Atender solicitudes de emisión de resolución del cambio de operador / sujeto regulado del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental.
Las Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras, Personas Jurídicas - Mixtas y Personas Naturales - Mixtas podrán solicitar resoluciones del cambio de operador / sujeto regulado del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental .
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución del cambio de operador / sujeto regulado del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental
1. Petición escrita del sujeto regulado y adjuntando la justificación técnica y legal correspondiente.
Nota: La ARCONEL no tiene competencia ambiental en proyectos eléctricos de gran magnitud declarados de interés nacional; los ubicados en SNAPs, zonas intangibles o patrimonio forestal (excepto plantaciones y sistemas agroforestales); ni sobre residuos, desechos peligrosos y especiales; o convenios firmados por el MAE.
N/A
1. Ingresar por parte del regulado la petición escrita del operador y adjuntando la justificación, técnica y legal correspondiente al cambio de titular.
2. Anexar RUC, y medios de verificación que comprueben el cambio de operador como: traspaso, venta, etc.
3. Continuidad del Proceso de Regularización Ambiental.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
ACUERDO MINISTERIAL NRO. 083-B: Tasas
https://drive.google.com/file/d/169sbZEu3HVV0cIpr_DoLvjILrES6ofT7/view
Presencial:
Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en ventanilla de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL)
Presencial - Sistema de Gestión Documental
(www.gestiondocumental.gob.ec)
N/A
Contacto: Dirección Técnica de Regularización Ambiental
Email: buzon.ambiental@arconel.gob.ec
Teléfono: 022268744 ext. 4152
"Art. 454.- Cambio de operador del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental.- Durante el trámite para el otorgamiento de la autorización administrativa ambiental, mediante petición escrita del operador y adjuntando la justificación técnica y legal correspondiente, se podrá realizar el cambio de operador; lo cual no afectará la tramitación del proceso de regularización ambiental ante la Autoridad Ambiental Competente.El cambio de operador no altera los plazos administrativos del proceso de regularización ambiental".
“Art. 46.- Cambio de operador del proyecto, obra o actividad durante el proceso de regularización ambiental. - Durante el trámite para el otorgamiento de la autorización administrativa ambiental, mediante petición escrita del operador y adjuntando la justificación técnica y legal correspondiente, se podrá realizar el cambio de operador; lo cual no afectará la tramitación del proceso de regularización ambiental ante la ARCONEL.
El cambio de operador no altera los plazos administrativos del proceso de regularización ambiental.”
Fecha de última actualización: 2025/11/11