Trámite para atender requerimientos de acceso a la información pública relacionada con las actividades que realiza y servicios que brinda la CENTROSUR, enmarcadas en la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública – LOTAIP.
CENTROSUR: Empresa Eléctrica Regional Centro Sur C.A. que realiza actividades y brinda servicios de distribución y comercialización de energía eléctrica en su área de concesión (Azuay, Cañar y Morona Santiago).
Información proporcionada por: Empresa Eléctrica Regional Centro Sur CA. (EE CENTROSUR)
A todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que requieran acceso a la información pública relacionada con las actividades que desarrolla y servicios que brinda la Empresa Eléctrica Regional Centro Sur C.A.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Acceso a la información pública solicitada
Para personas naturales, ser mayor de edad.
Presencial:
Correo electrónico:
Sistema de Gestión Documental Quipux:
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Horario de Atención en Ventanilla de Recepción de Documentos: Matriz Cuenca de lunes a viernes de 8h00 a 16h30.
Consultar direcciones y horarios de atención de las diferentes agencias del área de servicio, en el siguiente enlace.
Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Art(s). Art: 9, 19
Art.9.- Responsabilidad sobre la entrega de la Información Pública.- El titular de la entidad o representante legal, será el responsable y garantizará la atención suficiente y necesaria a la publicidad de la información pública, así como su libertad de acceso.
Su responsabilidad será recibir y contestar las solicitudes de acceso a la información, en el plazo perentorio de diez días, mismo que puede prorrogarse por cinco días más, por causas debidamente justificadas e informadas al peticionario.
Art. 19.- De la Solicitud y sus Requisitos.- El interesado a acceder a la información pública que reposa, manejan o producen las personas jurídicas de derecho público y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, deberá hacerlo mediante solicitud escrita ante el titular de la institución.
En dicha solicitud deberá constar en forma clara la identificación del solicitante y la ubicación de los datos o temas motivo de la solicitud, la cual será contestada en el plazo señalado en el artículo 9 de esta Ley.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2023-01 | 0 | 0 |
2 | 2023-02 | 0 | 1 |
3 | 2023-03 | 0 | 1 |
4 | 2023-04 | 0 | 1 |
5 | 2023-05 | 0 | 0 |
6 | 2023-06 | 0 | 1 |
7 | 2023-07 | 0 | 0 |
8 | 2023-08 | 0 | 0 |
9 | 2022-01 | 0 | 2 |
10 | 2022-02 | 0 | 1 |
11 | 2022-03 | 0 | 1 |
12 | 2022-04 | 0 | 1 |
13 | 2022-05 | 0 | 0 |
14 | 2022-06 | 0 | 0 |
15 | 2022-07 | 0 | 0 |
16 | 2022-08 | 0 | 0 |
17 | 2022-09 | 0 | 0 |
18 | 2022-10 | 0 | 0 |
19 | 2022-11 | 0 | 0 |
20 | 2022-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2023/10/12