Autorización de transferencia o cesión del título habilitante del Servicio Comunal, Troncalizado y Segmento Espacial

Autorización de Transferencia o Cesión del Título Habilitante para el Servicio Comunal, Servicio Troncalizado, Transporte Internacional Modalidad Provisión de Segmento Espacial

A través de este trámite que se realiza en la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), el usuario podrá obtener la Autorización de Transferencia o Cesión del Título Habilitante para el Servicio Comunal, Servicio Troncalizado, Transporte Internacional Modalidad Provisión de Segmento Espacial.

Este tipo de trámite también incluye a la fusión de dos compañías o personas jurídicas.

 

¿A quién está dirigido?

Los usuarios que podrán solicitar este trámite a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), son: empresas públicas, personas jurídicas de régimen  privado, empresas mixtas y de economía popular y solidaria, empresas públicas de propiedad estatal de los países de la comunidad internacional o personas naturales.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de autorización de transferencia

Adenda de Transferencia o Cesión del Título Habilitante para el Servicio Comunal, Servicio Troncalizado, Transporte Internacional Modalidad Provisión de Segmento Espacial

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), suscrita por el representante legal de la persona jurídica, en la que consten sus nombres y apellidos, número de documento de identificación, direcciones de contacto y teléfonos, correo electrónico, razón social o denominación objetiva de la persona jurídica, objeto, datos de constitución de la persona jurídica, y plazo de duración, número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); y especificar la razón por las cuales se pretende realizar la transferencia o cesión y los efectos que pudieran generarse con ocasión de su realización. La solicitud deberá también estar suscrita por la persona natural o jurídica que sería beneficiaria de la transferencia o cesión, incluyendo el mismo detalle de información indicado.
  • Tanto para el poseedor del título habilitante como para el beneficiario de la transferencia o cesión

    a. Nombres, apellidos y número de cédulas de ciudadanía o pasaporte, y cuando corresponda, en caso de personas jurídicas el porcentaje de acciones o participaciones, según sea el caso, de los socios o accionistas de la compañía mercantil que sean personas naturales, y datos del nombramiento del representante legal para el caso en el que los socios o accionistas sean personas jurídicas. Cuando se trate de personas jurídicas de derecho público se consignarán los datos del representante legal y de la institución o empresa pública.

    b. Declaración juramentada de la persona natural o de ser el caso, del representante legal y de los socios sobre vinculación de la persona jurídica que solicita la cesión o transferencia con alguna persona o empresa o grupo de empresas a efectos de determinar si presta el mismo servicio o servicios semejantes y los efectos que pudiera tener en el mercado el otorgamiento del nuevo título habilitante requerido en caso de ser los socios personas jurídicas presentar la declaración juramentada del apoderado, el solicitante deberá señalar el capital, porcentaje y número de acciones o participaciones de las que es titular en cada una de las empresas que es prestador del régimen general de telecomunicaciones.

    Se incluirá en la declaración juramentada el señalamiento expreso de que la persona natural o persona jurídica beneficiaria de la transferencia o cesión y los socios no se encuentran impedidos de contratar con el Estado, no estar incursos en las prohibiciones o inhabilitaciones previstas en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones incluyendo lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley ibídem, en el caso de haber sido objeto de sanción de cuarta clase, que implique la revocatoria del título habilitante.​

  • Copia de la escritura de constitución de la empresa, debidamente inscrita, y sus reformas, de haberlas.
  • Declaración Juramentada, con el detalle actualizado de los poseedores del paquete accionario o de participaciones y de que no se está negociando el título de otorgamiento de servicios de telecomunicaciones.
  • Se exigirá como requisito previo, cuando sea procedente, la autorización de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, relacionada con concentraciones económicas, de conformidad con las atribuciones y competencias de dicho ente de control.
  • El solicitante deberá estar al día  con las obligaciones económicas que tenga con la ARCOTEL.

La persona natural o jurídica a la que se pretenda transferir o ceder la concesión no deberá estar incursa en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades previstas en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y deberá demostrar capacidad técnica, legal, económica y financiera, presentando para el efecto los requisitos que correspondan, de acuerdo con lo previsto en el presente Reglamento.

¿Cómo hago el trámite?

