Las autorizaciones temporales tendrán la duración de (1) año, renovables por periodos iguales, conforme a lo autorizado por la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL. La renovación se otorgará, previa solicitud del interesado, presentada con al menos quince (15) días de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo inicial. En el evento de no solicitarse la renovación, la autorización temporal, la misma quedará sin efecto a la fecha de su vencimiento y por lo tanto deberá dejar de operar, sin que para el caso sea necesaria notificación alguna.
Nota: Mediante Decreto Ejecutivo N°32 de 24 de mayo de 2021, el presidente constitucional de la república Guillermo Lasso Mendoza derogó el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación, base legal en la que se sustentaba la ejecución de este trámite. Por lo tanto, conforme a lo señalado, este trámite actualmente está suspendido hasta la emisión de la normativa respectiva.
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Contacto: VANESSA GARAY
Correo electrónico: delcia.garay@arcotel.gob.ec
Teléfono: 2947800 ext 2224