Autorización de modificaciones técnicas y administrativas para el Servicio Móvil Avanzado y Servicio Móvil Avanzado a través de Operador Móvil Virtual

Autorización de modificaciones técnicas y administrativas para el servicio móvil avanzado

Acorde a la normativa establecida y vigente, este trámite permite que los poseedores de títulos habilitantes para el Servicio Móvil Avanzado – SMA y Servicio Móvil Avanzado a través de Operador Móvil Virtual – OMV, soliciten ante la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones – ARCOTEL, la autorización para realizar modificaciones técnicas y administrativas al título habilitante otorgado.

¿A quién está dirigido?

Acorde con la normativa vigente, los usuarios que soliciten a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones – ARCOTEL la autorización para realizar modificaciones técnicas y administrativas del Título Habilitante para el Servicio Móvil Avanzado y Servicio Móvil Avanzado a través de Operador Móvil Virtual – OMV, son las personas jurídicas de derecho privado y público.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de modificaciones técnicas y administrativas para el Servicio Móvil Avanzado.

Autorización de modificaciones técnicas y administrativas para el Servicio Móvil Avanzado a través de operador móvil virtual.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Las modificaciones técnicas que requieren autorización de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL se describen en el artículo 156 de la "REFORMA Y CODIFICACIÓN AL REGLAMENTO PARA OTORGAR TÍTULOS HABILITANTES PARA SERVICIOS DEL RÉGIMEN GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO"  expedida mediante Resolución 15-16-ARCOTEL-2019.
1. Modificaciones técnicas que requieren autorización de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL
La Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, una vez que el solicitante haya presentado la información completa de acuerdo con los formularios e instructivos que para el efecto se publiquen en la página web institucional, autorizará las modificaciones técnicas mediante oficio, las cuales se integran a título habilitante una vez efectuada la marginación en el Registro Público de Telecomunicaciones, aplica para los siguientes casos:
a. Cambio de frecuencias y anchos de banda,
b. Incrementos de frecuencias no esenciales y esenciales que no sean de carácter masivo o que no tengan una alta valoración económica,
c. Devolución parcial del espectro asignado,
d. Devolución total del espectro asignado, en el caso de que el usuario mantenga infraestructura física,
e. Incremento y decremento de enlaces, estaciones repetidoras, fijas y radiobases,
f. Reubicación de estaciones de enlaces, repetidoras, fijas y radiobases,
g. Cambio del área de asignación de frecuencias para servicios que no sean de carácter masivo o frecuencias que no tengan una alta valoración económica,
h. Cambio de parámetros técnicos como potencia, ganancia de antenas, polarización, velocidad de transmisión FEC, modulación, etc.,
i. Incremento, decremento y cambio de satélites,
j. Cambio de prestador del servicio de segmento espacial,
k. Incremento y reubicación de estaciones terrenas,
l. Incremento o reubicación de estaciones terminales de cable submarino, y,
m. Modificación de capacidad instalada en estaciones terrenas.

¿Cómo hago el trámite?

En línea:

Presione el botón "IR AL TRÁMITE EN LÍNEA" de este trámite, y complete la información que se requiere.

Presencial:

Debe acercarse a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), donde presentará la solicitud y los requisitos correspondientes. Esta documentación será entregada en la ventanilla disponible para el efecto, luego de lo cual recibirá un número de trámite generado en el Sistema de Gestión Documental Quipux mediante el cual, podrá realizar el seguimiento respectivo. 

En caso de requerirse mayor información o correcciones, recibirá un comunicado al respecto.

El usuario puede presentar o dar seguimiento a su trámite en nuestras oficinas o a través del Sistema de Gestión Documental Quipux.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Puede iniciar sus trámites en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 8:15 a 17:00 en nuestras oficinas ubicadas en:

Quito, oficina matriz:
Av. Diego de Almagro N31-95 entre Whymper y Alpallana
Telf.: (593-02)  2 946 400
Correo electrónico: comunicacion@arcotel.gob.ec

Coordinación Zonal 3 - Riobamba:
Estación de Comprobación Técnica
Vía Chambo Km 2, sector La Inmaculada
Telf.: 03 262 2020 /21 /22

Coordinación Zonal 4 - Portoviejo:
Ciudadela California, calle Chone s/n, entre Junín y Santa Ana
Telf.: 05 293 1286 / 448 / 274

Coordinación Zonal 5 - Guayaquil:
Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas
Telf.: 04 262 6400

Coordinación Zonal 6 - Cuenca:
Calle Luis Cordero 16-50 y Av. Héroes de Verdeloma
Telf.: 072820860

Oficina Técnica - Galápagos:
Calles Cucuve y Floreana, esquina, barrio Las Acacias, Santa Cruz
Telf.: 05 252 4769

Oficina Técnica - Loja:
Av. Benjamín Carrión y Los Olivos, sector Daniel Álvarez Burneo
Telf.: 07 282 0860 ext. 4202

Oficina Técnica - Lago Agrio:
Av. Circunvalación y Av. Río Aguarico
Telf.: 06 299 1909 exts. 1120 y 1121

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Centro de Atención al Usuario ARCOTEL

Email: comunicacion@arcotel.gob.ec

Teléfono: (593) 2947800

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 1
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-11 0 0
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Fecha de última actualización: 2023/06/15