Emisión de permiso de operación por primera vez para OPB de remolque

Remolcadores atracando Buque

Información proporcionada por: Autoridad Portuaria de Guayaquil (APG)

Trámite orientado a atender la solicitud de los usuarios (Operadores Portuarios de Buques de Remolcaje) que requieran para el cumplimiento de la normativa legal vigente, el permiso de operación por primera vez.

Remolcaje de naves o artefacto naval.- Consiste en la asistencia a los movimientos de una nave o artefactos navales, siguiendo las instrucciones del capitán o del práctico, mediante el enganche a uno o varios remolcadores, que proporcionan su fuerza motriz o si fuera el caso, el acompañamiento o puesta a disposición de la nave o artefacto naval.

¿A quién está dirigido?

Operadores portuarios de buque (remolque), debidamente matriculados y habilitados por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial (SPTMF), como Operadores Portuarios de Buques, y que hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Autoridad Portuaria de Guayaquil.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Permiso de operación por primera vez para OPB de remolque

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Solicitud a la Máxima Autoridad de Autoridad Portuaria de Guayaquil (APG)

Copia del Comprobante de pago efectuado a la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, por inscripción o del derecho anual en el mes de enero del año correspondiente.

Nómina del Personal propio o contratado, calificado para la prestación del servicio en el puerto

Listado de equipos que utilizará, adjuntando copia de la matrícula. Si los equipos no son propios deberá adjuntar además la copia certificado de los contratos celebrados para su uso

Pólizas o Garantías Bancarias

Certificado actualizado de Bollard Pull o prueba de potencia de tiro o tracción a punto fijo

¿Cómo hago el trámite?

1. El usuario debe ingresar un oficio dirigido a la maxima autoridad de Autoridad Portuaria de Guayaquil ( APG ) con la documentación correspondiente.
2. El usuario en el caso de que los requisitos se encuentren completos y correctos, recibe un correo electrónico para que se acerque a firmar el permiso, caso contrario el usuario recibirá una notificación para que subsane.
3. Usuario se acerca a firmar el permiso
4. Usuario recibe el permiso de operación


Canales de atención: Presencial, Telefónico.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

- Dirección: Av. La Marina, Puerto Marítimo
- Provincia: Guayas
- Ciudad: Guayaquil
- Unidad responsable: Dirección de Gestión de Control de las Concesionarias
- Correo electrónico: controlgestion@apg.gob.ec
- Teléfono de contacto: (+593)42012000 ext. 138
- Horario de atención:
LUN - VIE
08:00 - 16:30
contacto ciudadano: https://aplicaciones.administracionpublica.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El Permiso de Operación, que otorguen las Autoridades Portuarias, sus delegatarios o concesionarios, Puertos Especiales, Terminales Portuarios Habilitados y/o Facilidades Portuarias Privadas, tendrá una vigencia igual a la matrícula de Operador Portuario y generará el pago del respectivo derecho por la prestación de los servicios portuarios para los que se encuentren habilitados de acuerdo a la respectiva matrícula.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Iris Vergara

Email: irisvergara@apg.gob.ec

Teléfono: 042012000 ext 119

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2021-01 0 0
2 2021-02 0 0
3 2020-01 0 0
4 2020-02 0 0
5 2020-03 0 0
6 2020-04 0 0
7 2020-05 0 0
8 2020-06 0 0
9 2020-07 0 0
10 2020-08 0 0
11 2020-09 0 0
12 2020-10 0 0
13 2020-11 0 0
14 2020-12 0 0
15 2019-01 0 0
16 2019-02 0 0
17 2019-03 0 0
18 2019-04 0 0
19 2019-05 0 0
20 2019-06 0 1
21 2019-07 0 0
22 2019-08 0 0
23 2019-09 0 0
24 2019-10 0 0
25 2019-11 0 0
26 2019-12 0 0
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Fecha de última actualización: 2019/11/14