Servicio Comunal, Servicio Troncalizado, Segmento Espacial

A través de este trámite que se realice en la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), el usuario podrá obtener el otorgamiento del Título Habilitante de Servicio Comunal (Sistema Radio de Dos Vías), Servicio Troncalizado y Concesión de uso y explotación de Frecuencias.

SERVICIO COMUNAL: Servicio que brinda comunicación de voz y/o datos de baja capacidad a través de sistemas de Radios de Dos Vías.

  • Sistema de radio de dos vías.- Conjunto de estaciones de radiocomunicación que comparte en el tiempo un canal radioeléctrico para establecer comunicaciones entre sus estaciones. Son sistemas especiales de explotación.

SERVICIO TRONCALIZADO: Servicio de tráfico de despacho provisto por medio de sistemas troncalizados, que utilizan múltiples pares de frecuencias, mediante el acceso en forma automática a cualquiera de los canales que estén disponibles.

SERVICIO DE SEGMENTO ESPACIAL: Servicio que proporciona a terceros el acceso a capacidad internacional necesario para la transmisión de signos, señales, datos, imágenes, video y sonidos, a través de recursos asociados a segmento especial.

 

¿A quién está dirigido?

Los usuarios que podrán solicitar este trámite a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), podrán ser empresas públicas o instituciones del sector público, personas jurídicas de derecho privado o personas naturales interesadas en obtener el título habilitante.

Es importante señalar, que para el Servicio de Segmento Espacial, los peticionarios pueden ser extranjeros, para lo cual las compañías deberán tener un representante permanente en el Ecuador, con amplias facultades para realizar los actos y negocios jurídicos que se celebren y surtan en el territorio nacional.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Título Habilitante de Registro del Servicio Comunal y la Concesión de uso y explotación de frecuencias del espectro radioeléctrico

Título Habilitante de Registro del Servicio Troncalizado y la Autorización de uso y explotación de frecuencias del espectro radioeléctrico

Título Habilitante de Registro del Servicio Troncalizado y la Concesión de uso y explotación de frecuencias del espectro radioeléctrico

Título Habilitante de Registro de Servicio de Segmento Espacial

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Los requisitos para la obtención del título habilitante, las personas naturales, jurídicas y empresas del Estado que soliciten el título habilitante de autorización o concesión según corresponda, para la asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico deberán presentar ante la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), la siguiente documentación e información:

Para todos los solicitantes:

  • Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la ARCOTEL, en la cual debe especificar el número de frecuencias, número de canales, áreas de operación y para renovación de contrato indicar la fecha y tomo-fojas.  Formato FO-CTR-01 (para el caso de trámite presencial)
  • Suscrita por la persona natural, por el representante legal de la persona jurídica o empresa pública, según corresponda, en la que consten el tipo de servicio del cual se requiere el registro, nombres y apellidos del  solicitante, número de documento de identificación; direcciones de contacto y teléfonos, correo electrónico; razón social o denominación objetiva de la persona jurídica, objeto, datos de constitución de la persona jurídica y plazo de duración; nombramiento del representante legal; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC). Para el caso del Servicio de Segmento Espacial, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento General a la LOT, la compañía deberá tener un representante permanente en el Ecuador, con amplias facultades para realizar los actos y negocios jurídicos que se celebren y surtan efectos en el territorio nacional.
  • Copia del documento de designación del representante legal debidamente inscrito ante la autoridad competente.
  • Decreto Ejecutivo; acto normativo; escritura pública y sus modificaciones, en caso de haberlas; o la resolución de creación de la Institución o Empresa Pública, según corresponda.
  • Autorización conforme la Disposición General Decima Octava de la Reforma y Codificación al Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para Servicio del Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Radioeléctrico.

Para personas jurídicas de derecho privado o personas naturales, requisitos adicionales:

  • Nombres, apellidos y número de cédulas de ciudadanía o pasaporte, así como el porcentaje de acciones o participaciones, según corresponda, de los socios o accionistas de la compañía mercantil que sean personas naturales; y nombramiento del representante legal, para el caso en el que los socios o accionistas sean personas jurídicas.
  • Declaración juramentada del solicitante o del representante legal y de los socios, sobre vinculación (ver detalles en el numeral 3 del art. 38 de la RESOLUCIÓN 15-16-ARCOTEL-2019).
  • Se incluirá en la declaración juramentada, el señalamiento expreso de que la persona natural o jurídica solicitante y los socios, según corresponda, no se encuentran impedidos de contratar con el Estado, no están incursos en las prohibiciones o inhabilitaciones previstas en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones; incluyendo lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley ibídem, en el caso de haber sido objeto de sanción de cuarta clase, que implique la revocatoria del título habilitante;
  • En caso de personas jurídicas, la escritura de constitución, debidamente inscrita y sus modificaciones de haberlas.
  • Plan de sostenibilidad financiera, a 5 años, que incluya proyección de ingresos;.
  • Declaración de responsable, suscrita por el representante legal de la persona jurídica, o por la persona natural, por la cual manifiesta bajo su responsabilidad, (ver detalles en el numeral 8 del art. 38 de la RESOLUCIÓN 15-16-ARCOTEL-2019).

