Devolución de Vehículos retenidos por orden judicial

Información proporcionada por: Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE)

Lineamientos para el registro y control del retiro de los vehículos y motos que se encuentran retenidos en los Centros de Retención Vehicular (CRV) a nivel nacional y que son retirados por sus propietarios o personas autorizadas para dicho proceso, con la respectiva orden judicial emitida por la autoridad competente.

Dirigido a todas las personas que tienen un vehículo retenido en los Centros de Retención Vehicular (CRV) de la Comisión de Tránsito del Ecuador, que requieran realizar el trámite para la liberación de su vehículo ante un Juez o Fiscal.

¿A quién está dirigido?

Este proceso está dirigido a personas naturales o jurídicas, propietarias de vehículos, motocicletas o afines, que hayan incurrido en infracciones de tránsito que conlleven a la retención de dichos automotores en los Centros de Retención Vehicular de la Comisión de Tránsito del Ecuador, para lo cual los propietarios o personas debidamente autorizadas, deberán de cumplir expresamente con los requisitos de ley establecidos para el retiro de sus bienes, previo al pago de valores de guardianía, multas y sanciones impuestas por la autoridad competente, según sea el motivo por el cual el vehículo fue retenido.

En caso de no poder cancelar los valores de guardianía y citaciones, el usuario podrá solicitar un convenio de pago.

En caso de que el usuario presente la orden de devolución del vehículo o moto, emitida por el Juez o Fiscal competente, no habrá objeción para cumplir con su disposición, pero no se exime al propietario el cumplimiento de otras obligaciones, como pecuniarias o de procedimientos internos y de las estipuladas en el Código Orgánico Integral Penal, para que pueda retirar el vehículo o moto del CRV.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución del vehículo

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Copia de Parte de Policial de Accidente de Tránsito.
  • Boleta u oficio de devolución original disponiendo la devolución del vehículo o moto, sellado y firmado por el Fiscal o la Autoridad Competente.
  • Cédula de ciudadanía de quien retira el vehículo, cuyo nombre está Indicado en la boleta u oficio de devolución que emite el Juez o Fiscal, presentar originales.
  •  En caso de que la persona que Indica el Fiscal o Juez en la boleta de devolución u oficio, no pueda acercarse a retirar el vehículo o moto, el propietario legal del vehículo podrá autorizar a un tercero presentando: la Autorización notariada original en la cual indique que está autorizado para retirar el vehículo o moto del CRV, copla de cédula de propietario y cédula original de la persona autorizada.
  • En caso de que en la boleta u oficio que emite el Juez o Fiscal devolviendo el vehículo o moto no indique nombre y apellidos, el vehículo será devuelto a su legítimo, propietario, y deberá presentar y adjuntar copias de los soportes correspondientes que evidencien la pertenencia del mismo.
  • En caso de que el Juez imponga multa previo a la salida del vehículo, deberá adjuntar copia del recibo de pago.
  • Recibo de pago generado por el sistema institucional por concepto de garaje y citaciones.
  • Inventario del vehículo al Egreso debidamente sellado y firmado por el Digitador Recaudador encargado de realizar cobros en las ventanillas de la institución.

 

Requisitos Especiales:

Requisitos en caso de que el propietario hubiere realizado convenio de pago por concepto de guardianía

 

Adjuntar a los documentos de salida del vehículo:

  • Copia del convenio de pago.
  • Copia del pago de la cuota inicial.
  • En caso que el propietario del vehículo o moto haya solicitado la facturación especial (Cobro de valores por concepto de guardianía cuando exista boleta u oficio de devolución por parte del Fiscal o Autoridad Competente), deberá adjuntar copia de oficio de aprobación del Director Provincial correspondiente o Director Ejecutivo, previo informe de la Dirección de Asesoría Jurídica.

Vehículos o motos entregados para ser trasladados a patios de Policía Judicial mediante orden de Fiscal o Juez

En estos casos para retirar el vehículo o moto el usuario deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Oficio original en el cual el Fiscal o Juez dispone el traslado a los patios de la Policía Judicial, indicando el número de placa o motor, chasis, nombre del Agente de la Policía responsable de dicho traslado.
  • Cédula de ciudadanía y credencial.
  • Inventarlo del vehículo al Egreso debidamente sellado y firmado por el Digitador Recaudador encargado de realizar cobros en las ventanillas de la Institución.
  • Informar por escrito al delegado asignado por el Director Provincial para que realice la finalización del trámite abierto en la opción Mantenimiento de trámites.

¿Cómo hago el trámite?

El trámite debe de ser realizado de manera personal.

1.- Cumplir con el pago de las multas o citaciones, días de retención del vehículo y multas impuestas por la autoridad competente.

2.- Presentar la documentación requerida.

4.- Firmar documentos para salida del vehículo (documentos de egreso: factura, formato emitido por el sistema AXIS)

5.- Firmar libro de salidas (bitácora de salida).


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

*Costo del trámite (CT) (DÓLARES) (SE APLICA A AMBOS TRAMITES): Para la devolución de un vehículo retenido la CTE aplica el cobro de valores por tasa de garaje estipulados por la Agencia Nacional de Tránsito mediante Resolución 002-DIR-2021-ANT, , los cuales varían dependiendo del tipo y tonelaje del vehículo, esto es:

  1. Servicio de garaje motocicletas: $1.00
  2. Servicio de garaje livianos (hasta 3.5 toneladas) $3.00
  3. Servicio de garaje pesados (de 3.5 a 12 toneladas) $9.00
  4. Servicio de garaje extra pesados (más de 12 toneladas) $15.00

Adicional, deberán estar cancelados los rubros correspondientes a citaciones, en el caso de tenerlas, y sanciones impuestas por la autoridad competente.

