Recepción y revisión técnica de solicitudes relacionadas con vigilancia y/o veeduría ciudadana o comunitaria en el ámbito ambiental del sector eléctrico para la emisión del respectivo pronunciamiento.
Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras, Persona Jurídica - Mixta y Persona Natural - Mixta.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Pronunciamiento de Vigilancia ciudadana o comunitaria
1. Oficio solicitando a la ARCONEL el apoyo institucional para las actividades de vigilancia y/o veeduría ciudadana o comunitaria;
2. Propuesta de ejecución del proceso de vigilancia y/o veeduría presentada por la ciudadana o comunidad;
3. Documento digital del certificado de veedor acreditado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social - CPCCS;
4. Documento digital de la cédula de identidad o pasaporte vigente;
5. Documento digital del Certificado de votación actualizado.
1. Carta de delegación y/o representación (si aplica).
Nota:
Correo electrónico:
1. Realizar el requerimiento mediante correo: buzon.ambiental@arconel.gob.ec
Presencial - Sistema de Gestión Documental:
1. Realizar la solicitud mediante oficio dirigido al Director Ejecutivo de la ARCONEL.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
Acuerdo Ministerial 083-B: Tasas.
https://drive.google.com/file/d/169sbZEu3HVV0cIpr_DoLvjILrES6ofT7/view
Presencial:
Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en ventanilla de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL)
En línea:
Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por la Agencia de Regulación y Control de Electricidad en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30.
N/A
Contacto: Dirección Técnica de Control y Seguimiento Ambiental
Email: buzon.ambiental@arconel.gob.ec
Teléfono: 022268744 ext. 4152
"Art. 497.- Vigilancia ciudadana o comunitaria.- La vigilancia ciudadana o comunitaria tiene como objetivo la participación de personas naturales o jurídicas, comunas, comunidades, pueblos o nacionalidades, organismos públicos o privados, en las actividades de control y seguimiento de la calidad ambiental de obras, proyectos o actividades que puedan generar impacto ambiental.Para participar en actividades de vigilancia ciudadana o comunitaria, los interesados deberán solicitar la autorización previa de la Autoridad Ambiental Competente del lugar donde se realice la actividad en cuestión, debiendo cumplir con los lineamientos que para el efecto dicte la Autoridad Ambiental Nacional".
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 0 |
| 2 | 2026-02 | 0 | 0 |
| 3 | 2026-03 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/11/11