Trámite para las personas de la tercera edad que tienen derecho a ser exoneradas del pago del 50% del valor de consumo de energía eléctrica de un medidor por los primeros 138 kWh; también se establece la exoneración del 50% del pago de energía eléctrica a las instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores e instituciones gerontológicas.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Tarifa de la Tercera Edad
Persona natural (65 años de edad en adelante)
Para instituciones geriátricas, asilos u otros que brinden servicios a personas de la tercera edad
En línea (Balcón de Servicios)
* En la siguiente emisión de planilla el cliente verá reflejado la aplicación de subsidio.
Presencial
* En la siguiente emisión de planilla el cliente verá reflejado la aplicación de subsidio.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
El horario de atención presencial varía en cada Unidad de Negocio. Para conocer la dirección y medios de contacto de nuestras Agencias, por favor ingrese al siguiente enlace: https://www.cnelep.gob.ec/contactenos/
Anualmente CNEL realizará inspección en sitio para la renovación del subsidio.
En este artículo se establece que las personas adultas mayores, gozarán de la exoneración del 50% del valor del consumo del servicio de energía eléctrica, cuyo consumo mensual sea de hasta 138 kWh. Adicionalmente se indica que se exonera el 50% del valor de consumo del servicio de energía eléctrica, a las instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores e instituciones gerontológicas.
El objetivo de la regulación es:
Regular los aspectos técnicos, comerciales y operativos entre: la distribuidora y el consumidor; y, la distribuidora, el transmisor y el consumidor, cuando corresponda; en la prestación del servicio público de energía eléctrica.
El numeral 6 establece los requisitos que deben cumplir las personas naturales y jurídicas para acceder a este beneficio.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2020-01 | 0 | 4604 |
2 | 2020-02 | 0 | 3508 |
3 | 2020-03 | 0 | 2569 |
4 | 2020-04 | 0 | 909 |
5 | 2020-05 | 0 | 303 |
6 | 2020-06 | 0 | 820 |
7 | 2020-07 | 0 | 2380 |
8 | 2020-08 | 0 | 2046 |
9 | 2019-01 | 0 | 3492 |
10 | 2019-02 | 0 | 2892 |
11 | 2019-03 | 0 | 2560 |
12 | 2019-04 | 0 | 2742 |
13 | 2019-05 | 0 | 3175 |
14 | 2019-06 | 0 | 3094 |
15 | 2019-07 | 0 | 12850 |
16 | 2019-08 | 0 | 2564 |
17 | 2019-09 | 0 | 2622 |
18 | 2019-10 | 0 | 2547 |
19 | 2019-11 | 0 | 3093 |
20 | 2019-12 | 0 | 2728 |
Fecha de última actualización: 2021/08/13