Fusión de compañías o personas jurídicas de derecho privado poseedoras de títulos habilitantes de la agencia de regulacion y control de las telecomunicaciones
Acorde a la normativa aplicable, los usuarios que podrán solicitar este trámite a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones - ARCOTEL son personas jurídicas de derecho privado;poseedoras de títulos habilitantes que presten servicios de telecomunicaciones.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.
Acto administrativo de autorización de fusión de compañías o personas jurídicas de derecho privado poseedoras de títulos habilitantes de los Servicios de Telecomunicaciones
1. Solicitud de autorización a la Dirección Ejecutiva de ARCOTEL.
2. Documentos legales que demuestren el proceso de fusión con la información del título habilitante que se incluye en la transferencia por fusión.
Posteriormente será la nueva compañía conformada, la que presente la solicitud para la autorización de la transferencia del título habilitante a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, adjuntando los siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida a la Dirección ejecutiva de la ARCOTEL suscrita por el representante legal de la persona jurídica en la que consten sus nombres y apellidos, número de documento de identificación; direcciones de contacto y teléfonos, correo electrónico; razón social o denominación objetiva de la persona jurídica, objeto, datos de constitución de la persona jurídica y plazo de duración; número de RUC.
2. Información y detalle del paquete accionario del poseedor del título habilitante, nombres, apellidos y número de cédulas de ciudadanía o pasaporte, según corresponda, de los socios o accionistas de la compañía mercantil que sean personas naturales y nombramiento del representante legal para el caso en el que los socios o accionistas sean personas jurídicas.
3. Copia de la escritura de constitución de la empresa, debidamente inscrita, y sus reformas, de haberlas.
4. Declaración juramentada, con el detalle actualizado de los poseedores del paquete accionario o de participaciones y de que no se está negociando el título de otorgamiento de servicios de telecomunicaciones.
5. Se exigirá como requisito previo, cuando sea procedente, la autorización de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, relacionada con concentraciones económicas.
Presencial:
El solicitante puede acercarse a las oficinas de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones - ARCOTEL a nivel nacional, donde presentará la solicitud y los requisitos correspondientes. Esta documentación será entregada en la ventanilla disponible para el efecto, luego de lo cual recibirá un número de trámite generado en el Sistema de Gestión Documental - Quipux, mediante el cual podrá realizar el seguimiento respectivo.
Recibirá la respuesta a su trámite en aproximadamente 30 días término de presentada su solicitud. En caso de requerirse mayor información o correcciones, recibirá un comunicado al respecto.
El usuario puede presentar o dar seguimiento a su trámite en nuestras oficinas o a través del Sistema de Gestión Documental - Quipux con el número de trámite entregado.
Correo electrónico:
El solicitante puede enviar su solicitud y los requisitos correspondientes al correo electrónico: gestion.documental@arcotel.gob.ec; luego de lo cual recibirá un número de trámite generado en el Sistema de Gestión Documental - Quipux, mediante el cual podrá realizar el seguimiento respectivo.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
El trámite no tiene costo
Horarios de atención:
Puede iniciar sus trámites en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 8:15 a 17:00 en nuestras oficinas ubicadas en:
Quito, oficina matriz:
Av. Diego de Almagro N31-95 entre Whymper y Alpallana
Telf.: (593-02) 2 946 400
Correo electrónico: comunicacion@arcotel.gob.ec
Coordinación Zonal 3 - Riobamba:
Estación de Comprobación Técnica
Vía Chambo Km 2, sector La Inmaculada
Telf.: 03 262 2020 /21 /22
Coordinación Zonal 4 - Portoviejo:
Ciudadela California, calle Chone s/n, entre Junín y Santa Ana
Telf.: 05 293 1286 / 448 / 274
Coordinación Zonal 5 - Guayaquil:
Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas
Telf.: 04 262 6400
Coordinación Zonal 6 - Cuenca:
Calle Luis Cordero 16-50 y Av. Héroes de Verdeloma
Telf.: 072820860
Oficina Técnica - Galápagos:
Calles Cucuve y Floreana, esquina, barrio Las Acacias, Santa Cruz
Telf.: 05 252 4769
Oficina Técnica - Loja:
Av. Benjamín Carrión y Los Olivos, sector Daniel Álvarez Burneo
Telf.: 07 282 0860 ext. 4202
Contacto: Centro de atención al usuario ARCOTEL
Email: gestion.documental@arcotel.gob.ec
Teléfono: (593) 2947800
(…)
Fusión. En el caso de fusión de dos compañías o personas jurídicas, siempre que una de ellas haya sido poseedora del título habilitante, la nueva compañía conformada o la compañía o empresa resultante subrogará en los derechos y obligaciones contenidos en los títulos habilitantes previa autorización de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, para lo cual remitirá su solicitud de autorización adjuntando los documentos legales que demuestren el proceso de fusión con la información del título habilitante que se incluye en la transferencia por fusión. Una vez ventada la información o que la misma se encuentre completa la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL emitirá su respuesta en el término de hasta noventa (90) días.
