Trámite orientado a la atención de requerimiento de participación del voluntariado de protección civil de la Secretaría de Gestión de Riesgos en eventos de concentración masiva, a fin de proteger, ayudar y precautelar la vida e integridad de la ciudadanía mediante actividades de protección civil.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
Participación del Voluntariado de Protección civil de la SGR a favor de la ciudadanía en eventos de concentración masiva
Trámite en línea:
Trámite presencial:
Trámite mediante correo electrónico o Sistema de Gestión Documental:
El usuario solicitante deberá presentar/remitir la solicitud con 7 días de anticipación al evento de concentración masiva, además para garantizar una participación efectiva del grupo de voluntarios asignados, como responsable del evento/operativo deberá comprometerse a brindar los siguientes recursos:
Pasos a seguir para el trámite en línea:
Pasos a seguir para el trámite en presencial:
Pasos a seguir para el trámite mediante correo electrócnico o Sistema de Gestión Documental:
Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Para el trámite presencial el usuario puede acudir a entregar la solicitud del trámite a las siguientes dependencias:
Matriz (Samborondón):
Coordinación Zonal 1 (Ibarra):
Coordinación Zonal 2 (Orellana):
Coordinación Zonal 3 (Riobamba):
Coordinación Zonal 4 (Portoviejo):
Coordinación Zonal 5 (Guayaquil):
Coordinación Zonal 6 (Cuenca):
Coordinación Zonal 7 (Loja):
Coordinación Zonal 9 (Quito):
Para el trámite mediante Sistema de Gestión Documental (Quipux), la plataforma se encuentra disponible las 24 horas del día, los 365 días del año.
El soporte por parte del voluntariado de Protección Civil del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias a favor de la ciudadanía se entregará en la ubicación y horario del evento / operativo especificado por el usuario en el formulario / solicitud del trámite.
Contacto: Dirección de Gestión del Cambio de Cultura Organizativa
Email: cultura@gestionderiesgos.gob.ec
Teléfono: 042593500 ext. 3234
Art. 389.- El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.
El sistema nacional descentralizado de gestión de riesgo está compuesto por las unidades de gestión de riesgo de todas las instituciones públicas y privadas en los ámbitos local, regional y nacional. El Estado ejercerá la rectoría a través del organismo técnico establecido en la ley. Tendrá como funciones principales, entre otras:
1. Identificar los riesgos existentes y potenciales, internos y externos que afecten al territorio ecuatoriano.
2. Generar, democratizar el acceso y difundir información suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo.
3. Asegurar que todas las instituciones públicas y privadas incorporen obligatoriamente, y en forma transversal, la gestión de riesgo en su planificación y gestión.
4. Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos de acción, informar sobre ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos.
5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre.
6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional.
7. Garantizar financiamiento suficiente y oportuno para el funcionamiento del Sistema, y coordinar la cooperación internacional dirigida a la gestión de riesgo.
Art. 390.- Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito geográfico. Cuando sus capacidades para la gestión del riesgo sean insuficientes, las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad técnica y financiera brindarán el apoyo necesario con respeto a su autoridad en el territorio y sin relevarlos de su responsabilidad.
Art. 37. El voluntariado.- El Estado reconoce al voluntariado de acción social y desarrollo como una forma de participación social, como una actividad de servicio social y participación libre de la ciudadanía y las organizaciones sociales en diversos temas de interés público, con independencia y autonomía del Estado. La ciudadanía y las organizaciones sociales también podrán establecer acuerdos con las autoridades de los diversos niveles de gobierno para participar de manera voluntaria y solidaria en la ejecución de programas, proyectos y obra pública, en el marco de los planes institucionales.
Art. 38. Protección al voluntariado.- Los acuerdos que se realicen entre las organizaciones sociales y las instancias del Estado involucradas para apoyar tareas de voluntariado se establecerán en convenios específicos, en los cuales se fijarán las condiciones de la labor solidaria, sin relación de dependencia. Las distintas formas de voluntariado no podrán constituirse en mecanismos de precarización del trabajo, formas ocultas de proselitismo político, ni afectar los derechos ciudadanos.
11.2.4.2 Gestión de Asistencia Humanitaria
Misión: Implementar, promover y coordinar la asistencia humanitaria bajo principios de neutralidad, humanidad e imparcialidad, mediante la aplicación de políticas, estrategias, normas, protocolos, procedimientos y programas, satisfaciendo oportunamente los requerimientos de las personas afectadas o damnificadas por emergencias o desastres.
Atribuciones y Responsabilidades:
9. Dirigir el desarrollo y fortalecimiento de capacidades humanas y materiales de los actores del SNDGR y del voluntariado, para una respuesta efectiva en situación de emergencia y desastre;
10. Establecer los mecanismos de coordinación interinstitucional, que posibiliten movilizar a personal de voluntariado para tareas de levantamiento de información, focalización y entrega de ayuda;
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-01 | 0 | 0 |
2 | 2024-02 | 0 | 1 |
3 | 2024-03 | 0 | 2 |
4 | 2024-04 | 0 | 4 |
5 | 2024-05 | 0 | 2 |
6 | 2024-06 | 0 | 7 |
7 | 2024-07 | 0 | 0 |
8 | 2024-08 | 0 | 1 |
9 | 2024-09 | 0 | 0 |
10 | 2024-10 | 0 | 0 |
11 | 2024-11 | 0 | 0 |
12 | 2024-12 | 0 | 0 |
13 | 2023-01 | 0 | 3 |
14 | 2023-02 | 0 | 4 |
15 | 2023-03 | 0 | 0 |
16 | 2023-04 | 0 | 0 |
17 | 2023-05 | 0 | 0 |
18 | 2023-06 | 0 | 0 |
19 | 2023-07 | 0 | 2 |
20 | 2023-08 | 0 | 0 |
21 | 2023-09 | 0 | 1 |
22 | 2023-10 | 0 | 3 |
23 | 2023-11 | 0 | 13 |
24 | 2023-12 | 0 | 1 |
25 | 2022-12 | 0 | 62 |
Fecha de última actualización: 2025/01/15