Emisión de certificado de disponibilidad del agua para el proceso de autorización de uso y/o aprovechamiento del agua

Emisión de certificado de disponibilidad del agua para el proceso de autorización de uso y/o aprovechamiento del agua

El Certificado de Disponibilidad de Agua (CDA) es un trámite en el cual la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA) analiza y certifica la disponibilidad del agua en un punto de coordenadas específico sobre la base de la información hídrica disponible enviada por el solicitante, conforme lo estipula la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua (LORHUyA) en su Art. 23 literal b):  “Certificar la disponibilidad del agua a petición de parte sobre la base de la información registrada sobre inventarios, balances hídricos, autorizaciones y permisos otorgados (…)”.

Este documento es un requisito para la obtención de la autorización de uso y/o aprovechamiento del agua emitido por el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.

¿Cuándo se debe realizar este trámite?

Cuando se encuentre dentro del siguiente listado, usted deberá solicitar el certificado de disponibilidad de agua:

  1. Consumo Humano para solicitudes de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADS),
  2. Riego productivo mayor o igual a 5 l/s,
  3. Abrevadero de animales mayor a 15 l/s,
  4. Turismo,
  5. Hidroelectricidad,
  6. Industrial,
  7. Envasado de agua
  8. Otras actividades productivas (minería, etc.),
  9. Cuando se encuentre realizando el trámite de autorización de uso y/o aprovechamiento del agua ante el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica,
  10. Renovación cuando se incremente el caudal.

¿Cuándo no se debe realizar este trámite?

Cuando se encuentre dentro del siguiente listado, no se deberá solicitar el certificado de disponibilidad de agua:

  1. Consumo humano cuando el solicitante no sea un Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD),
  2. Riego menor a 5 l/s,
  3. Abrevadero de animales menor o igual a 15 l/s,
  4. Riego y acuícola de soberanía alimentaria,
  5. Producción agropecuaria para soberanía alimentaria,
  6. Otras actividades de la agricultura familiar de soberanía alimentaria,
  7. Juntas de Agua potable, juntas de riego y drenaje,
  8. Cuando el solicitante pertenezca a: Colectivos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroamericano, montubio, cabildos y demás Organizaciones comunitarias de agua,
  9. Cuando no se encuentre realizando el trámite de autorización de uso y/o aprovechamiento del agua ante el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica,
  10. Transferencia y renovación cuando se mantiene el caudal.

¿A quién está dirigido?

Al solicitante del certificado de disponibilidad de agua que se encuentre realizando el trámite de autorización de uso y/o aprovechamiento del agua ante el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Certificado de Disponibilidad del Agua

Informe técnico de Disponibilidad del Agua

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Se cuentan con 2 tipos de requisitos:

  1. Requisitos por priorización,
  2. Requisitos por fuente hídrica solicitada.
Requisitos por priorizacion

Ejemplo 1: Si solicita el Certificado de disponibilidad de agua para un aprovechamiento industrial, se deberá presentar los requisitos de no priorizado y adicional los requisitos por tipo de fuente hídrica.

Ejemplo 2: Si solicita el Certificado de disponibilidad de agua para un pozo profundo o mayor a 20 metros de profundidad, se deberá presentar los requisitos de fuente hídrica subterránea y los requisitos por priorización.

Requisitos por tipo de fuente hídrica solicitada

Ejemplo 3:  Si solicita el Certificado de disponibilidad de agua para un aprovechamiento de riego de 80 l/s captados de un río, se deberá presentar los requisitos de fuente hídrica superficial y los requisitos de priorizado.

Ejemplo 4:  Si solicita el Certificado de disponibilidad de agua para uso en consumo humano, pero no es un GAD, no se deberá solicitar el certificado de disponibilidad de agua.

Si no se cumple con todos los requisitos obligatorios detallados anteriormente, se enviará a subsanar el trámite, si no se ha recibido una respuesta en el plazo de 10 días contados a partir del envío del documento de subsanación, se cerrará el trámite por desistimiento. Sin perjuicio que el solicitante envié una nueva solicitud de emisión de CDA, incorporando las subsanaciones solicitadas con anterioridad.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

  • El requirente realiza la solicitud con los requisitos detallados anteriormente (Se recomienda que todos los requisitos se los envíe en un link de descarga incorporado en el oficio de solicitud o a su vez anexos digitales adjuntos para agilizar la atención del trámite). Debido al lineamiento de cero impresiones del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, se sugiere que las solicitudes sean realizadas de forma digital a través del sistema documental Quipux dirigida a la máxima autoridad (formato de solicitud).
  • La Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA), analiza la documentación, realiza el análisis técnico de disponibilidad de agua, emite el informe técnico de disponibilidad y el certificado de disponibilidad de agua; y, remite al solicitante para continuar con el trámite de autorización de uso y/o aprovechamiento del agua.Ejemplo de solicitud

     


Canales de atención: Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficina Agencia de Regulación y Control del Agua - ARCA

Av. de los Shyris N38-28 entre El Telégrafo y La Tierra

Horario de Atención

Lunes a Viernes
8:00 - 17:00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

2 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención Certificado de Disponibilidad del Agua

Email: disponibilidad.agua@arca.gob.ec

Teléfono: 023944440 ext. 148

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2023-01 0 19
2 2023-02 0 38
3 2023-03 0 43
4 2023-04 0 14
5 2023-05 0 16
6 2023-06 0 91
7 2023-07 0 21
8 2023-08 0 11
9 2023-09 0 26
10 2023-10 0 26
11 2023-11 0 138
12 2023-12 0 9
13 2022-01 0 20
14 2022-02 0 21
15 2022-03 0 19
16 2022-04 0 2
17 2022-05 0 95
18 2022-06 0 20
19 2022-07 0 36
20 2022-08 0 21
21 2022-09 0 54
22 2022-10 0 73
23 2022-11 0 29
24 2022-12 0 19
25 2021-01 0 3
26 2021-02 0 7
27 2021-03 0 14
28 2021-04 0 12
29 2021-05 0 21
30 2021-06 0 9
31 2021-07 0 27
32 2021-08 0 29
33 2021-09 0 26
34 2021-10 0 26
35 2021-11 0 32
36 2021-12 0 38
37 2020-01 0 44
38 2020-02 0 17
39 2020-03 0 23
40 2020-04 0 7
41 2020-05 0 1
42 2020-06 0 12
43 2020-07 0 52
44 2020-08 0 2
45 2020-09 0 13
46 2020-10 0 6
47 2020-11 0 9
48 2020-12 0 19

Fecha de última actualización: 2024/03/11