Atender solicitudes de emisión de resolución del cambio de operador / sujeto regulado del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental.
Las Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Jurídicas - Mixtas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras y Personas Naturales - Mixtas podrán solicitar resoluciones del cambio de operador / sujeto regulado del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución del cambio de operador / sujeto regulado del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental
1. Oficio de petición escrita del sujeto regulado y adjuntando la justificación técnica y legal correspondiente.
N/A
Nota:
La ARCONEL no tiene competencia ambiental en proyectos eléctricos de gran magnitud declarados de interés nacional; los ubicados en SNAPs, zonas intangibles o patrimonio forestal (excepto plantaciones y sistemas agroforestales); ni sobre residuos, desechos peligrosos y especiales; o convenios firmados por la Autoridad Ambiental Nacional.
1. Ingresar por parte del regulado la petición escrita del operador y adjuntando la justificación, técnica y legal correspondiente al cambio de titular.
2. Anexar RUC, y medios de verificación que comprueben el cambio de operador como: traspaso, venta, etc.
3. Continuidad del Proceso de Regularización Ambiental.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
ACUERDO MINISTERIAL NRO. 083-B: Tasas
https://drive.google.com/file/d/169sbZEu3HVV0cIpr_DoLvjILrES6ofT7/view
Presencial:
Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en ventanilla de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL)
Presencial - Sistema de Gestión Documental
(www.gestiondocumental.gob.ec)
N/A
Contacto: Dirección Técnica de Regularización Ambiental
Email: buzon.ambiental@arconel.gob.ec
Teléfono: 022268744 ext. 4152
“Art. 46.- Cambio de operador del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental. - Durante el trámite para el otorgamiento de la autorización administrativa ambiental, mediante petición escrita del operador y adjuntando la justificación técnica y legal correspondiente, se podrá realizar el cambio de operador; lo cual no afectará la tramitación del proceso de regularización ambiental ante la ARCONEL.
El cambio de operador no altera los plazos administrativos del proceso de regularización ambiental.”
"Art. 454.- Cambio de operador del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental.- Durante el trámite para el otorgamiento de la autorización administrativa ambiental, mediante petición escrita del operador y adjuntando la justificación técnica y legal correspondiente, se podrá realizar el cambio de operador; lo cual no afectará la tramitación del proceso de regularización ambiental ante la Autoridad Ambiental Competente.El cambio de operador no altera los plazos administrativos del proceso de regularización ambiental".
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 0 |
| 2 | 2026-02 | 0 | 0 |
| 3 | 2026-03 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/11/11