Autorización de vuelos estacionales de servicio regular doméstico e internacional

Autorización de vuelos estacionales de servicio regular doméstico e internacional

Información proporcionada por: Dirección General de Aviación Civil (DGAC)

Trámite orientado a las aerolíneas para realizar una operación de transporte aéreo por programación de vuelos anuales, a fin de atender una demanda específica de estación o estaciones en las que se genera alta demanda de actividad turística o comercial a nivel doméstico e internacional.

¿A quién está dirigido?

Operadores aéreos nacionales o internacionales que posean un permiso de operación de servicios de transporte aéreo regular, para atender la alta demanda generada por actividades turísticas y/o comerciales.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución vuelo estacional.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Trámite presencial:

  1. Solicitud de vuelo estacional suscrito por el Representante Legal.

Requisitos Especiales:

No aplicabilidad de vuelos estacionales, los vuelos estacionales no serán aplicables para operaciones hacia las Islas Galápagos.

Por ningún concepto los explotadores podrán utilizar esta modalidad de vuelos para reducir las frecuencias de una operación regular autorizada.
 

¿Cómo hago el trámite?

El procedimiento a seguir para obtener el trámite es el siguiente: 

  1. Solicitar la autorización de vuelo estacional mediante oficio dirigido al Director General de Aviación Civil.
  2. Recibir la Resolución de la Autoridad Aeronáutica para autorización de vuelos estacionales, a través del correo electrónico o Casillero Judicial.

Nota: Para mayor información acerca del trámite comunicarse al correo: walther.naranjo@aviacioncivil.gob.ec


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Presencial: Dirección General de Aviación Civil
Quito: Buenos Aires OE1-53 y Av. 10 de Agosto  
(+593) 2 2947400 Ext. 4240 / 4242
Horarios de atención:
LUN - VIE
08:00 - 16:30

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El tiempo solicitado por la Compañía, según la temporada.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Comunicación Institucional

Email: info@aviacioncivil.gob.ec

Teléfono: 022947400 ext. 5040

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
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2 2025-02 0 0
3 2025-03 0 0
4 2025-04 0 0
5 2025-05 0 0
6 2025-06 0 0
7 2025-07 0 0
8 2025-08 0 0
9 2025-09 0 0
10 2025-10 0 0
11 2024-01 0 0
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13 2024-03 0 0
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Fecha de última actualización: 2025/12/09

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