Emisión de Resolución de cambio de socio con habilitación de vehículo de operadoras de transporte mixto

El usuario requirente puede solicitar en la ANT la autorización de cambio de socio con habilitación de vehículo para operadoras de transporte mixto

Información proporcionada por: Agencia Nacional de Tránsito (ANT)

Trámite orientado a la emisión de resolución de cambio de socio con habilitación de vehículo de operadoras de transporte mixto, donde la Agencia Nacional de Tránsito ANT, a través de la direcciones provinciales, autorizan la solicitud de cambio de socio con vehículo para operadoras de transporte terrestre de carga mixta de acuerdo a la provincia que corresponde, es decir el representante legal de la operadora de carga mixta solicita la salida de un socio con su vehículo y la entrada de un nuevo socio con su vehículo.

¿A quién está dirigido?

Persona jurídica (operadora de transporte), que desee realizar la autorización de cambio de socio con habilitación de vehículo para operadoras de transporte mixto. Existen los siguientes tipos de beneficiarios:

- Persona jurídica: persona sujeta a derechos y obligaciones de una empresa, (Persona jurídica privada).

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de cambio de socio con habilitación de vehículo para operadoras de transporte mixto

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Formulario de solicitud de registro de cambio de socio con habilitación de vehículos, publicado en la página web de la ANT;
2. Comprobante de pago original del servicio para registro de cambio de socio con habilitación vehicular, según el cuadro tarifario vigente aprobado por la ANT;
3. Copia de factura, matrícula o contrato de compra venta suscrito ante Notaría Pública, del vehículo a habilitar. Para el caso de transporte público podrá además presentar factura del chasis emitida por la casa comercial y factura de carrocería emitida por el fabricante;
4. Revisión técnica vehicular vigente, según el cuadro de calendarización, excepto para vehículos nuevos;
5. Original o copia certificada por parte de la aseguradora de la póliza de responsabilidad civil con vigencia de un año, contratada para el vehículo a habilitar, con el fin de que en caso de accidente cubra el riesgo por pérdidas materiales propias y de terceros. Se deberá verificar que la póliza de seguros esté a nombre del socio o de la operadora. Una vez vencido el plazo de vigencia, la póliza deberá ser renovada y presentada a la Agencia Nacional de Tránsito para incorporar en el expediente de la operadora; en el termino de 30 días contados a partir de su emisión.
6. Certificado de conformidad correspondiente de acuerdo con las resoluciones vigentes de la ANT, únicamente en el caso que corresponda y cuando se refiera a cambio de modalidad del vehículo;
7. En el caso de fallecimiento del socio saliente, se debe presentar adicionalmente copia la posesión efectiva o cesión de derechos y el nuevo socio titular del vehículo a habilitar constará en el listado de socios emitido por la Superintendencia competente; y,
8. Certificado de instalación como constancia documental del kit de seguridad (instalado, operativo y funcionando) en los casos que aplique conforme la normativa vigente.


NOTAS ACLARATORIAS 

Los siguientes requisitos no son necesarios presentar por parte del usuario, pero si los deben cumplir ya que son revisados por la ANT.


9. Que el Registro Único de Contribuyentes, se encuentre activo y que la actividad económica sea exclusiva para prestar el servicio autorizado;
10. Que la compañía o cooperativa se encuentre activa y que haya cumplido con sus obligaciones que se validarán en el sistema de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros o de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, según corresponda;
11. Que la compañía o cooperativa se encuentra al día con las obligaciones ante el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social - IESS;
12. Que el vehículo se encuentre homologado. Para el caso de vehículos que no consten en el cuadro de homologación deben cumplir con lo establecido en las resoluciones emitidas para el efecto;
13. Que el titular del vehículo y el vehículo del trámite en cuestión, no mantenga deudas pendientes por concepto de infracciones de tránsito y matriculación de acuerdo a la calendarización para el pago de valores; 
14. Que el nuevo socio conste en el listado de socios emitido por la Superintendencia competente;
15. Que el nuevo socio titular del vehículo, no sea miembro de la Policía Nacional o Fuerzas Armadas en servicio activo; o vigilantes de la Comisión de Tránsito del Ecuador o Agentes Civiles de Tránsito en servicio activo. (El peticionario podrá presentar directamente certificados o una declaración juramentada, para verificar que no sean autoridades o empleados civiles que trabajen o hayan trabajado hasta dos años antes de la fecha de la solicitud, en los organismos relacionados con el tránsito y el transporte terrestre; según la Disposición General Decimoctava de la LOTTTSV). Para el caso de socios/accionistas que sean personas jurídicas esta verificación no será aplicable.

Requisitos Especiales:

En caso que el trámite lo realice una tercera persona, traer original de autorización simple y copia de cédula del titular, y si existe pérdida/robo de documentos habilitantes del trámite presentar la denuncia realizada ante el Consejo de la Judicatura. No es necesario que esté firmada y/o sellada por la Fiscalía.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

  1. Entregar los documentos habilitantes (requisitos) en el módulo de recepción de documentos.
  2. Esperar la respuesta de la solicitud (aprobación o negativa), a través del Sistema de Gestión Documental Quipux.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo del trámite tiene un valor de 58.00 USD No grava IVA + valor de comisión del banco.

Costo obtenido mediante el cuadro tarifario 2023 (Resolución Nro. 025-DIR-2021-ANT).

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

ANT Matriz y direcciones provinciales:

Horario de atención: Lunes a viernes de 8h00 a 16h30

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Agencia Nacional de Tránsito - Contacto Ciudadano Digital (https://www.contactociudadano.gob.ec/)

Teléfono: 023828890

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2022-01 0 3
2 2022-02 0 0
3 2022-05 0 2
4 2021-01 0 2
5 2021-02 0 4
6 2021-03 0 3
7 2021-04 0 10
8 2021-05 0 5
9 2021-06 0 11
10 2021-07 0 6
11 2021-08 0 6
12 2021-09 0 11
13 2021-10 0 6
14 2021-11 0 0
15 2021-12 0 1
16 2020-01 0 3
17 2020-02 0 5
18 2020-03 0 2
19 2020-04 0 1
20 2020-05 0 0
21 2020-06 0 5
22 2020-07 0 4
23 2020-08 0 2
24 2020-09 0 9
25 2020-10 0 4
26 2020-11 0 1
27 2020-12 0 2
28 2019-01 0 0
29 2019-02 0 0
30 2019-03 0 0
31 2019-04 0 0
32 2019-05 0 0
33 2019-06 0 0
34 2019-07 0 0
35 2019-08 0 0
36 2019-09 0 0
37 2019-10 0 0
38 2019-11 0 0
39 2019-12 0 0
40 2018-09 0 0
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/10/07

Contenido

¿Te sirvió el contenido?