Otorgamiento del título habilitante para el Servicio de Radiodifusión Sonora y Televisión por Señal Abierta para medios privados y comunitarios (Concurso Público)

Otorgamiento Privados y Comunitarios

Este tipo de título habilitante se otorga a las personas naturales o jurídicas de derecho privado con o sin finalidad de lucro, las personas jurídicas - colectivos u organizaciones sociales sin fines de lucro, a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, que requieran del uso y explotación del espectro radioeléctrico para la operación de estaciones de radiodifusión sonora y radiodifusión de televisión (medios de comunicación social de tipo privados o comunitarios), cuyo otorgamiento se efectuará bajo la modalidad de concurso público.

 

¿A quién está dirigido?

Personas naturales ecuatorianas y/o extranjeras o jurídicas de derecho privado con o sin finalidad de lucro, las personas jurídicas - colectivos u organizaciones sociales sin fines de lucro, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de Adjudicación y Título Habilitante para el Servicio de Radiodifusión Sonora y Televisión por Señal Abierta para Medios Privados y Comunitarios - Concurso Público

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

La adjudicación de frecuencias del espectro radioeléctrico para el funcionamiento de medios de comunicación social privados y comunitarios de radio y televisión de señal abierta se realizará mediante concurso público abierto y transparente en el que podrán intervenir todas las personas naturales y jurídicas que no tengan inhabilidades o prohibiciones legales.

La Dirección Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL) realizará concurso público abierto, para la concesión de frecuencias del espectro radioeléctrico que serán utilizadas para el funcionamiento de medios de comunicación social privados y comunitarios de radiodifusión sonora y de televisión.

Es responsabilidad de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL en este proceso, entre otras, las siguientes actividades:

- Aprobar las bases para el otorgamiento de frecuencias conforme a la ley, así como a los procedimientos para los concursos públicos; en las citadas bases  se definirán los requisitos, criterios de evaluación y formas de puntuación del concurso y serán definidos teniendo en consideración las normas establecidas en la Ley Orgánica de Comunicación, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, y sus reglamentos; sin perjuicio de lo cual en todos los casos el solicitante deberá presentar:
1.  El proyecto comunicacional, con determinación del nombre de medio, tipo de medio, objetivos, lugar de instalación, cobertura, propuesta de programación e impacto social que proyecta generar; impacto social que proyecta generar;
2. El plan de gestión y sostenibilidad; y,
3. El estudio técnico.- Publicar la convocatoria en un diario de circulación nacional y podrá utilizar otros medios de difusión tales como el Internet.

Requisitos Especiales:

Para las estructuras que se encuentren dentro de un radio de 500 mts de los Sistemas Navegación Aérea se debe solicitar el Certificado de no afectar a los sistemas de radionavegación aeronáutica emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Una vez que la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL) realice la convocatoria a concurso público de frecuencias, debe acercarse a las oficinas de la ARCOTEL, donde presentará la solicitud y los requisitos de conformidad a las bases de concurso. Esta documentación será entregada en la ventanilla disponible para el efecto, luego de lo cual recibirá un número de trámite generado en el Sistema de Gestión Documental Quipux mediante el cual, podrá realizar el seguimiento respectivo.

Recibirá la respuesta a su trámite en aproximadamente 48 días de presentada su solicitud. En caso de requerirse mayor información, recibirá un comunicado al respecto.

El usuario puede presentar o dar seguimiento a su trámite en nuestras oficinas o a través del Sistema de Gestión Documental Quipux.

Una vez emitida la Resolución de ganador del concurso, de conformidad con lo establecido en el Libro V Capítulo I “Establecimiento de garantías de fiel cumplimiento” del “REGLAMENTO PARA OTORGAR TÍTULOS HABILITANTES PARA SERVICIOS DEL RÉGIMEN GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO”,  entregará previo a la suscripción del título habilitante con la ARCOTEL, una garantía de fiel cumplimiento, a nombre de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, con las características de incondicional, irrevocable y de cobro inmediato.

