Atender solicitudes y requerimientos de Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras, Personas Jurídicas - Mixtas y Personas Naturales - Mixtas referente a la emisión de resolución al cambio de categoría de obra, proyecto o actividad.
Las Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras, Personas Jurídicas - Mixtas y Personas Naturales - Mixtas podrán solicitar resoluciones al Cambio de categoría de obra, proyecto o actividad.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución al Cambio de categoría de obra, proyecto o actividad
1. Petición a la Autoridad Ambiental Competente (Incluir los fundamentos de hecho y de derecho que motiven su solicitud y los documentos que demuestren el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su autorización administrativa ambiental).
Nota:
La ARCONEL no tiene competencia ambiental en proyectos eléctricos de gran magnitud declarados de interés nacional; los ubicados en SNAPs, zonas intangibles o patrimonio forestal (excepto plantaciones y sistemas agroforestales); ni sobre residuos, desechos peligrosos y especiales; o convenios firmados por el MAE.
N/A
1. Presentar solicitud formal ante la AAC, incluyendo los medios de justificación del cambio de categoría.
2. Tener los mecanismos del control y seguimiento al día de la anterior autorización administrativa.
3. Ingresar la documentación según corresponda para el nuevo proceso de obtención de la autorización administrativa.
4. Obtención de la nueva autorización administrativa, de existir aprobación por parte de la AAC. De la misma forma se extinguirá la anterior autorización administrativa.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
Acuerdo Ministerial 083-B: Tasas
https://drive.google.com/file/d/169sbZEu3HVV0cIpr_DoLvjILrES6ofT7/view?usp=sharing
Presencial:
Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en ventanilla de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL).
Sistema de Gestión Documental (www.gestiondocumental.gob.ec)
N/A
Contacto: Dirección Técnica de Regularización Ambiental
Email: buzon.ambiental@arconel.gob.ec
Teléfono: 022268744 ext. 4152
"Art. 456.- Cambio de categoría de obra, proyecto o actividad.- Las obras, proyectos y actividades que cuenten con una autorización administrativa ambiental y posteriormente se les asigne una categoría ambiental inferior, podrán acogerse a la nueva categorización de actividades.
Los operadores deberán presentar una solicitud a la Autoridad Ambiental Competente donde se indiquen los fundamentos de hecho y de derecho que motivan su solicitud y los documentos que demuestren el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su autorización administrativa ambiental.
La Autoridad Ambiental Competente emitirá el pronunciamiento que apruebe o rechace la solicitud del operador en el término de veinte (20) días. De existir aprobación por parte de la Autoridad Ambiental Competente, se dispondrá al operador obtener la nueva autorización administrativa ambiental, en la cual se hará la extinción de la anterior".
"Art. 48.- Cambio de categoría de obra, proyecto o actividad.Las obras, proyectos y actividades que cuenten con una autorización administrativa ambiental y posteriormente se les asigne una categoría ambiental inferior, podrán acogerse a la nueva categorización de actividades.Los operadores deberán presentar una solicitud a la ARCONEL, donde se indiquen los fundamentos de hecho y de derecho que motivan su solicitud y los documentos que demuestren el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su autorización administrativa ambiental.La ARCONEL, emitirá el pronunciamiento que apruebe o rechace la solicitud del operador en el término de veinte (20) días. De existir aprobación por parte de la ARCONEL, se dispondrá al operador obtener la nueva autorización administrativa ambiental, en la cual se hará la extinción de la anterior".
Fecha de última actualización: 2025/11/11