La Nulidad de Afiliación procede cuando el ciudadano consta como afiliado a un movimiento o partido político sin haber otorgado su consentimiento de afiliación. Este formulario permite al ciudadano solicitar se anule su afiliación, para lo cual, se traslada a la áreas responsables de custodiar la información del Consejo Nacional Electoral, a fin de realizar las verificaciones pertinentes y constatar mediante las imágenes registradas en el sistema si la firma que consta como respaldo de la afiliación pertenece o no al usuario solicitante. Finalmente, la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas emitirá la respuesta al trámite, de acuerdo con los resultados de las verificaciones realizadas.
El trámite lo puede solicitar cualquier ciudadano. La Nulidad de Afiliación elimina todo el historial de afiliación del ciudadano de las bases de datos del Consejo Nacional Electoral, este trámite cabe una vez que el ciudadano ha constatado que forma parte de un partido o movimiento político sin haber dado su consentimiento de afiliación. Por otra parte, la Desafiliación procede cuando el ciudadano se afilió de forma voluntaria, como adherente a un partido o movimiento político y posteriormente desea desafiliarse y/o renunciar a dicha organización política.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Nulidad de Afiliación
Llenar manera clara y legible los campos del Formulario de Nulidad de Afiliación.
Cédula Original del Ciudadano solicitante.
Especificar en que partido o movimiento político se encuentra afiliado.
En caso de que el trámite lo realice un tercero: Carta de autorización y Copia de Cédula de Identidad del Ciudadano Solicitante.
Presencial:
Correo Electrónico:
Sistema Integrado de Organizaciones Políticas y Democracia Directa:
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
El trámite no tiene costo
Lunes a viernes de 08h30 a 17h00
Quito, Av. 6 de Diciembre N33-122 y Bosmediano
Delegaciones Provinciales Electorales http://cne.gob.ec/es/delegaciones-provinciales
Son funciones del Consejo Nacional Electoral, organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente y eficaz los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados y posesionar a quienes resulten electas o electos;
| # | Año-Mes | Requerimientos | Atenciones | Quejas | Denuncias |
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| 1 | 2020-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/10/29