Presencial:

  1. El usuario ingresa su solicitud adjuntando los requisitos correspondientes en el Centro de Atención al Usuario (CAU) de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), es ingresada en el sistema Quipux y asignada un número de trámite.
  2. La solicitud del usuario es atendida y analizada por los funcionarios de ARCOTEL-
  3. En caso de que la información presentada se encuentre correcta, se notificará al usuario mediante Resolución para la suscripción de la Adenda correspondiente, previo la marginación el el Registro Público de Telecomunicaciones.

En línea:

  1. Presione el botón "IR AL TRÁMITE EN LÍNEA" de este trámite, y complete la información que se requiere.
  2. La solicitud del usuario es atendida y analizada por los funcionarios de ARCOTEL-
  3. En caso de que la información presentada se encuentre correcta, se notificará al usuario mediante Resolución para la suscripción de la Adenda correspondiente, previo la marginación el el Registro Público de Telecomunicaciones.

Correo electrónico:

  1. El usuario remite su solicitud adjuntando los requisitos correspondientes en el correo electrónico gestion.documental@arcotel.gob.ec
  2. La solicitud del usuario es atendida y analizada por los funcionarios de ARCOTEL.
  3. En caso de que la información presentada se encuentre correcta, se notificará al usuario mediante Resolución para la suscripción de la Adenda correspondiente, previo la marginación el el Registro Público de Telecomunicaciones.

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Puede iniciar sus trámites en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 8:15 a 17:00 en nuestras oficinas ubicadas en:

Quito, oficina matriz:
Av. Diego de Almagro N31-95 entre Whymper y Alpallana
Telf.: (593-02)  2 946 400
Correo electrónico: comunicacion@arcotel.gob.ec

Coordinación Zonal 3 - Riobamba:
Estación de Comprobación Técnica
Vía Chambo Km 2, sector La Inmaculada
Telf.: 03 262 2020 /21 /22

Coordinación Zonal 4 - Portoviejo:
Ciudadela California, calle Chone s/n, entre Junín y Santa Ana
Telf.: 05 293 1286 / 448 / 274

Coordinación Zonal 5 - Guayaquil:
Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas
Telf.: 04 262 6400

Coordinación Zonal 6 - Cuenca:
Calle Luis Cordero 16-50 y Av. Héroes de Verdeloma
Telf.: 072820860

Oficina Técnica - Galápagos:
Calles Cucuve y Floreana, esquina, barrio Las Acacias, Santa Cruz
Telf.: 05 252 4769

Oficina Técnica - Loja:
Av. Benjamín Carrión y Los Olivos, sector Daniel Álvarez Burneo
Telf.: 07 282 0860 ext. 4202

Oficina Técnica - Lago Agrio:
Av. Circunvalación y Av. Río Aguarico
Telf.: 06 299 1909 exts. 1120 y 1121

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La vigencia será por el mismo tiempo del título habilitante del servicio.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: CENTRO DE ATENCIÓN AL USUARIO ARCOTEL

Email: comunicacion@arcotel.gob.ec

Teléfono: (593-02) 2 947 800

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 0
28 2021-01 0 0
29 2021-02 0 0
30 2021-03 0 0
31 2021-04 0 0
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34 2021-07 0 0
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36 2021-09 0 0
37 2021-10 0 0
38 2021-11 0 0
39 2021-12 0 0
40 2020-01 0 0
41 2020-02 0 0
42 2020-03 0 0
43 2020-04 0 0
44 2020-05 0 0
45 2020-06 0 0
46 2020-07 0 0
47 2020-08 0 0
48 2020-09 0 0
49 2020-10 0 0
50 2020-11 0 0
51 2020-12 0 0
52 2019-01 0 0
53 2019-02 0 0
54 2019-03 0 0
55 2019-04 0 0
56 2019-05 0 0
57 2019-06 0 0
58 2019-07 0 0
59 2019-08 0 0
60 2019-09 0 0
61 2019-10 0 0
62 2019-11 0 0
63 2019-12 0 0
64 2018-01 0 0
65 2018-02 0 0
66 2018-03 0 0
67 2018-04 0 0
68 2018-05 0 0
69 2018-06 0 0
70 2018-07 0 0
71 2018-08 0 0
72 2018-09 0 0
73 2018-10 0 0
74 2017-12 0 0
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Fecha de última actualización: 2023/06/16