Reinscripción de Certificado de Registro Sanitario de Medicamentos de Síntesis Química, Medicamentos Biológicos y Dispositivos Médicos de fabricación Nacional y Extranjera

Otorgamiento de Reinscripción de Certificado de Registro Sanitario de Medicamentos de Síntesis Química, Medicamentos Biológicos y Dispositivos Médicos

Trámite orientado a la reinscripción, mediante el cual se actualiza el certificado de registro sanitario para los medicamentos de síntesis química, medicamentos biológicos y dispositivos médicos. Se otorga una vez concluido el período de vigencia, siempre y cuando el producto conserve todas las características aprobadas durante la inscripción. Esta certificación habilita al ciudadano para la  exportación y comercialización de los medicamentos síntesis química, biológicos y dispositivos médicos.

Medicamento.- Es toda preparación o forma farmacéutica cuya fórmula de composición expresada en unidades del sistema internacional está constituida por una sustancia o mezcla de sustancias, con peso, volumen y porcentajes constantes elaborada en laboratorios farmacéuticos legalmente establecidos, envasada y etiquetada para ser vendida como eficaz para el diagnóstico, tratamiento, mitigación, profilaxis de una enfermedad, anomalía física o síntoma, o para el restablecimiento, corrección o modificación del equilibrio de las funciones orgánicas del hombre o de los animales.

Medicamento biológico.- Es aquel medicamento de uso y consumo humano obtenido a partir de microorganismos, sangre u otros tejidos, cuyos métodos de fabricación pueden incluir uno o más de los siguientes elementos:
- Crecimiento de cepas de microorganismos en distintos tipos de sustratos.
- Empleo de células eucariotas.
- Extracción de sustancias de tejidos biológicos, incluidos los humanos, animales y vegetales.
- Los productos obtenidos por ADN recombinante o hibridomas,
- La propagación de microorganismos en embriones o animales, entre otros.

Se consideran como medicamentos biológicos para uso y consumo humano a los siguientes:
1. Vacunas.
2. Hemoderivados procesados y afines.
3. Medicamentos biotecnológicos y biosimilares.
4. Otros biológicos como:
a) Alérgenos de origen biológico.
b) Sueros inmunes.
c) Otros que la Autoridad Sanitaria determine, previo al cumplimiento de los requisitos establecidos para su categorización.

Medicamentos de fabricación nacional.- Son los medicamentos elaborados y acondicionados y empacados en una planta farmacéutica nacional.

Medicamentos importados.- Son los medicamentos elaborados fuera del territorio del Ecuador, que han ingresado al país previa importación.

Registro sanitario.- Es la certificación otorgada por la autoridad sanitaria nacional para la importación, exportación y comercialización de los productos de uso y consumo humano señalados en el artículo 137 de la Ley Orgánica de Salud. Dicha certificación es otorgada cuando se cumpla con los requisitos de calidad, seguridad, eficacia y aptitud para consumir y usar dichos productos cumpliendo los trámites establecidos en dicha ley y sus reglamentos.

Dispositivos médicos de uso humano.- Son los artículos, instrumentos, aparatos, artefactos o invenciones mecánicas, incluyendo sus componentes, partes o accesorios, fabricado, vendido o recomendado para uso en diagnóstico, tratamiento curativo o paliativo, prevención de una enfermedad, trastorno o estado físico anormal o sus síntomas, para reemplazar o modificar la anatomía o un proceso fisiológico o controlarla. Incluyen las amalgamas, barnices, sellantes y más productos dentales similares.
Se considerará también “Dispositivo médico” a cualquier instrumento, aparato, implemento, máquina, aplicación, implante, reactivo para uso in vitro, software, material u otro
artículo similar o relacionado, destinado por el fabricante a ser utilizado solo o en combinación, para seres humanos, para uno o más de los propósitos médicos específico(s) de:
• Diagnóstico, prevención, monitorización, tratamiento o alivio de la enfermedad
• Diagnóstico,  monitorización,  tratamiento,  alivio  o compensación de una lesión
•  Investigación, reemplazo, modificación o soporte de la anatomía o de un proceso fisiológico
•  Soporte o mantenimiento de la vida,
• Control de la concepción,
•  Desinfección de dispositivos médicos
•  Suministro de información por medio de un examen in vitro de muestras procedentes del cuerpo humano. y no ejerce la acción primaria prevista por medios farmacológicos, inmunológicos ni metabólicos, en o sobre el cuerpo humano, pero que puede ser asistido en su función por tales medios.

