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Trámite dirigido a personas naturales, a GAD municipales, a entidades públicas o privadas que desean obtener permisos para realizar eventos o espectáculos públicos que congregarán a varias personas para presenciar una actuación, representación, exhibición o proyección de naturaleza artística, cultural, deportiva, recreativa, comercial o en general cualquier actividad de esparcimiento, ocio, recreo, empresarial y diversión ofrecida por las y los empresarios, actores, artistas o cualesquiera otra persona o empresa que los promueva y/o represente.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales nacidas en territorio ecuatoriano y que cumplan con los requisitos de ciudadanía, es decir, el ciudadano o ciudadana debe contar con una edad igual o mayor a dieciocho años (18) y personas jurídicas legalmente constituidas

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización para realizar espectáculos públicos

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Cédula
2. Permiso de uso del espacio público
3. Permiso del cuerpo de bomberos
4. Plan de contingencia.

¿Cómo hago el trámite?

Para realizar el trámites presencial, los requisitos para la obtención de la autorización del espectáculo público, son los siguientes:

1. Formulario de solicitud para evento público previsto en la página web del Ministerio del Interior.

2. Cédula de identidad en caso de personas ecuatorianas y pasaporte para personas extranjeras. Para el caso de empresas, el Registro Único de Contribuyentes;

3. Contratos artísticos, de sonido y de arrendamiento del local;

4. Autorización de boletaje por parte del municipio;

5. Contrato de impresión de boletos, si fuera aplicable;

6. Autorización de la Secretaría de Cultura o de la autoridad cantonal competente, si fuera aplicable;

7. Autorización del espacio público;

8. Certificación de autorización del Cuerpo de Bomberos;

9. Plan de Contingencia aprobado por la autoridad competente, en concordancia con la normativa  legal vigente del gobierno autónomo descentralizado correspondiente y la del Servicio Nacional de  Gestión de Riesgos y Emergencias;

10. Contrato de prestación de servicios con la empresa de seguridad privada, si fuera aplicable;

11. Póliza de seguros en la que conste el listado del personal que brindará seguridad en el evento,  tratándose de eventos masivos;

12. Permiso de operaciones de la empresa de seguridad privada;

13. Permisos de uso de vía pública, si fuere aplicable;

14. Contrato de prestación de servicio pre hospitalario, si fuera aplicable;

15. Contrato de prestación de servicio de baterías sanitarias, si fuera aplicable; y,

16. Acta de compromiso de fiel cumplimiento de las obligaciones, condiciones y restricciones  establecidas en la respectiva autorización, suscrita por la o el organizador o responsable del evento;

17. en el espectáculo público se tenga programada la comunicación de obras o prestaciones  protegidas por derechos de autor, se deberá presentar también el convenio o licencia que permita su  uso. El convenio o licencia podrá ser otorgado por el titular de las mismas o por intermedio de una  sociedad de gestión colectiva de derecho de autor que tenga su representación.

Los requisitos para la obtención del permiso se deberán presentar por lo menos con treinta días  antes de iniciada la venta de boletos o, en el caso de eventos gratuitos, hasta veinte días al menos  previo al día del evento.

El horario máximo para el desarrollo de los espectáculos públicos autorizados por las Intendencias  Generales de Policía o Comisarias Nacionales, será hasta las 02h00, respetando las ordenanzas  municipales, las condiciones y recomendaciones de seguridad de organismos competentes.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficina de la Secretaría Técnica del Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos - Dirección: Av. Charles Darwin y Av. 12 de Febrero
Horario de Atención de lunes a viernes de 08h00 a 17h00.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Entra en vigencia a partir de la suscripción del Intendente (previo a la organización del evento) y culmina luego de la realización del evento.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Pablo Flores

Email: david.flores@gobiernogalapagos.gob.ec

Teléfono: 05-2520171

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2022-01 0 5
2 2022-02 0 8
3 2022-03 0 5
4 2022-04 0 5
5 2022-05 0 7
6 2022-06 0 6
7 2022-07 0 4
8 2022-08 0 8
9 2021-01 0 0
10 2021-02 0 0
11 2021-03 0 0
12 2021-04 0 0
13 2021-05 0 0
14 2021-06 0 0
15 2021-07 0 0
16 2021-08 0 0
17 2021-09 0 0
18 2021-10 0 0
19 2021-11 0 0
20 2021-12 0 0
21 2020-01 0 6
22 2020-02 0 18
23 2020-03 0 5
24 2020-04 0 0
25 2020-05 0 0
26 2020-06 0 0
27 2020-07 0 0
28 2020-08 0 0
29 2020-09 0 0
30 2020-10 0 0
31 2020-11 0 0
32 2020-12 0 0
33 2019-11 0 13
34 2019-12 0 14
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Fecha de última actualización: 2022/03/05