Emisión de certificado de permiso de funcionamiento para prestadores de servicios de salud

Trámite orientado a la emisión del permiso de funcionamiento a establecimientos de servicios de salud públicos y privados del Sistema Nacional de Salud, por primera vez o renovación.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios del trámite "Emisión de permiso de funcionamiento para establecimientos que prestan servicios de salud públicos o privados", son:

Los representantes legales de todos los establecimientos de salud sean:

  • Públicos y
  • Privados: con o sin fines de lucro

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Emisión de permiso de funcionamiento para establecimientos que prestan servicios de salud públicos o privados

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo, del establecimiento o del servicio de atención de salud;
  2. Unicódigo del Registro Único de Establecimiento de Salud (RÚES), emitido por la Autoridad Sanitaria Nacional;
  3. Registro del/los título/s de el/los profesional/es de la salud que laboran en el establecimiento o servicio de salud, en la SENESCYT o quien haga sus veces y ante la Autoridad Sanitaria Nacional;
  4. Presentación en la inspección in situ de la cartera de servicios del establecimiento o servicio de salud, en el formato emitido por la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada ­ACESS, firmada por el responsable técnico;
  5. Presentación de documento que acredite la designación como responsable técnico del establecimiento o servicio de salud;
  6. Comprobante de pago (Pago de tasa por trámite de permiso de funcionamiento, únicamente en caso de establecimientos de salud privados)

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar a la página web institucional www.acess.gob.ec
  2. Ingresar a Acess en linea
  3. Click en iniciar sesión, seleccionar Permiso de Funcionamiento
  4. Ingresar el RUC y clave.
  5. Crear y enviar solicitud (dar click en la pestaña permisos de funcionamiento - solicitud -crear solicitud)
  6. Aceptada la solicitud de permiso de funcionamiento el usuario deberá descargar la órden de pago (si es privado) y ejecutar el pago correspondiente, en un plazo no mayor a 5 días laborales, (en caso de realizarse un pago extraordinario la solicitud de permiso de funcionamiento será anulada, debiendo ingresar una nueva solicitud de permiso de funcionamiento, incluyendo el pago de la tasa correspondiente);
  7. Realizar el pago en las diferentes entidades bancarias nacionales designadas para el efecto a través de los siguientes medios físicos y digitales: Banco Pacifico y Paytoplace, (establecimientos de salud privados);
  8. Recibir la inspección y resultados (cuando corresponda)
  9. Descargar el permiso de funcionamiento.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

  • Los valores para la emisión de permisos de funcionamiento por tipologías se pueden encontrar en la página web institucional de ACESS, inicialmente hacer click en la pestaña permisos de funcionamiento, seleccionar Privados, y en la parte inferior del texto desplegado encontrará los costos por nivel de atención y tipología

http://www.acess.gob.ec/acessenlinea/#/acess/acessenlinea

Nota: Los costos varían anualmente de acuerdo a la variación del salario básico unificado.

Conforme resolución Nro. ACESS-2023-0016 del 26 de abril del 2023.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite es en línea a nivel nacional, habilitado las 24 horas y los 7 días a la semana.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario, contado a partír de la fecha de su emisión.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: DIRECCIÓN TÉCNICA DE HABILITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN

Email: carla.basantes@acess.gob.ec

Teléfono: 023834006 extensión: 1705-1710 - 1701

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 2302
2 2025-02 0 2488
3 2025-03 0 2941
4 2025-04 0 2543
5 2025-05 0 2542
6 2025-06 0 3000
7 2025-07 0 3237
8 2024-01 0 2307
9 2024-02 0 1957
10 2024-03 0 2474
11 2024-04 0 2439
12 2024-05 0 2737
13 2024-06 0 2608
14 2024-07 0 2589
15 2024-08 0 2460
16 2024-09 0 2587
17 2024-10 0 2394
18 2024-11 0 2398
19 2024-12 0 2867
20 2023-01 0 2199
21 2023-02 0 2068
22 2023-03 0 2651
23 2023-04 0 2299
24 2023-05 0 2448
25 2023-06 0 2627
26 2023-07 0 2466
27 2023-08 0 2784
28 2023-09 0 2626
29 2023-10 0 2521
30 2023-11 0 2600
31 2023-12 0 2312
32 2022-01 0 2124
33 2022-02 0 2419
34 2022-03 0 2359
35 2022-04 0 2218
36 2022-05 0 2236
37 2022-06 0 2142
38 2022-07 0 2310
39 2022-08 0 2413
40 2022-09 0 1959
41 2022-10 0 2564
42 2022-11 0 2698
43 2022-12 0 2977
44 2021-01 0 2152
45 2021-02 0 2397
46 2021-03 0 2742
47 2021-04 0 1529
48 2021-05 0 1525
49 2021-06 0 2014
50 2021-07 0 2035
51 2021-08 0 1981
52 2021-09 0 2559
53 2021-10 0 2253
54 2021-11 0 2537
55 2021-12 0 2614
56 2020-01 0 2195
57 2020-02 0 1994
58 2020-03 0 1335
59 2020-04 0 342
60 2020-05 0 599
61 2020-06 0 1681
62 2020-07 0 1902
63 2020-08 0 2014
64 2020-09 0 2337
65 2020-10 0 2871
66 2020-11 0 2490
67 2020-12 0 3157
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/08/19

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