La fecha vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del presente contrato coincidirá con la fecha de inicio del título habilitante, y tendrá una vigencia mínima anual y será presentada en documento original a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El valor que se pagará por concepto de concesión o renovación y pago de tarifas por uso de frecuencias de conformidad a la reglamentación de tarifas vigente o la que la sustituya, al momento de su aplicación.

El costo por el derecho de otorgamiento se calculará de conformidad al REGLAMENTO DE DERECHOS POR OTORGAMIENTO DE TÍTULOS HABILITANTES Y TARIFAS DE USO DE FRECUENCIAS PARA SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN, que se encuentra publicado en la página web institucional expedido con Resolución No. 02-02-ARCOTEL-2016 y la fe de erratas expedida con Resolución 07-04-ARCOTEL-2016.

El pago de garantías de fiel cumplimiento se lo realizara de conformidad a los artículos del 203 al 209 del reglamento para otorgar títulos habilitantes para servicios del régimen general de telecomunicaciones y frecuencias del espectro radioeléctrico publicado en el registro oficial No. 756 de 17 de mayo de 2016.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Puede iniciar sus trámites en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 8:15 a 17:00 en nuestras oficinas ubicadas en:

Quito, oficina matriz:
Av. Diego de Almagro N31-95 entre Whymper y Alpallana
Telf.: (593-02)  2 946 400
Correo electrónico: comunicacion@arcotel.gob.ec

Coordinación Zonal 3 - Riobamba:
Estación de Comprobación Técnica
Vía Chambo Km 2, sector La Inmaculada
Telf.: 03 262 2020 /21 /22

Coordinación Zonal 4 - Portoviejo:
Ciudadela California, calle Chone s/n, entre Junín y Santa Ana
Telf.: 05 293 1286 / 448 / 274

Coordinación Zonal 5 - Guayaquil:
Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas
Telf.: 04 262 6400

Coordinación Zonal 6 - Cuenca:
Calle Luis Cordero 16-50 y Av. Héroes de Verdeloma
Telf.: 072820860

Oficina Técnica - Galápagos:
Calles Cucuve y Floreana, esquina, barrio Las Acacias, Santa Cruz
Telf.: 05 252 4769

Oficina Técnica - Loja:
Av. Benjamín Carrión y Los Olivos, sector Daniel Álvarez Burneo
Telf.: 07 282 0860 ext. 4202

Oficina Técnica - Lago Agrio:
Av. Circunvalación y Av. Río Aguarico
Telf.: 06 299 1909 exts. 1120 y 1121

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El plazo de duración del título habilitante de concesión otorgado bajo el amparo y con sujeción a los requisitos y procedimientos previstos en la Ley Orgánica de Comunicación, es de quince (15) años, renovables para el mismo concesionario por una vez mediante concesión directa. Debiendo para las posteriores renovaciones, ganar el concurso convocado por la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL).

Contacto para atención ciudadana

Contacto: DELCIA GARAY

Email: delcia.garay@arcotel.gob.ec

Teléfono: 2947800 ext 2224

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 0
28 2021-01 0 0
29 2021-02 0 0
30 2021-03 0 0
31 2021-04 0 0
32 2021-05 0 0
33 2021-06 0 3
34 2021-07 0 0
35 2021-08 0 0
36 2021-09 0 0
37 2021-10 0 0
38 2021-11 0 0
39 2021-12 0 0
40 2020-01 0 0
41 2020-02 0 0
42 2020-03 0 2
43 2020-04 0 0
44 2019-01 0 0
45 2019-02 0 0
46 2019-03 0 0
47 2019-04 0 0
48 2019-05 0 0
49 2019-06 0 0
50 2019-07 0 3
51 2019-08 0 3
52 2019-09 0 0
53 2019-10 0 0
54 2019-11 0 0
55 2019-12 0 0
56 2018-01 0 1
57 2018-02 0 0
58 2018-03 0 0
59 2018-04 0 0
60 2018-05 0 0
61 2018-06 0 0
62 2018-07 0 0
63 2018-08 0 0
64 2018-09 0 0
65 2018-10 0 0
66 2018-11 0 0
67 2018-12 0 0
68 2017-12 0 291

Fecha de última actualización: 2023/06/16