 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario de atención de los Centros de Retención Vehicular de la Comisión de Tránsito del Ecuador:

Lunes a Viernes de 08h30 a 17h00.

Direcciones de los Centros de Retención Vehicular en la Provincia del Guayas:

  1. CRV - GUAYAQUIL NORTE PUNTO DE RECAUDACIÒN: Av. Del Santuario y Juan Tanca Marengo
  2. CRV - GUAYAQUIL SUR: Av. Las Exclusas
  3. EFOT VÌA DAULE: KM. 10,5 VIA DAULE
  4. CRV - DURAN: 1era etapa del Recreo calle Laurice Salen
  5. CRV - PLAYAS PUNTO DE RECAUDACIÒN: Km 1 Vía Data
  6. CRV - PLAYAS: Liga Cantonal de Playas
  7. CRV - POSORJA: Av. Gutiérrez Chaguay y Carlos Julio Carvajal
  8. CRV - PROGRESO: E40 Km 76 Vía a la Costa
  9. CRV - DAULE PUNTO DE RECAUDACIÒN: Vicente Piedrahita, pasando La Y
  10. CRV – DAULE : Km. 47 Perimetral Vía Guayaquil – Santa Lucía.
  11. CRV - SANTA LUCIA: Av. 3 De Febrero Y Av. Lopez Lascano. Frente Al Coliseo Municipal.
  12. CRV - LOMAS DE SARGENTILLO: Km 52 entrada a la población
  13. CRV - PEDRO CARBO: E482 Km. 67 Vía a Manabí
  14. CRV - BALZAR PUNTO DE RECAUDACIÒN: E48 Km 104 Vía a Balzar
  15. CRV - BALZAR: Cantón San Jacinto de Balzar, sector perimetral. Frente al Hotel Combate
  16. CRV - EL EMPALME: Avenida Guayaquil Y Loja
  17. CRV - COLIMES: Ingreso a colimes Calle Principal y calle sucre, Cdla. 6 de Febrero
  18. CRV - MILAGRO PUNTO DE RECAUDACIÒN: Km 4 Vía Milagro
  19. CRV – MILAGRO : Sector las Maravillas, ruta del azúcar.
  20. CRV - SIMÒN BOLIVAR: Saliendo De La Población, Vía A Milagro.
  21. CRV - EL TRIUNFO PUNTO DE RECAUDACIÒN: Avenida Principal Y 8 De Abril
  22. CRV - NARANJITO: Calle 5ta y Simón Bolivar
  23. CRV - BALAO: San Carlos De Balao
  24. CRV – NARANJAL: Sector Barrio San Jacinto

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Erika León Villacís

Email: eleonv@cte.gob.ec

Teléfono: 043731750 ext. 1600

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 132
2 2025-02 0 162
3 2025-03 0 145
4 2025-04 0 189
5 2025-05 0 156
6 2024-01 0 119
7 2024-02 0 119
8 2024-03 0 112
9 2024-04 0 203
10 2024-05 0 168
11 2024-06 0 160
12 2024-07 0 120
13 2024-08 0 145
14 2024-09 0 124
15 2024-10 0 309
16 2024-11 0 137
17 2024-12 0 159
18 2023-01 0 161
19 2023-02 0 170
20 2023-03 0 214
21 2023-04 0 180
22 2023-05 0 152
23 2023-06 0 179
24 2023-07 0 198
25 2023-08 0 175
26 2023-09 0 167
27 2023-10 0 170
28 2023-11 0 152
29 2023-12 0 138
30 2022-01 0 370
31 2022-02 0 352
32 2022-03 0 542
33 2022-04 0 424
34 2022-05 0 436
35 2022-06 0 353
36 2022-07 0 241
37 2022-08 0 395
38 2022-09 0 511
39 2022-10 0 266
40 2022-11 0 270
41 2022-12 0 296
42 2021-01 0 391
43 2021-02 0 445
44 2021-03 0 483
45 2021-04 0 507
46 2021-05 0 457
47 2021-06 0 542
48 2021-07 0 607
49 2021-08 0 485
50 2021-09 0 420
51 2021-10 0 368
52 2021-11 0 334
53 2021-12 0 330
54 2020-01 0 403
55 2020-02 0 443
56 2020-03 0 293
57 2020-04 0 1
58 2020-05 0 83
59 2020-06 0 315
60 2020-07 0 443
61 2020-08 0 365
62 2020-09 0 459
63 2020-10 0 566
64 2020-11 0 474
65 2020-12 0 560
66 2019-01 0 430
67 2019-02 0 488
68 2019-03 0 447
69 2019-04 0 583
70 2019-05 0 354
71 2019-06 0 389
72 2019-07 0 478
73 2019-08 0 483
74 2019-09 0 415
75 2019-10 0 303
76 2019-11 0 338
77 2019-12 0 435
78 2018-11 0 401
79 2018-12 0 456

Fecha de última actualización: 2022/01/26

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