Recepción y revisión técnica de Informes de Gestión Ambiental (IGA) del sector eléctrico de Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras, Personas Jurídicas - Mixtas y Personas Naturales - Mixtas para la emisión del respectivo pronunciamiento.
Las Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Jurídicas - Mixtas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras y Personas Naturales - Mixtas podrán solicitar pronunciamientos de informes de gestión ambiental - IGA del sector eléctrico.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Pronunciamiento de informes de gestión ambiental - IGA del sector eléctrico.
1. Oficio dirigido a la autoridad ambiental competente con su firma de responsabilidad respectiva, incluyendo datos del sujeto regulado: nombres, cédulas, RUC, detalles del proceso, y anexos correspondientes.
2. Informe de Gestión Ambiental - IGA.
3. Último Plan de Manejo Ambiental - PMA.
4. Plan de monitoreo - aprobado e información que lo respalde.
5. Autorización Administrativa Ambiental emitida por la Autoridad Ambiental Competente.
N/A
Nota:
1. En el Oficio de solicitud dirigido a la autoridad ambiental competente en el caso de mantener una contratación de un consultor/ consultora se debera colocar la información general siguiente: nombres, cédulas, RUC, certificado de acreditación del consultor.
2. La ARCONEL no tiene competencia ambiental en proyectos eléctricos de gran magnitud declarados de interés nacional; los ubicados en SNAPs, zonas intangibles o patrimonio forestal (excepto plantaciones y sistemas agroforestales); ni sobre residuos, desechos peligrosos y especiales; o convenios firmados por la Autoridad Ambiental Nacional.
3. De acuerdo al Art. 517 del RCOA, el operador estará obligado a remitir toda la información en formato digital con su respectivo oficio y firmas correspondientes.
Presencial - Sistema de Gestión Documental:
1. Realizar la solicitud de revisión técnica de Informes de Gestión Ambiental mediante oficio dirigido al Director Ejecutivo de la ARCONEL.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
Acuerdo Ministerial 083-B Tasas.
https://drive.google.com/file/d/169sbZEu3HVV0cIpr_DoLvjILrES6ofT7/view
Presencial:
Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en ventanilla de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL).
En línea:
Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por la Agencia de Regulación y Control de Electricidad en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30.
Los operadores deberán presentar el Informe de Gestión Ambiental una (1) vez al año, hasta el quince (15) de enero del año siguiente al período evaluado, conforme a lo establecido en la normativa ambiental vigente.
Contacto: Dirección Técnica de Control y Seguimiento Ambiental
Email: buzon.ambiental@arconel.gob.ec
Teléfono: 022268744 ext. 4152
" Art. 485.- Revisión de informes de monitoreo.- Los monitoreos por parte del operador se presentarán a la Autoridad Ambiental competente de manera consolidada, dentro de los Informes de gestión ambiental. Para el efecto los informes de gestión, Informes Ambientales de Cumplimiento y Auditorías Ambientales de Cumplimiento se presentarán hasta el quince (15) de enero de cada año, conforme la autorización administrativa ambiental. Nota: Artículo sustituido por artículo 2 de Decreto Ejecutivo No. 573, publicado en Registro Oficial Suplemento 171 de 18 de Octubre del 2022 .
Art. 491.- Informes de gestión ambiental.- Los operadores de proyectos, obras o actividades de mediano y alto impacto presentarán informes de gestión ambiental anuales, mismos que serán revisados aleatoriamente por la Autoridad Ambiental Competente. Los informes de gestión ambiental contendrán la información que respalde el cumplimiento del plan de manejo ambiental y plan de monitoreo. Los requisitos y formatos de los informes de gestión ambiental serán establecidos por la Autoridad Ambiental Nacional."
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 0 |
| 2 | 2026-02 | 0 | 0 |
| 3 | 2026-03 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/11/11