Emisión de resolución al cambio de categoría de obra, proyecto o actividad

Atender solicitudes y requerimientos de Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras, Personas Jurídicas - Mixtas y Personas Naturales - Mixtas referente a la emisión de resolución al cambio de categoría de obra, proyecto o actividad.

¿A quién está dirigido?

Las Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras, Personas Jurídicas - Mixtas y Personas Naturales - Mixtas podrán solicitar resoluciones al Cambio de categoría de obra, proyecto o actividad.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución al Cambio de categoría de obra, proyecto o actividad

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Petición a la Autoridad Ambiental Competente (Incluir los fundamentos de hecho y de derecho que motiven su solicitud y los documentos que demuestren el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su autorización administrativa ambiental).

Nota:

La ARCONEL no tiene competencia ambiental en proyectos eléctricos de gran magnitud declarados de interés nacional; los ubicados en SNAPs, zonas intangibles o patrimonio forestal (excepto plantaciones y sistemas agroforestales); ni sobre residuos, desechos peligrosos y especiales; o convenios firmados por el MAE.

Requisitos Especiales:

N/A

¿Cómo hago el trámite?

1.    Presentar solicitud formal ante la AAC, incluyendo los medios de justificación del cambio de categoría.
2.    Tener los mecanismos del control y seguimiento al día de la anterior autorización administrativa.
3.    Ingresar la documentación según corresponda para el nuevo proceso de obtención de la autorización administrativa.
4.    Obtención de la nueva autorización administrativa, de existir aprobación por parte de la AAC. De la misma forma se extinguirá la anterior autorización administrativa.


Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

Acuerdo Ministerial 083-B: Tasas

https://drive.google.com/file/d/169sbZEu3HVV0cIpr_DoLvjILrES6ofT7/view?usp=sharing

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Presencial:

Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en ventanilla de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL).

Sistema de Gestión Documental (www.gestiondocumental.gob.ec)

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

N/A

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección Técnica de Regularización Ambiental

Email: buzon.ambiental@arconel.gob.ec

Teléfono: 022268744 ext. 4152


Fecha de última actualización: 2025/11/11

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