Registro de centros de mediación

Información proporcionada por: Consejo de la Judicatura (CJ)

El Consejo de la Judicatura conforme el artículo 52 de la Ley de Arbitraje y Mediación tiene la competencia de registrar a los centros de mediación. Podrán solicitar el registro de centros de mediación los gobiernos locales de naturaleza municipal o provincial, las cámaras de la producción, asociaciones, agremiaciones, fundaciones, instituciones sin fines de lucro y organizaciones comunitarias.

¿A quién está dirigido?

La ciudadanía en general, los gobiernos locales de naturaleza municipal o provincial, las cámaras de la producción, asociaciones, agremiaciones, fundaciones, instituciones sin fines de lucro y organizaciones comunitarias., puede presentar su solicitud para registro de Centros de Mediación a nivel nacional en el Consejo de la Judicatura, conforme lo dispone la Ley de Arbitraje y Mediación.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización por parte del Pleno del Consejo de la Judicatura para el funcionamiento de un centro de mediación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

El  Instructivo de Registro y Funcionamiento de Centros de Mediación, expedido por el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante la Resolución 026-2018 de 20 de febrero de 2018, determina que quienes soliciten el registro de un centro de mediación deben cumplir con los requisitos contenidos en el artículo 5 de la mencionada normativa.

Requisitos Especiales:

Anexos de la Resolución 026-2018 de 20 de febrero de 2018.

Formatos y anexos

  • Páfgina web registro de Centros de Mediación
    En el enlace Mediación que se ubica en la parte de servicios de la página web del Consejo de la Judicatura: http://www.funcionjudicial.gob.ec, se encuentran todos los documentos y requisitos para el registro y renovación de registro de un centro de mediación en el Consejo de la Judicatura.
  • Instructivo de Registro y Funcionamiento de Centros de Mediación
    En el enlace http://www.funcionjudicial.gob.ec/index.php/es/registro-y-centro-de-mediacion.html la ciudadanía puede descargarse el Instructivo de Registro de Centros de Mediación, en el cual constan todos los requisitos.

¿Cómo hago el trámite?

Los trámites para registro de centros de mediación se pueden ingresar en Planta Central del Consejo de la Judicatura, en Quito, av. 12 de Octubre N24-563 y Francisco Salazar; y en todas las direcciones provinciales del Consejo de la Judicatura a nivel nacional. La ubicación de las direcciones provinciales se detallan en el link: http://www.funcionjudicial.gob.ec/index.php/es/component/content/article/25-consejo-judicatura/341-web-provinciales.html.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El artículo 7 del Instructivo de Registro y Funcionamiento de Centros de Mediación, determina que el costo de la inscripción o renovación de registro de un  centro, por servicios administrativos, es del 30 por ciento de un salario básico unificado vigente, valor que será depositado en las cuentas de recaudación que determinen las unidades financieras correspondientes del Consejo de la Judicatura que se detallan en este link: 

http://www.funcionjudicial.gob.ec/www/pdf/CUENTAS%20%20RECAUDADORAS%20POR%20PROVINCIA.pdf.

Las entidades u organismos que integran el sector público están exentos del pago del valor del registro o su renovación de registro.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Planta Central del Consejo de la Judicatura, Quito (Pichincha), av. 12 de Octubre N24-563 y Francisco Salazar.

 

Horario de atención:  de 08:00 a 17:00.

 

Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura.

Horario de atención:  de 08:00 a 17:00.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El  inciso 2 del artículo 11 de la Resolución 026-2018 de 20 de febrero de 2018, determina que el registro otorgado como centro de mediación será válido por dos años, renovable cada vez que se cumpla dicho período.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Secretaría General - Subdirección Nacional de Certificación y Registro

Email: secretariageneralmediacion@funcionjudicial.gob.ec

Teléfono: 3953600 ext 25806


Fecha de última actualización: 2020/06/22