en trámites legales.

¿A quién está dirigido?

Las entidades Jurídicas Privadas son organizaciones que poseen personalidad jurídica independiente y son constituidas por personas o grupos privados. Estas organizaciones son responsables legalmente por sus actividades y deben cumplir con las normativas que rigen el sector privado. Las Jurídicas Públicas son aquellas organizaciones pertenecientes al Estado, cuyo principal objetivo es el interés colectivo. Actúan bajo la legislación estatal y están orientadas a la provisión de servicios públicos esenciales y al bienestar de la sociedad en su conjunto. Por último, los Beneficiarios Naturales Ecuatorianos se refieren a las personas físicas de nacionalidad ecuatoriana. Son individuos que tienen derechos y deberes establecidos por la Constitución y las leyes del país.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Registro, certificaciones o constancias

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Solicitud en especie valorada dirigida al director de planificación, solicitando la autorización para el traspaso de dominio, en el cual debe constar: número de cédula, número de teléfono, correo electrónico y ubicación.
  • Certificado de gestión de riesgos.
  • Pago del impuesto predial del año en curso.
  • Copia simple de la escritura.
  • Informe de regulación de uso de suelo (IPRUS),
  • Certificado historiado del registro de la propiedad.
  • Copia de cédula, certificado de votación del propietario y del conyugue, 
  • Certificado de no adeudar del GADCP del propietario y conyugue. 
  • Declaración juramentada.
  • Acta entre colindantes.
  • Respaldo digital (CD).
  • Fotografías de los linderos colindantes.
  • Levantamiento planimétrico (PLANOS)
  • Copia de cédula del profesional que elabora la planimetría,
  • Registro profesional del Senecyt y registro municipal.
  • Pago de excedentes o áreas.

¿Cómo hago el trámite?

El trámite se realiza totalmente de forma presencial en el cual el usuario que quiera realizar el trámite se acerque a la institución con los requisitos previamente mencionados, posterior a ello se presenta la carpeta y se espera el tiempo de respuesta por parte de la institución, finalmente nuevamente el usuario se acerca a la institución de GADCP para retirar la aclaratoria de linderos y dimensiones si todos los requisitos son correctos en caso contrario se deberán de rectificar y esperar una nueva verificación.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

 2% DEL SBU

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lunes a Viernes

08:00 am - 12:00 pm 

13:00 pm - 17:00 pm

Contacto para atención ciudadana

Contacto: TÉCNICO DE AVALÚOS Y CATASTROS

Email: avaluosycatastrosgadcp@gmail.com


Fecha de última actualización: 2025/03/06

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