¿A quién está dirigido?

El beneficiario del trámite Reinscripción de Certificado de Registro Sanitario de Medicamentos de Síntesis Química, Medicamentos Biológicos y Dispositivos Médicos de fabricación Nacional y Extranjera,  podrá ser toda Razón Social que cuente con Registro Único de Contribuyentes (RUC), de persona natural o jurídica, nacional o extranjera, privada.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Certificado de Reinscripción de Registro Sanitario de Medicamentos

Certificado de Reinscripción de Registro Sanitario de Medicamentos Biológicos

Certificado de Reinscripción de Registro Sanitario de Dispositivos Médicos

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

MEDICAMENTOS:

  • REGLAMENTO DE REGISTRO SANITARIO PARA MEDICAMENTOS EN GENERAL Acuerdo Ministerial 586; Registro Oficial Suplemento 335 de 07-dic.-2010; Última modificación: 15-jun.-2021
  • Solicitud de Reinscripción firmada por el Titular del Registro Sanitario, con al menos noventa (90) días de anticipación a la fecha de vencimiento del Registro Sanitario, en la que declare que durante el periodo de vigencia del registro sanitario no ha sufrido cambios o modificaciones en su uso previsto y que no hubieren sido objeto de suspensión por parte de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria- ARCSA.

Nota: En el caso que no se haya solicitado la reinscripción del Registro Sanitario y haya vencido su fecha de vigencia, se deberá iniciar un nuevo proceso de inscripción.

DISPOSITIVOS MÉDICOS:

  • Normativa técnica sanitaria sustitutiva para el registro sanitario y control de dispositivos médicos de uso humano, y de los establecimientos en donde se fabrican, importan, dispensan, expenden y comercializan ARCSA-DE-026-2016-YMIH: "Se aplicará para el caso de aquellos dispositivos médicos que durante su período de vigencia no han sufrido cambios o modificaciones en su uso previsto, así como en su calidad, seguridad y eficacia; y que no hubieren sido objeto de suspensión por parte de la ARCSA; teniendo en cuenta que se aplicará para aquellas solicitudes que se ingresen con al menos noventa (90) días previos a la fecha de vencimiento del Registro Sanitario y no más de seis (6) meses de anticipación".
  • A la solicitud de reinscripción se deberá adjuntar la carta firmada electrónicamente por el representante legal y responsable técnico, en la cual se deje expresa constancia, de que el dispositivo médico no se encuentra incurso en ninguna de las situaciones antes señaladas.

Nota: En caso de no haber solicitado la reinscripción del Registro Sanitario en el tiempo antes mencionado y su fecha de vigencia hubiere vencido, el producto no podrá importarse, fabricarse ni comercializarse en el país, según el caso y se deberá iniciar un nuevo proceso de inscripción.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

En línea

El Representante legal debe ingresar la solicitud, para lo cual debe seguir los siguientes pasos:

1. Ingresar al portal web de la Ventanilla Única Ecuatoriana - VUE, para lo cual debe:

-Ingresar al Portal Web ECUAPASS, a través de la dirección electrónica https://portal.aduana.gob.ec/

-Llenar los campos correspondientes a ID. Usuario / Contraseña

-Dar clic en el botón INICIAR SESIÓN.

-Hacer clic en el link VUE

2. Seleccionar Elaboración de Solicitud.

3. Seleccionar Documentos de Acompañamiento.

4. Seleccionar Listado de Documento de Acompañamiento.

5. Llenar los siguientes campos, seleccionando las opciones de las listas desplegables:

- Institución: [ARCSA] – Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria.

- Documento: Seleccionar de la lista desplegable, el documento para medicamentos 129-ME-001-REQ-02 o para dispositvos médicos 129-DM-001-REQ-02, que corresponda a la Solicitud de Reinscripción.

6. Seleccionar la opción Consultar.

7. Una vez que aparezca el documento en el listado, seleccionar el mismo (se torna celeste) 

8. Seleccionar la opción  Solicitar, ubicada en la parte inferior derecha de la pantalla, para acceder al formulario.

9. Generar el número de solicitud: Una vez seleccionado el formulario según proceso mencionado anteriormente se genera el número de solicitud, haciendo clic en la opción Consultar

10. Al seleccionar la opción Consultar se obtiene el número de trámite. Con este número el usuario podrá realizar el seguimiento de la solicitud.

