El trámite es orientado a regular la venta de los combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos a través del proceso para el abastecimiento de combustible a instituciones públicas, privadas, personas naturales y clientes eventuales, bajo la modalidad de pago Prepago, Postpago y Petropago en los centros de distribución de propiedad de EP Petroecuador a nivel nacional.
Los beneficiarios de la empresa son las personas naturales, jurídicas nacionales Privadas, Públicas o Mixtas, bajo la modalidad de pago Prepago, Postpago y Petropago en los centros de distribución de propiedad de EP Petroecuador a nivel nacional.
Este trámite esta disponible para:
Personas Jurídicas Nacionales - Privadas
Personas Jurídicas Nacionales - Públicas
Personas Jurídicas Nacionales - Mixtas
Persona Natural - Nacional
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.
gasolinas: súper, extra, extra con etanol y diésel premium
DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS:
Para la suscripción de Contratos / Ordenes de Compras con instituciones públicas se observará las disposiciones estipuladas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento, de acuerdo con la modalidad de contratación.
DE LAS INSTITUCIONES PRIVADAS:
Oficio dirigido a la Jefatura de Estaciones de Servicios y/o Jefaturas Zonales de Estaciones de Servicios de EP PETROECUADOR, solicitando el abastecimiento de combustibles a través de la modalidad Postpago y/o Prepago.
Copia notariada del nombramiento del Representante Legal de la institución privada inscrito en el Registro Mercantil.
Registro Único de Contribuyentes (RUC) actualizado.
Copias de las matrículas y/o documento que acredite la propiedad de los vehículos, maquinaria-equipo y embarcaciones.
COM.03.04.DR.01.FO.01 Solicitud de Afiliación de Abastecimiento de Combustibles.
DE LAS PERSONAS NATURALES:
Oficio dirigido a la Jefatura de Estaciones de Servicios y/o Jefaturas Zonales de Estaciones de Servicios de EP PETROECUADOR, solicitando el abastecimiento de combustibles a través de la modalidad Postpago y/o Prepago.
Registro Único de Contribuyentes (RUC) actualizado.
Copias de las matrículas y/o documento que acredite la propiedad de los vehículos, maquinaria-equipo y embarcaciones a motor.
COM.03.04.DR.01.FO.01 Solicitud de Afiliación Abastecimiento de Combustibles.
DE LOS CLIENTES EVENTUALES:
DE LAS EMPRESAS PUBLICAS, PRIVADAS Y PERSONAS NATURALES clientes PETROPAGO:
Oficio dirigido a la Jefatura de Estaciones de Servicios y/o Jefaturas Zonales de Estaciones de Servicios de EP PETROECUADOR, solicitando el abastecimiento de combustibles a través de la modalidad Pretropago.
Registro Único de Contribuyentes (RUC) actualizado.
Copias de las matrículas y/o documento que acredite la propiedad de los vehículos, maquinaria-equipo y embarcaciones de motor.
COM.03.04.DR.01.FO.01 Solicitud de Afiliación Abastecimiento de Combustibles.
DE LAS EMBARCACIONES DE MOTOR DIÉSEL NAVIERO NACIONAL Y PESCA ARTESANAL, CLIENTES PREPAGO:
Oficio dirigido a la Jefatura de Estaciones de Servicios de EP PETROECUADOR, solicitando el abastecimiento de combustibles a través del sistema Petrocard, modalidad Prepago para el abastecimiento de combustibles para el Sector Naviero y Pesca Artesanal, en el cual deberá detallar: Centro de Distribución y plazo y nombre del administrador del contrato (para instituciones del sector público).
Copia del RUC actualizado.
Copia notariada del nombramiento del representante legal (si es persona jurídica).
Copia de la Matrícula de la embarcación a motor.
Copia del Permiso de Tráfico otorgado por la DIRNEA.
Copia del Permiso de Pesca.
Constar en la lista autorizada de la DIRNEA.
COM.03.04.DR.01.FO.06 Solicitud de Afiliación de Embarcaciones.
