Atender las solicitudes de los regulados que necesiten obtener el certificado ambiental no obligatorios para un proyecto, obra o actividad con impacto ambiental no significativo.
Las Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras, Personas Jurídicas - Mixtas y Personas Naturales - Mixtas podrán solicitar certificados ambientales.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Certificados Ambientales
1. Registro en el Sistema Único de Información Ambiental - SUIA del proyecto, obra o actividad (datos generales, coordenadas de área de implantación y el área geográfica, información sobre generación de desechos).
1. En caso de que el proyecto genere desechos peligrosos, se debe completar el formulario del Registro de Generador de Desechos Peligrosos.
Nota: La ARCONEL no tiene competencia ambiental en proyectos eléctricos de gran magnitud declarados de interés nacional; los ubicados en SNAPs, zonas intangibles o patrimonio forestal (excepto plantaciones y sistemas agroforestales); ni sobre residuos, desechos peligrosos y especiales; o convenios firmados por el MAE.
1. Registrar en el sistema SUIA.
2. Ingresar coordenadas (área geográfica y de implantación).
3. Ingresar información del proyecto.
4. Obtención del certificado de intersección (firma y envío).
5. Obtención del certificado ambiental.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
En línea:
Trámite en línea habilitado las 24 horas.
La vigencia de este certificado ambiental depende de la duración del proyecto.
Contacto: Dirección Técnica de Regularización Ambiental
Teléfono: 022268744 ext. 4152"Art. 427.- Certificado ambiental.- En los casos de proyectos, obras o actividades con impacto ambiental no significativo, mismos que no conllevan la obligación de regularizarse, la Autoridad Ambiental Competente emitirá un certificado ambiental. Los operadores de las actividades con impacto ambiental no significativo, observarán, las guías de buenas prácticas ambientales que la Autoridad Ambiental Nacional emita según el sector o la actividad; en lo que fuere aplicable".
Art.18. Certificado Ambiental En los casos de proyectos, obras o actividades con impacto ambiental no significativo, mismos que no conllevan la obligación de regularizarse, la ARCONEL emitirá un certificado ambiental. Los operadores de las actividades con impacto ambiental no significativo, observarán las guías de buenas prácticas ambientales que rigen a nivel nacional."significativo, observarán, las guías de buenas prácticas ambientales que la Autoridad Ambiental Nacional
Fecha de última actualización: 2025/11/11