Posteriormente, será la nueva compañía conformada la que presente la solicitud para la autorización de la transferencia del título habilitante a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, adjuntando los siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida a la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL suscrita por el representante legal de la persona jurídica, en la que consten sus nombres y apellidos, número de documento de identificación direcciones de contacto y teléfonos, correo electrónico: razón social o denominaron objetiva de la persona jurídica objeto, datos de constitución de la persona jurídica y plazo de duración, número de Registro Único da Contribuyentes (RUC).
2. Información y detalle del paquete accionario del poseedor del título habilitante Nombres, apellidos y número de cédulas de ciudadanía o pasaporte según corresponda, de los socios o accionistas de la compañía mercantil que sean personas naturales, y datos del nombramiento del representante legal, para el caso en el que los socios o accionistas sean personas jurídicas.
3. Datos de la escritura de constitución de la empresa debidamente inscrita, y sus reformas, de haberlas.
4. Declaración Juramentada, con el detalle actualizado de los poseedores del paquete accionario o de participaciones y de que no se está negociando el título de otorgamiento de servicios de telecomunicaciones.
5. Se exigirá como requisito previo cuando sea procedente, la autorización de la Superintendencia de Comeos del Poder de Mercado relacionada con concentraciones económicas. En el caso de no ser procedente el solicitante expresamente señalará tal situación en el documento del numeral 1 del presente artículo, con la justificación del caso.
(…)
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
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1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2025-03 | 0 | 0 |
4 | 2024-01 | 0 | 0 |
5 | 2024-02 | 0 | 0 |
6 | 2024-03 | 0 | 0 |
7 | 2024-04 | 0 | 0 |
8 | 2024-05 | 0 | 0 |
9 | 2024-06 | 0 | 0 |
10 | 2024-07 | 0 | 0 |
11 | 2024-08 | 0 | 0 |
12 | 2024-09 | 0 | 0 |
13 | 2024-10 | 0 | 0 |
14 | 2024-11 | 0 | 0 |
15 | 2024-12 | 0 | 0 |
16 | 2023-01 | 0 | 0 |
17 | 2023-02 | 0 | 1 |
18 | 2023-03 | 0 | 0 |
19 | 2023-04 | 0 | 0 |
20 | 2023-05 | 0 | 0 |
21 | 2023-06 | 0 | 0 |
22 | 2023-07 | 0 | 0 |
23 | 2023-08 | 0 | 0 |
24 | 2023-09 | 0 | 0 |
25 | 2023-10 | 0 | 0 |
26 | 2023-11 | 0 | 0 |
27 | 2023-12 | 0 | 1 |
28 | 2022-06 | 0 | 0 |
29 | 2022-07 | 0 | 0 |
30 | 2022-08 | 0 | 0 |
31 | 2022-09 | 0 | 0 |
32 | 2022-10 | 0 | 0 |
33 | 2022-11 | 0 | 0 |
34 | 2022-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2024/09/12