Proyecto Técnico:

Servicio  Troncalizado:

Servicio Comunal (Radio de dos vías):

Servicio de Segmento Espacial

  • Formularios  (IT-DRE-03, FO-DRE-18)
  • Carta de autorización debidamente legalizada del propietario de la red satelital o de un comercializador nacional o internacional que le acredite como comercializador de provisión de segmento espacial en el país.

Plazos para solicitar la renovación

  • La solicitud de renovación, deberá ser presentada a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL con por lo menos ciento ochenta (180) días calendario de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo del título habilitante que está por concluir. (ver detalles en el art. 177 de la RESOLUCIÓN 15-16-ARCOTEL-2019).
  • En el evento de que no se solicite la renovación del título habilitante dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL adoptará las medidas que considere pertinentes para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios.

Requisitos Especiales:

  • De acuerdo a la Disposición General Vigésima de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad, en el caso de Compañías o Cooperativas de transporte, debe presentar el original del AVAL de la autoridad del transporte competente del Permiso de Operación.
  • Para los servicios que utilizan el aplicativo AVIS deberá hacer lo siguiente: 1) En caso de realizar el trámite físicamente en el Centro de Atención al Usuario, adjuntar en un CD los archivos generados en AVIS y los demás requisitos establecidos. 2) Para el caso del trámite en línea es necesario anexar el archivo .xml al formulario.
  • Para el Servicio de Segmento Espacial, los satélites geoestacionarios deberán estar registrados previamente en la Comunidad Andina.

Formatos y anexos

  • Formulario de Solicitud FO-CTR-01
    Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), en la cual debe especificar el número de frecuencias a incorporar correspondiente a la fecha y Tomo-fojas del contrato. (Para trámite presencial)
  • Formularios FO-DRE-01-04-12-15-16
    Sistema Troncalizado: En los formularios deberá ingresar la información técnica de las radiobases. En el link descrito anteriormente encontrará el instructivo IT-DRE-03 para llenar los formularios.
  • Formularios FO-DRE-01-05-15-17
    Radio de dos vías: En los formularios deberá ingresar la información técnica de los circuitos. En el link descrito anteriormente encontrará el instructivo IT-DRE-03 para llenar los formularios.
  • Aplicativo Radio de dos vías AVIS
    Radio de dos vías: • Aplicativo Radio de dos vías AVIS, es utilizado para subir la información técnica de circuitos para sistemas de radio de dos vías y generar dos archivos, uno en Excel y 1) En caso de realizar el trámite físicamente en el Centro de Atención al Usuario, adjuntar en un CD los archivos generados en AVIS y los demás requisitos establecidos. 2) Para el caso del trámite en línea es necesario anexar el archivo .xml al formulario.
  • Formulario FO-DRE-18
    Transporte internacional, segmento espacial: información técnica de los satélites.
  • Modelo de autorización
    Se deberá adjuntar la autorización conforme la Disposición General Decima Octava de la Reforma y Codificación al Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para Servicio del Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Radioeléctrico y en formato disponible en el link señalado.

¿Cómo hago el trámite?

Presencial:

  1. El usuario ingresa su solicitud adjuntando los requisitos correspondientes en el Centro de Atención al Usuario (CAU) de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), es ingresada en el sistema Quipux y asignada un número de trámite.
  2. La solicitud del usuario es atendida y analizada por los funcionarios de ARCOTEL.
  3. En caso de que la información presentada se encuentre completa y correcta, el usuario será notificado de la Resolución para el Otorgamiento del Título Habilitante, indicando que deberá acercarse a suscribir el acta de sujeción para el otorgamiento del título; caso contrario, el usuario recibirá un oficio de complementación o pedido de información.

En línea:

  1. Presione el botón "IR AL TRÁMITE EN LÍNEA" de este trámite, y complete la información que se requiere.
  2. La solicitud del usuario es atendida y analizada por los funcionarios de ARCOTEL.
  3. En caso de que la información presentada se encuentre completa y correcta, el usuario será notificado de la Resolución para el Otorgamiento del Título Habilitante, indicando que deberá acercarse a suscribir el acta de sujeción para el otorgamiento del título; caso contrario, el usuario recibirá un oficio de complementación o pedido de información.

