Fraccionamientos de lotes

Permite al propietario de un macrolote urbano o rural la subdivisión o parcelamiento en terrenos de menores dimensiones cumpliendo con lo establecido en las leyes pertinentes, ordenanzas municipales así como también  el plan de ordenamiento territorial y plan de uso y gestión del suelo del cantón el Carmen

¿A quién está dirigido?

Todo propietario Jurídico-Privada, Jurídica-Pública, Natural-Ecuatoriana, Natural-Extranjera, propietario de un macrolote urbano o rural que requiere subdividir o parcelar en terrenos de menores dimensiones en el cantón El Carmen.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Informe de fraccionamiento

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1.Copia de escritura 
2. Certificado del registro de la propiedad 
3. Certificado de no adeudar 
4. Copia de cédula de todos los intervinientes
5. Planos y CD -3 Planos A-3. 
6. Formulario de fraccionamiento 
7. Formulario de avalúos y catastros 
8. Correo electrónico y número telefónico.

¿Cómo hago el trámite?

1. El usuario entrega una carpeta con todos los requisitos en Planificacion Urbana y Rural
2. Elaboración del respectivo informe de los arquitectos
3. Dependiendo del informe favorable se la envía a Jurídico para la aprobación de dicho fraccionamiento
4. Entrega de informe de fraccionamiento al solicitante


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

De acuerdo al área de terreno y ubicación

VALORES FIJOS
* Certificado de no adeudar = 0,30% del salario mínimo (COMPONENTE PRINCIPAL +  TIMBRE DE SOLICITUD)
* Formulario de Fraccionamiento = $2,13
* Formulario avalúos y catastro = 3 % del salario mínimo (Timbre y componente) 
 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Edificio Municipal-Departamento de Planificacion Urbana y Rural, Avenida Chone y calle Libertad
Horario de Atención de 08:00 am -17:00pm

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Prescribe el acto administrativo después de tres años si no se realiza el pago por la compra del bien inmueble o no se legaliza mediante la escritura inscrita en el Registro de la Propiedad

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Planificación Urbana y Rural

Email: alcaldia@gadmec.gob.ec

Teléfono: 2660010


Fecha de última actualización: 2022/06/11