1. Contrato u Orden de Compra vigente.
2. Saldo disponible por cliente.
3. Orden de carga u Orden de Abastecimiento.
DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS, A TRAVÉS DEL PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS (SERCOP)
RÉGIMEN ESPECIAL
a. Recibir la invitación de la entidad contratante a través del portal de compras públicas del Servicio Nacional de Contratación Pública-SERCOP en la herramienta de Régimen Especial.
b. El responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas revisará y verificará que los pliegos incluyan las condiciones para el abastecimiento de combustibles.
c. El responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas revisará el cronograma y el procedimiento establecido en los pliegos.
d. El Gerente General o su delegado suscribirá el Acta de Audiencia de preguntas y aclaraciones.
e. El responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas presentará la oferta suscrita por el Gerente General o su delegado.
f. Suscribir electrónicamente el Contrato entregado por parte del Representante Legal de la institución pública y el Gerente General o su delegado.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
a. Recibir la invitación de la entidad contratante a través del portal de compras públicas del Servicio Nacional de Contratación Pública-SERCOP en la herramienta de Procedimiento Especial.
b. El responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas revisará y verificará que los pliegos incluyan las condiciones para el abastecimiento de combustibles.
c. El responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas revisará el cronograma y el procedimiento establecido en los pliegos.
d. El Gerente General o su delegado suscribirá el Acta de Audiencia de preguntas y aclaraciones.
e. El responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas presentará la oferta suscrita por el Gerente General o su delegado.
f. Suscribir electrónicamente el Contrato entregado por parte del Representante Legal de la institución pública y el Gerente General o su delegado.
ÍNFIMA CUANTÍA
a. Recibir la invitación de la entidad contratante, a través del portal de compras públicas del Servicio Nacional de Contratación Pública - SERCOP, en la herramienta Necesidades de Contratación y Recepción de Proformas.
b. El responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas revisará y verificará que los Términos de Referencia (TDR) incluyan las condiciones para el abastecimiento de combustibles.
c. El responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas revisará la fecha término para la presentación de la proforma y publicará en el portal de compras públicas.
d. El Gerente General o su delegado suscribirá electrónicamente la Orden de Compra emitida por la entidad contratante conforme el formato establecido por el SERCOP
DE LAS INSTITUCIONES PRIVADAS Y PERSONAS NATURALES
a. Receptar la documentación requerida
b. Elaborar por parte del responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas el proyecto de contrato, según corresponda.
c. Solicitar a la Jefatura de Gestión Documental y Archivo, la asignación de un numero de Contrato, a través de la herramienta SMAX.
d. Suscribir un ejemplar en archivo digital con firma electrónica.
DE LOS CLIENTES EVENTUALES
a. Receptar la documentación requerida
b. Solicitar a través de correo electrónico a la Jefatura de área de Estaciones de Servicios el abastecimiento de combustibles para clientes eventuales.
c. Solicitar la emisión de la factura por el monto total requerido.
d. Realizar el depósito o transferencia a la cuenta corriente del Centro de Distribución.
e. Remitir el comprobante del depósito o transferencia por correo electrónico al Centro de Distribución previo al abastecimiento de combustibles.
f. El valor acreditado deberá ser consumido en un plazo no mayor a 10 días.
DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS, PRIVADAS Y PERSONAS NATURALES CLIENTE PETROPAGO
a. Receptar la documentación requerida.
b. La Jefatura de Estaciones de Servicios, notificará al cliente y al Centro de Distribución mediante un Oficio, el abastecimiento de combustibles a través de la modalidad Petropago.
c. Registrar los datos del cliente en el sistema de facturación del Centro de Distribución de propiedad de EP PETROECUADOR.
d. El Supervisor, Analista y/o Asistente del Centro de Distribución, emitirá la factura para el pago respectivo.
e. El Supervisor, Analista y/o Asistente, coordinará con la Jefatura de Contabilidad General (zona norte), Jefatura de Gestión Financiera Sur (zona sur) para la verificación del depósito en la cuenta del Centro de Distribución.
f. El Supervisor, Analista y/o Asistente, emitirá los Dispositivos RIFD en los Centros de Distribución, que cuenten con sistema automático.
g. El Supervisor, Analista y/o Asistente, despachará el combustible hasta por el monto prepagado, previo la recepción de la Orden de Carga de Combustibles.
h. El Supervisor, Analista y/o Asistente, emitirá el reporte de los consumos de combustibles en los Centros de Distribución de propiedad de la EP PETROECUADOR.