Correo electrónico:

  1.  El usuario remite su solicitud adjuntando los requisitos correspondientes en el correo electrónico gestion.documental@arcotel.gob.ec
  2. La solicitud del usuario es atendida y analizada por los funcionarios de ARCOTEL.
  3. En caso de que la información presentada se encuentre completa y correcta, el usuario será notificado de la Resolución para el Otorgamiento del Título Habilitante, indicando que deberá acercarse a suscribir el acta de sujeción para el otorgamiento del título; caso contrario, el usuario recibirá un oficio de complementación o pedido de información.

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El otorgamiento del título habilitante genera derechos por otorgamiento del servicio y concesión de frecuencia del espectro radioeléctrico, de acuerdo con lo siguiente:

  • Derecho del Otorgamiento del Servicio se detalla en la disposición transitoria novena de la  RESOLUCIÓN 15-16-ARCOTEL-2019 "Reforma y Codificación al Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes para Servicios del Régimen General de Telecomunicaciones y Frecuencias del Espectro Radioeléctrico"
  • Derechos de Concesión de frecuencias para sistemas de radio de dos vías y sistemas de Troncalizado: Su cálculo será en función de la duración del título habilitante y de la tarifa mensual de los enlaces, según lo indican los artículos 30 y 31 del “Reglamento de Derechos por Concesión y Tarifas por Uso de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico”.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Puede iniciar sus trámites en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 8:15 a 17:00 en las oficinas de la ARCOTEL ubicadas en:

Quito, oficina matriz:
Av. Diego de Almagro entre Whymper y Alpallana
Quito - Ecuador | comunicacion@arcotel.gob.ec
Teléfono: 593-2 947 800 - Reclamos consumidor: 1800 567 567

 

Coordinación Zonal 3 - Riobamba:
Estación de Comprobación Técnica
Vía Chambo Km 2, sector La Inmaculada
Telf.: 03 262 2020 /21 /22

Coordinación Zonal 4 - Portoviejo:
Ciudadela California, calle Chone s/n, entre Junín y Santa Ana
Telf.: 05 293 1286 / 448 / 274

Coordinación Zonal 5 - Guayaquil:
Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas
Telf.: 04 262 6400

Coordinación Zonal 6 - Cuenca:
Calle Luis Cordero 16-50 y Av. Héroes de Verdeloma
Telf.: 072820860

Oficina Técnica - Galápagos:
Calles Cucuve y Floreana, esquina, barrio Las Acacias, Santa Cruz
Telf.: 05 252 4769

Oficina Técnica - Loja:
Av. Benjamín Carrión y Los Olivos, sector Daniel Álvarez Burneo
Telf.: 07 282 0860 ext. 4202

Oficina Técnica - Lago Agrio:
Av. Circunvalación y Av. Río Aguarico
Telf.: 06 299 1909 exts. 1120 y 1121

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Cabe señalar que la duración del referido Título es de:

  • Comunales o Troncalizado para empresas públicas: 20 años
  • Comunales o Troncalizado para persona natural o persona jurídica privada: 10 años
  • Segmento Espacial para empresas públicas: 20 años
  • Segmento Espacial para persona natural o persona jurídica privada: 15 años

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: CENTRO DE ATENCION AL USUARIO ARCOTEL

Email: comunicacion@arcotel.gob.ec

Teléfono: 02 294 7800

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 4
14 2023-11 0 3
15 2023-12 0 2
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 1
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 2
27 2022-12 0 0
28 2021-01 0 0
29 2021-02 0 0
30 2021-03 0 0
31 2021-04 0 1
32 2021-05 0 0
33 2021-06 0 0
34 2021-07 0 0
35 2021-08 0 1
36 2021-09 0 0
37 2021-10 0 0
38 2021-11 0 0
39 2021-12 0 0
40 2020-01 0 1
41 2020-02 0 0
42 2020-03 0 0
43 2020-04 0 0
44 2020-05 0 0
45 2020-06 0 0
46 2020-07 0 4
47 2020-08 0 5
48 2020-09 0 1
49 2020-10 0 2
50 2020-11 0 1
51 2020-12 0 2
52 2019-01 0 4
53 2019-02 0 3
54 2019-03 0 3
55 2019-04 0 4
56 2019-05 0 2
57 2019-06 0 2
58 2019-07 0 1
59 2019-08 0 2
60 2019-09 0 7
61 2019-10 0 2
62 2019-11 0 0
63 2019-12 0 0
64 2018-01 0 32
65 2018-02 0 20
66 2018-03 0 11
67 2018-04 0 5
68 2018-05 0 3
69 2018-06 0 1
70 2018-07 0 9
71 2018-08 0 4
72 2018-09 0 9
73 2018-10 0 5
74 2018-11 0 2
75 2018-12 0 3
76 2017-12 0 129
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Fecha de última actualización: 2023/11/14