11. Llenar los campos solicitados en el formulario.

12. Se ingresa el *Número de Registro Sanitario, *Origen del Producto y se selecciona la opción Búsqueda

13. Escoger la opción Ver borrador en la parte inferior, para revisar la solicitud y verificar los datos ingresados.

14. Una vez revisado el formulario, hacer clic en el botón Registrar, para que la solicitud sea enviada a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (en el sistema ECUAPASS debe cambiar el estado de solicitud enviada a receptada). Para realizar ésta operación se debe firmar electrónicamente el documento, mediante el uso del TOKEN respectivo.

15. Verificar que el estado del procesamiento de su solicitud se encuentre como: “Solicitud Receptada”

NOTA. Cuando la solicitud se encuentra en este estado de “Solicitud Receptada”, significa que el trámite ha sido receptado en el sistema interno de la agencia, caso contrario el trámite no ha sido receptado. Por este motivo se sugiere que las solicitudes se ingresen a tiempo, a fin de evitar posibles inconvenientes que se pudieran presentar por problemas con la conexión de red, etc.

16.- La solicitud será revisada por la ARCSA y de ser necesario se notificará la subsanación para corrección de información en la misma, mediante el sistema ECUAPASS

17. El Usuario deberá subsanar la solicitud con las correcciones solicitadas mediante el sistema ECUAPASS, en el caso de haber recibido objeciones.

18.- Un vez aprobada la solicitud, el Representante Legal del Producto, podrá consultar su Certificado de Reinscripción de Registro Sanitario, a través del portal web ECUAPASS, ingresando el Número de Solicitud o el Número de Registro Sanitario.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Los importes a cobrarse por la emisión de certificados de reinscripciones o renovaciones, darán lugar al pago del 20% del importe fijado de Registro Sanitario.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

ARCSA Planta Central (Ciudadela Samanes, Av. Francisco de Orellana y Av. Paseo del Parque, Parque Samanes, Bloque 5, Guayaquil - Ecuador). Código Postal: 090703.

De lunes a viernes 08h00 a 16h00.

9 Coordinaciones Zonales (https://www.controlsanitario.gob.ec/contacto/).

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El Registro Sanitario tiene vigencia 5 años.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección Técnica de Atención

Email: atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec

Teléfono: 043727440

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 1 619
2 2025-02 1 694
3 2025-03 0 740
4 2024-01 1 572
5 2024-02 0 437
6 2024-03 0 389
7 2024-04 0 350
8 2024-05 0 294
9 2024-06 0 357
10 2024-07 0 383
11 2024-08 0 373
12 2024-09 0 364
13 2024-10 0 352
14 2024-11 0 469
15 2024-12 0 348
16 2023-01 0 385
17 2023-02 0 282
18 2023-03 0 404
19 2023-04 1 458
20 2023-05 0 371
21 2023-06 1 529
22 2023-07 0 529
23 2023-08 0 444
24 2023-09 0 565
25 2023-10 0 413
26 2023-11 3 461
27 2023-12 0 220
28 2022-01 0 499
29 2022-02 0 359
30 2022-03 0 528
31 2022-04 0 608
32 2022-05 0 503
33 2022-06 0 290
34 2022-07 0 285
35 2022-08 0 297
36 2022-09 0 249
37 2022-10 0 365
38 2022-11 0 366
39 2022-12 0 395
40 2021-01 4 812
41 2021-02 2 372
42 2021-03 0 133
43 2021-04 0 117
44 2021-05 0 595
45 2021-06 1 357
46 2021-07 4 208
47 2021-08 0 284
48 2021-09 3 406
49 2021-10 0 83
50 2020-01 2 215
51 2020-02 7 322
52 2020-03 5 460
53 2020-04 5 578
54 2020-05 4 367
55 2020-06 2 409
56 2020-07 4 362
57 2020-08 4 285
58 2020-09 0 231
59 2020-10 0 141
60 2020-11 0 362
61 2020-12 0 124
62 2019-01 2 442
63 2019-02 2 288
64 2019-03 5 226
65 2019-04 1 238
66 2019-05 10 239
67 2019-06 12 275
68 2019-07 14 312
69 2019-08 9 318
70 2019-09 6 259
71 2019-10 16 502
72 2019-11 5 351
73 2019-12 6 318
74 2017-12 5 2975
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/07/12

Contenido

¿Te sirvió el contenido?