Se considera persona adulta mayor aquella que ha cumplido los 65 años de edad, a la cual se aplicara el Art 15 de la Ley del Ancianom que indica:
Se exonera el 50% del valor de consumo que causare el uso de los servicios de los medidores de energía eléctrica, de agua potable y de la tarifa de teléfono a las instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores e instituciones gerontológicas.
Aplicación del Beneficio de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores para la exoneración del 50% del valor del consumo mensual de agua potable, para fines exclusivamente residenciales para personas que han cumplido los 65 años de edad. La aplicación del referido subsidio, también se extiende a instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores, instituciones gerontológicas.
Todas las personas personas naturales que tengan 65 años en adelante, podrán contar con la Tarifa de Tercera Edad y personas jurídicas o instituciones geriátricas, asilos u otros que brinden servicios a todas las personas que tengan 65 años en adelante (Tercera edad)
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.
EXONERACION
Aplicación del Beneficio de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores para la exoneración del 50% del valor del consumo mensual de agua potable, para fines exclusivamente residenciales para personas que han cumplido los 65 años de edad. La aplicación del referido subsidio, también se extiende a instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores, instituciones gerontológicas.
a) Código de la cuenta
b)Presentación de cédula de identidad.
Aplicación del Beneficio de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores para la exoneración del 50% del valor del consumo mensual de agua potable, para fines exclusivamente residenciales para personas que han cumplido los 65 años de edad. La aplicación del referido subsidio, también se extiende a instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores, instituciones gerontológicas.
1.- Ingreso de solicitud en oficinas de AGUAS DEL CHUNO.
2.- Copia de cedula
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Ciudad de Chone, Calle Bolivar entre calle Colon, frente al Palacio Municipal
Horarios de atención
de Lunes a viernes de 08H00 a 17H00
Fecha de última actualización: 2022/05/13