Atender solicitudes y requerimientos de acceso a la información pública institucional de Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas y Personas Naturales - Extranjeras.
Las Personas Jurídicas - Privadas, Personas Jurídicas - Públicas, Personas Naturales - Ecuatorianas, Personas Naturales - Extranjeras, podrán solicitar información pública del sector eléctrico.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Información Pública Nota: En caso de requerir información estadística o geográfica del sector eléctrico, la Dirección Técnica de Estudios, Información e Innovación ha habilitado los siguientes trámites: • Solicitud de información estadística del sector eléctrico • Solicitud de información geográfica del sector eléctrico
1. Solicitud de acceso a información pública institucional
N/A
Presencial - Sistema de Gestión Documental:
1. En caso de requerir información específica del sector eléctrico ecuatoriano, solicitarla mediante oficio dirigido al Director Ejecutivo de la ARCONEL.
Canales de atención: Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Virtual:
Trámite en línea habilitado las 24 horas.
Presencial - Sistema de Gestión Documental:
Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en las oficinas de la matriz de la ARCONEL, ubicada en la Av. Naciones Unidas E7-71 y Shyris, Edificio CORDIEZ, Quito-Ecuador.
Contacto: Dirección de Gestión Documental y Archivo
Teléfono: 022268744Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública:
"Art. 1.- Objeto. La presente Ley tiene por objeto garantizar y regular el derecho de acceso a la información pública en cumplimiento de la Constitución de la República del Ecuador, la ley; y, de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado ecuatoriano.
Art. 2.- Finalidad. La presente Ley tiene por finalidad, proteger, respetar, promover y garantizar que la información pública sea accesible, oportuna, completa y fidedigna, para el ejercicio de los derechos ciudadanos contemplados en la Constitución de la República del Ecuador y la ley.
Art. 3.- Ámbito. La presente Ley es de orden público, de aplicación obligatoria en el territorio nacional."
Fecha de última actualización: 2025/11/11