DE LAS EMBARCACIONES A MOTOR DIÉSEL NAVIERO NACIONAL, PESCA ARTESANAL
a. Receptar la documentación requerida
b. Elaborar por parte del responsable de la Subgerencia de Ventas Minoristas el proyecto de contrato según corresponda
c. Solicitar a la Jefatura de Gestión Documental y Archivo, la asignación de un numero de Contrato, a través de la herramienta SMAX .
d. El Gerente General o su delegado suscribirá un ejemplar en archivo digital con firma electrónica.
1. Solicitar la factura del valor total o parcial de la contratación, en el Centro de Distribución que corresponda el proceso.
2. Realizar el pago a la cuenta destinada en el proceso de contratación.
3. Presentar la Orden de carga u Orden de abastecimiento.
4. Abastecimiento de combustible en el Centro de Distribución
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El Trámite no tiene costo, sin embargo el cliente deberá cancelar el valor del combustible solicitado de acuerdo a los términos del contrato suscrito.
De Lunes a Viernes
Horario: 8hoo a.m. a 16h45 p.m.
Jefatura de Estaciones de Servicio de EP PETROECUADOR Mercy.Ulloa@eppetroecuador.ec / Ext: 14402
Alpallana E8-86 y Av. 6 de Diciembre
Teléfono: 593-2 3954000
De acuerdo a los términos del contrato
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Art. 1.- Crear la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, como una persona de derecho público con personalidad jurídica, patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión, con domicilio principal en el cantón Quito, provincia de Pichincha.
Art. 271.- Casos especiales de bienes y/o servicios.- Las entidades contratantes podrán realizar varias ínfimas cuantías en el ejercicio fiscal de los mismos bienes y/o servicios,
pudiendo exceder la sumatoria de todas estas contrataciones, el valor de diez mil dólares de los Estados Unidos de América (USD $10.000), exclusivamente en los siguientes
casos:
2. La adquisición de combustibles en operaciones de la entidad, cuyo monto mensual no podrá superar la cuantía establecida para los procedimientos de ínfima cuantía.
Art. 331.- Adquisición de combustible- Cuando las entidades contratantes requieran adquirir combustible para el uso de sus vehículos, se seguirá el siguiente procedimiento precontractual.
Todos los artículos
Art. 38.-Régimen Especial.- Se someterán a la normativa específica que para el efecto dicte el Presidente de la República en el Reglamento General a esta Ley, bajo criterios de selectividad, los procedimientos pre contractuales de las siguientes contrataciones:
6. Los que celebren el Estado con entidades del sector público, éstas entre sí, o aquellas con empresas públicas o empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en el cincuenta (50%) por ciento a entidades de derecho público o sus subsidiarias; y las empresas entre sí.
Art. 69.- La distribución de los productos será realizada exclusivamente por PETROECUADOR, quien actuará por sí misma o mediante las formas contractuales establecidas en esta Ley. La venta al público podrá ser ejercida por personas naturales o jurídicas a nombre de PETROECUADOR, las cuales suscribirán los correspondientes contratos de distribución con la empresa filial respectiva, que garanticen un óptimo y permanente servicio al consumidor, de acuerdo con las disposiciones de esta Ley y las regulaciones que impartiere la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 208 |
| 2 | 2026-02 | 0 | 258 |
| 3 | 2026-03 | 0 | 317 |
| 4 | 2026-04 | 0 | 296 |
| 5 | 2026-05 | 0 | 269 |
| 6 | 2026-06 | 0 | 337 |
| 7 | 2025-01 | 0 | 285 |
| 8 | 2025-02 | 0 | 268 |
| 9 | 2025-03 | 0 | 275 |
| 10 | 2025-04 | 0 | 265 |
| 11 | 2025-05 | 0 | 287 |
| 12 | 2025-06 | 0 | 265 |
| 13 | 2025-07 | 0 | 280 |
| 14 | 2025-08 | 0 | 297 |
| 15 | 2025-09 | 0 | 297 |
| 16 | 2025-10 | 0 | 288 |
| 17 | 2025-11 | 0 | 298 |
| 18 | 2025-12 | 0 | 301 |
Fecha de última actualización: 2026/01/15