El trámite tiene la finalidad de proporcionar información y análisis sobre requerimientos académicos realizados por las instituciones de educación superior, personas naturales o jurídicas
Los beneficiarios de este trámite son las Instituciones de educación superior del Ecuador como Universidades y Escuelas Politécnicas.
Dirigido a: Universidades y Escuelas Politécnicas legalmente constituidas.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Información técnica-académica de cuarto nivel y postgrados
Presencial por ventanilla:
1. Entregar en ventanilla la solicitud dirigida al presidente/a del Consejo de Educación Superior, en la que conste el requerimiento del usuario respecto de información del tema académico a consultar, ésta deberá contener las firmas manuscritas originales y, los documentos de respaldo en formato pdf contenidos en una unidad de almacenamiento (CD, flash memoria o un link drive). Además, se pude entregar los documentos de respaldo de manera impresa.
2. Revisar la notificación oficial de respuesta por parte del Consejo de Educación Superior, enviada al usuario a través de correo electrónico.
Petición por correo electrónico:
1. Enviar mediante correo electrónico dirigido al presidente/a del Consejo de Educación Superior, en la que conste el requerimiento de información, respecto del tema académico a consultar, al correo electrónico: recepciondocumentos@ces.gob.ec; en el caso de que la solicitud se la realice con firmas electrónicas se deberá colocar en el documento un link drive con todos los anexos que respalden el proyecto de creación.
2. Revisar la notificación de respuesta al correo del usuario, con la información solicitada.
Nota: En los dos casos se debe precautelar que el expediente se encuentre ordenado según los requisitos del artículo antes citado.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
El trámite no tiene costo
Modalidad presencial:
Consejo de Educación Superior
Quito - Ecuador
Edificio Cabrera Chávez
Calle Jorge Washington E4-157 y av. Amazonas.
Horario de atención: 08h00 a 16h30
Canal virtual:
A través del correo electrónico recepciondocumentos@ces.gob.ec
Art. 81.- Garantiza el derecho a acceder a las fuentes de información, como mecanismo para ejercer la participación democrática respecto del manejo de la cosa pública y la rendición de cuentas a la que están sujetos todos los funcionarios del Estado, y demás entidades obligadas por esta Ley.
Art. 9.- Responsabilidad sobre la entrega de la Información Pública .- El titular de la entidad o representante legal, será el responsable y garantizará la atención suficiente y necesaria a la publicidad de la información pública, así como su libertad de acceso.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 4 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2025-03 | 0 | 2 |
4 | 2025-04 | 0 | 3 |
5 | 2025-05 | 0 | 7 |
6 | 2024-01 | 0 | 0 |
7 | 2024-02 | 0 | 2 |
8 | 2024-03 | 0 | 2 |
9 | 2024-04 | 0 | 0 |
10 | 2024-05 | 0 | 3 |
11 | 2024-06 | 0 | 3 |
12 | 2024-07 | 0 | 9 |
13 | 2024-08 | 0 | 6 |
14 | 2024-09 | 0 | 6 |
15 | 2024-10 | 0 | 5 |
16 | 2024-11 | 0 | 3 |
17 | 2024-12 | 0 | 15 |
Fecha de última actualización: 2025/06/10