Atención a solicitud de aplicación de beneficio de discapacidad en el servicio de energía eléctrica

Aplicación del beneficio de discapacidad

Información proporcionada por: Empresa Eléctrica Quito (EEQ)

Trámite que permite al usuario acceder al beneficio que se otorga a las personas con discapacidad, establecido en la Ley Orgánica de Discapacidades, que determina en su artículo 79.- Servicios.- "El servicio de energía eléctrica tendrá una rebaja del cincuenta por ciento (50%) del valor del consumo mensual hasta en un cincuenta por ciento (50%) del salario básico unificado del trabajador privado en general".

Además, a las personas jurídicas sin fines de lucro que tengan a su cargo centros de cuidado diario y/o permanente para las personas con discapacidad, debidamente acreditas por la autoridad nacional encargada de la inclusión económica y social, se exonera hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor de consumo que causare el uso de los servicios de los medidores de energía eléctrica. El valor de la rebaja no podrá exceder del veinticinco por ciento (25%) de la remuneración básica unificada del trabajador privado en general.

¿A quién está dirigido?

Todos los clientes de la Empresa Eléctrica Quito, que reúnan las siguientes condiciones:

  • Persona natural que tenga discapacidad, acreditada por la autoridad competente.
  • Persona natural representante legal o familiar, que tenga a su cuidado una persona con discapacidad.
  • Persona jurídica que acredite el desarrollo de actividades sin fines de lucro para la atención a personas con discapacidad, emitida por la autoridad competente.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Personas naturales- Descuento del cincuenta por ciento del valor del consumo mensual hasta en un cincuenta por ciento de un salario básico unificado

Personas jurídicas- Descuento del cincuenta por ciento del valor del consumo mensual hasta en un veinticinco por ciento de un salario básico unificado

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Personas Naturales:

  • Básico: Cédula de ciudadanía/identidad (original, en formato físico o electrónico, visualizado en la aplicación móvil Gob.EC.) del titular con consumo residencial o del representante legal de la persona con discapacidad, certificado o documento que acredite la calificación de la discapacidad y la certificación de condición discapacitante, núméro de cuenta contrato.
  • Adicional: Documento que certifique la condición de representante legal de la persona con discapacidad, carta de autorización en caso de que un tercero realice el trámite.

Personas Jurídicas:

  • Básico: Documentación emitida por la autoridad competente que demuestre que la institución se dedica a actividades sin fines de lucro y de atención a personas con discapacidad, Registro Único de Contribuyentes RUC, cédula de ciudadanía (original, en formato físico o electrónico, visualizado en la aplicación móvil Gob.EC.) del representante legal, nombramiento del representante legal, número de cuenta contrato.

¿Cómo hago el trámite?

Presencial:

El cliente concurrirá a la agencia de atención al cliente de la Empresa Eléctrica Quito de su preferencia y procederá de la siguiente manera:

  1. Tomará un turno.
  2. En el módulo de atención, presentará los requisitos correspondientes
  3. Una vez, que el personal de atención al cliente aplique el beneficio en el sistema comercial, procederá a suscribir el anexo al contrato de suministro de energía eléctrica para la aplicación del subsidio de la ley de discapacidades a consumidores residenciales.

La Empresa Eléctrica Quito en cualquier momento procederá a verificar en el sitio, la correcta aplicación de este beneficio.

En Línea:

El cliente ingresará al Portal Web de la Empresa, a través del siguiente enlace: 

https://www.eeq.com.ec/beneficios-de-discapacidad

  • Accederá a la información de los requisitos para la aplicación del beneficio de discapacidad y las formas de realizar la solicitud

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Este trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Las direcciones y horarios de atención de las diferentes agencias de atención al cliente, se puede consultar en el siguiente enlace:

https://www.eeq.com.ec/centros-de-atencion

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Call Center

Email: portalweb@eeq.com.ec

Teléfono: 136

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 136
2 2025-02 0 114
3 2025-03 0 117
4 2025-04 0 125
5 2025-05 0 184
6 2025-06 0 196
7 2025-07 0 221
8 2025-08 0 232
9 2024-01 0 192
10 2024-02 0 214
11 2024-03 0 206
12 2024-04 0 192
13 2024-05 0 200
14 2024-06 0 166
15 2024-07 0 189
16 2024-08 0 182
17 2024-09 0 198
18 2024-10 0 133
19 2024-11 0 116
20 2024-12 0 145
21 2023-01 0 282
22 2023-02 0 189
23 2023-03 0 236
24 2023-04 0 203
25 2023-05 0 217
26 2023-06 0 217
27 2023-07 0 218
28 2023-08 0 234
29 2023-09 0 199
30 2023-10 0 239
31 2023-11 0 209
32 2023-12 0 155
33 2022-01 0 176
34 2022-02 0 218
35 2022-03 0 203
36 2022-04 0 177
37 2022-05 0 231
38 2022-06 0 156
39 2022-07 0 201
40 2022-08 0 213
41 2022-09 0 222
42 2022-10 0 274
43 2022-11 0 174
44 2022-12 0 159
45 2021-01 0 255
46 2021-02 0 201
47 2021-03 0 232
48 2021-03 0 232
49 2021-04 0 213
50 2021-05 0 228
51 2021-06 0 227
52 2021-07 0 210
53 2021-08 0 209
54 2021-09 0 232
55 2021-10 0 215
56 2021-11 0 187
57 2021-12 0 148
58 2020-08 0 155
59 2020-09 0 202
60 2020-10 0 252
61 2020-11 0 242
62 2020-12 0 226
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Fecha de última actualización: 2025/06/10

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