NACIMIENTO

Servicio orientado a inscribir los nacimientos ordinarios o extraordinarios de personas nacidas con atención médica en territorio ecuatoriano. Así como inscribir los nacimientos ordinarios o extraordinarios de personas nacidas con o sin atención médica en el exterior, hijos de padre o madre ecuatoriana en oficinas consulares del Ecuador en el exterior.

 

 

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios del trámite son personas naturales ecuatorianas que requieran realizar una inscripción de nacimiento ordinaria (desde 0 a 90 días), y extraordinaria (desde 91 días a 17 años), cuando su niño/a ha nacido con o sin atención médica en territorio ecuatoriano o en el exterior (hijos de padre o madre ecuatoriana), el cual se puede realizar en las agencias de Registro Civil.

Nota aclaratoria:

En caso de ser ejecutado por una tercera persona:

  1. Poder otorgado por los padres que autorice a una tercera persona para realizar la inscripción del menor, con excepción de los descritos en el Art. 32 de la LOGIDAC.
  2. Documento de identificación del solicitante.

En caso de que el padre conozca que va a morir y no exista vínculo matrimonial o unión de hecho legalmente constituida: 

  1. Documento otorgado por el progenitor ante Autoridad Competente, con el cual reconoce como suyo al hijo que está por nacer. 

Reproducción asistida: 

  1. Este servicio se otorga únicamente en las Oficinas de Registro Civil del Ecuador 
  2. Las progenitoras deberán presentar el certificado médico emitido por el centro médico o facultativo médico a fin a la materia (ginecólogo, obstetra,  gineco-obstetra, etc.) que realizó la reproducción asistida, documento que además deberá contener:  Nombres y apellidos, número de cédula de Identidad/pasaporte de las madres que optaron por el método de reproducción asistida - especificación del método de reproducción humana asistida utilizado, sea con material genético homólogo o heterólogon o donante voluntario - firma del médico responsable de la práctica de reproducción asistida - código profesional y número de cédula del profesional de la salud - sello u hoja membretada del centro médico o facultativo médico a fin a la materia, en el cual se practicó el método de reproducción asistida.  La información contenida en el certificado médico que hace relación a la práctica de reproducción asistida; así como el Informe Estadístico de Nacido Vivo, deberán hacer referencia a la misma progenitora.
  3. En el caso de que el procedimiento de reproducción asistida se lo realice en el exterior, el certificado médico que avale el procedimiento en mención, deberá estar apostillado o legalizado y traducido de ser el caso.

No es necesaria la presencia del representante legal para los casos de progenitores menores de edad, tanto ecuatorianos como en Movilidad Humana que desean inscribir a sus hijos  de conformidad a la Sentencia No. 2185-19-JP y acumulados/21 y su alcance con Auto de verificación de sentencia No. 2185-19-JP/22. 

El usuario también podrá solicitar el servicio a través de Brigadas de Inscripción de Nacimiento.

Acercarse directamente a la agencia para que se le asigne un turno.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

REGISTRO ELECTRÓNICO DE INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO EN EL SISTEMA DE LA DIGERCIC

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

En Ecuador

  1. Comprobante de pago
  2. Cédula de identidad física o digital o pasaportes de los progenitores.

Requisitos Especiales:

Requisito adicional:

Con atención médica en Ecuador

  1. Informe Estadístico de Nacido Vivo (físico o electrónico)

Sin atención médica en Ecuador 

  1. Declaración del solicitante y de dos testigos idóneos.
  2. Cédula de identidad física o digital o pasaportes de los testigos.
  3. Documento original con el cual el médico certifique que la madre se ha realizado al menos un control prenatal (sin atención médica)

Progenitoras del mismo sexo 

  1. Certificado médico emitido por  el centro médico o facultativo médico a fin a la materia (ginecólogo, obstetra,  gineco-obstetra, etc.) 

En Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior

  1. Certificado de nacimiento o su equivalente otorgado por el profesional de la salud que atendió el parto  en el extranjero, debidamente apostillado o legalizado y traducido de ser el caso
  2. Cédula de identidad física o digital de los progenitores ecuatorianos, en caso de no disponerla podrá presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero el cual deberá  estar vigente.

Requisito alternativo:

  1. Pasaporte de la o el progenitor extranjero
  2.  Carné de refugiado de la o el progenitor extranjero
  3. Documento de identidad de la o el progenitor extranjero
  4. Poder especial en caso de ser realizado por un tercero
  5. Documento otorgado por el progenitor ante Autoridad Competente, con el cual reconoce como suyo al hijo que está por nacer

¿Cómo hago el trámite?

En Agencia de Registro Civil

  1. Solicitar el servicio en el módulo de información y validar el cumplimiento de los requisitos
  2. Cancelar el valor del trámite y solicitar un turno en el banco o punto de recaudación de la agencia
  3. Acercarse al módulo de atención de acuerdo a su turno
  4.  Entregar documentación requerida al operador de servicios
  5. Confirmar datos de inscripción
  6.  Firmar documentos de inscripción

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

En Ecuador

  1. Sin Costo

Brigadas en el Ecuador

      1. Sin Costo

En Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior

  1. Tarifa fijada en Arancel Consular

Carné CONADIS:

      1. Sin costo (Aplica para los ciudadanos con discapacidad del 30% o más)

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario de atención normal:

Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

Verifique las agencias que prestan el servicio y su dirección a través del siguiente enlace:

https://www.registrocivil.gob.ec/wp-content/plugins/download-monitor/download.php?id=7652

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Gestión del Cambio y Cultura Organizativa

Email: servicios@registrocivil.gob.ec

Teléfono: 023731110 ext. 29505, 29478, 29490

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 2 20057
2 2024-02 1 17728
3 2024-03 0 17923
4 2024-04 0 19560
5 2024-05 1 20251
6 2024-06 11 17900
7 2024-07 4 20311
8 2024-08 3 18489
9 2024-09 0 17742
10 2024-10 0 18231
11 2024-11 2 16461
12 2023-01 1 19025
13 2023-02 0 16340
14 2023-03 1 20885
15 2023-04 2 17906
16 2023-05 1 19604
17 2023-06 5 18754
18 2023-07 1 18440
19 2023-08 2 19268
20 2023-09 0 17952
21 2023-10 1 19877
22 2023-11 0 17740
23 2023-12 0 17425
24 2022-01 2 16636
25 2022-02 0 16267
26 2022-03 2 20716
27 2022-04 1 18879
28 2022-05 2 18861
29 2022-06 0 17865
30 2022-07 0 19804
31 2022-08 0 21740
32 2022-09 0 20818
33 2022-10 1 19825
34 2022-11 1 19617
35 2022-12 0 17907
36 2021-05 1 18735
37 2021-06 0 20849
38 2021-07 1 20050
39 2021-08 0 21042
40 2021-09 0 20816
41 2021-10 0 18779
42 2021-11 0 18603
43 2021-12 0 17348

Fecha de última actualización: 2024/05/29

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