A través de este trámite, el usuario deberá notificar a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones - ARCOTEL cualquier aumento o reducción de capital, así como cualquier cambio, modificación o reforma al estatuto social del prestador; y los cambios de razón social o denominación objetiva.
Acorde a la normativa aplicable, los usuarios que podrán solicitar este trámite a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones - ARCOTEL son personas jurídicas poseedoras de títulos habilitantes de servicios de telecomunicaciones.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
Registro de modificación de capital, estatutos y cambio de razón social de los Servicios de Telecomunicaciones
1. Notificación a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL sobre cualquier aumento o reducción del capital; cambio, modificación o reforma al estatuto social (hasta 15 días luego de inscribir en el Registro Mercantil); o cambio de razón social o denominación objetiva (hasta 10 días una vez efectuado el cambio).
Para esta última, indicar el número de RUC y proporcionar los datos de la escritura que contenga los estatutos sociales reformados, inscrita en el Registro Mercantil; y los datos del nombramiento del representante legal debidamente inscrito en el Registro Mercantil.
Presencial:
El solicitante puede acercarse a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones - ARCOTEL, donde presentará la notificación y los requisitos correspondientes. Esta documentación será entregada en la ventanilla disponible para el efecto, luego de lo cual recibirá un número de trámite generado en el Sistema de Gestión Documental - Quipux, mediante el cual podrá realizar el seguimiento respectivo.
Recibirá la respuesta a su trámite en aproximadamente 30 días término de presentada su solicitud. En caso de requerirse mayor información o correcciones, recibirá un comunicado al respecto.
El usuario puede presentar o dar seguimiento a su trámite en nuestras oficinas o a través del Sistema de Gestión Documental - Quipux con el número de trámite entregado.
Correo electrónico:
El solicitante puede enviar su notificación y los requisitos correspondientes al correo electrónico: gestion.documental@arcotel.gob.ec; luego de lo cual recibirá un número de trámite generado en el Sistema de Gestión Documental - Quipux, mediante el cual podrá realizar el seguimiento respectivo.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
El trámite no tiene costo
Horarios de atención:
Puede iniciar sus trámites en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 8:15 a 17:00 en nuestras oficinas ubicadas en:
Quito, oficina matriz:
Av. Diego de Almagro N31-95 entre Whymper y Alpallana
Telf.: (593-02) 2 946 400
Correo electrónico: comunicacion@arcotel.gob.ec
Coordinación Zonal 3 - Riobamba:
Estación de Comprobación Técnica
Vía Chambo Km 2, sector La Inmaculada
Telf.: 03 262 2020 /21 /22
Coordinación Zonal 4 - Portoviejo:
Ciudadela California, calle Chone s/n, entre Junín y Santa Ana
Telf.: 05 293 1286 / 448 / 274
Coordinación Zonal 5 - Guayaquil:
Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas
Telf.: 04 262 6400
Coordinación Zonal 6 - Cuenca:
Calle Luis Cordero 16-50 y Av. Héroes de Verdeloma
Telf.: 072820860
Oficina Técnica - Galápagos:
Calles Cucuve y Floreana, esquina, barrio Las Acacias, Santa Cruz
Telf.: 05 252 4769
Oficina Técnica - Loja:
Av. Benjamín Carrión y Los Olivos, sector Daniel Álvarez Burneo
Telf.: 07 282 0860 ext. 4202
Contacto: Centro de atención al usuario ARCOTEL
Email: gestion.documental@arcotel.gob.ec
Teléfono: (593) 2947800
Artículo 160.- Transferencia o cesión de acciones que no impliquen cambio de control.- De tratarse de una transferencia o cesión de acciones, total o parcial, entre los mismos accionistas o socios del prestador que no implique cambio de control, sea a empresas relacionadas o vinculadas con el prestador del servicio o a terceros en general, el prestador deberá notificar a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, dentro del término de hasta cuarenta y cinco (45) días de producida. En la notificación deberán acompañar los documentos que certifiquen la vinculación o relación societaria de capital administrativa o de control que se trate, señalando la composición accionaria.
La cesión o transferencia de acciones en un poseedor de título habilitante, en cualquier caso, no podrá realizarse si los cesionarios o adquirentes se encontrasen incursos en cualquier supuesto de inhabilitación, prohibición falta de legitimación o incapacidad para contratar con el Estado ecuatoriano.
Modificación de capital. El prestador dentro del término de hasta quince (15) días, luego de inscribir en el Registro Mercantil informará a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL sobre cualquier aumento o reducción del capital, independientemente de los trámites gestiones y procedimientos que correspondan seguirse ante las autoridades de control societario.
Modificación de estatutos. El prestador deberá informar a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL en el término de hasta quince (15) días luego de inscribir en el Registro Mercantil cualquier cambio, modificación o reforma al estatuto social del prestador.
DISPOSICIONES GENERALES
Décima cuarta.- Los poseedores de títulos habilitantes de servicios de telecomunicaciones que por reforma de sus estatutos, sociales hubieren cambiado su razón social o denominación objetiva, notificarán por escrito de dicho cambio a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL dentro del término de hasta diez (10) días, una vez efectuado el cambio, indicando el número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) y proporcionando la siguiente información.
1. Datos de la escritura que contenga los Estatutos Sociales reformados, inscrita en el Registro Mercantil.
2. Datos del nombramiento del representante legal debidamente inscrito en el Registro Mercantil
La ARCOTEL elaborara el dictamen jurídico correspondiente y de ser necesario solicitará información o documentación adicional. Una vez complementada la información se procederá con la elaboración y suscripción de la adenda pertinente, la respectiva suscripción y marginación en el Registro Público de Telecomunicaciones, según corresponda dentro del término de quince (15) días.
Esta disposición no es aplicable para servicios de radiodifusión, ya que para cambios o reforma de estatutos, deberá regirse al procedimiento de modificaciones técnicas y administrativas que requieren autorización de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 1 |
3 | 2025-03 | 0 | 1 |
4 | 2024-01 | 0 | 0 |
5 | 2024-02 | 0 | 0 |
6 | 2024-03 | 0 | 0 |
7 | 2024-04 | 0 | 0 |
8 | 2024-05 | 0 | 0 |
9 | 2024-06 | 0 | 2 |
10 | 2024-07 | 0 | 0 |
11 | 2024-08 | 0 | 0 |
12 | 2024-09 | 0 | 0 |
13 | 2024-10 | 0 | 0 |
14 | 2024-11 | 0 | 1 |
15 | 2024-12 | 0 | 2 |
16 | 2023-01 | 0 | 0 |
17 | 2023-02 | 0 | 5 |
18 | 2023-03 | 0 | 0 |
19 | 2023-04 | 0 | 3 |
20 | 2023-05 | 0 | 0 |
21 | 2023-06 | 0 | 0 |
22 | 2023-07 | 0 | 0 |
23 | 2023-08 | 0 | 0 |
24 | 2023-09 | 0 | 2 |
25 | 2023-10 | 0 | 0 |
26 | 2023-11 | 0 | 0 |
27 | 2023-12 | 0 | 0 |
28 | 2022-06 | 0 | 0 |
29 | 2022-07 | 0 | 2 |
30 | 2022-08 | 0 | 9 |
31 | 2022-09 | 0 | 0 |
32 | 2022-10 | 0 | 5 |
33 | 2022-11 | 0 | 0 |
34 | 2022-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2022/07/14