Mercancías de exportación

La exportación es una actividad comercial que consiste en la venta y envío de mercancías fuera del territorio aduanero ecuatoriano. Como exportación denominamos la acción y efecto de enviar, con fines comerciales, bienes y servicios desde un país hacia otro.

El proceso de exportación inicia con la transmisión electrónica de la Declaración Aduanera de Exportación por parte del exportador o de su declarante a través del sistema informático Ecuapass.

El declarante puede ser el exportador, agente de aduana o agente de carga de exportaciones. Cabe señalar que para la transmisión de las declaraciones aduaneras de exportación en el sistema Ecuapass, no es obligatoria  la contratación de un agente de aduana, pudiendo directamente el exportador realizar la transmisión de la declaración.  

Art. 154.- Exportación definitiva.- Es el régimen aduanero que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación, fuera del territorio aduanero comunitario o a una Zona Especial de Desarrollo Económico ubicada dentro del territorio aduanero ecuatoriano, con sujeción a las disposiciones establecidas en el presente Código y en las demás normas aplicables.”

El Reglamento al Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones, establece lo siguiente:

“Art. 158.- Exportación Definitiva.- Es el régimen aduanero que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación, fuera del territorio aduanero ecuatoriano o a una Zona Especial de Desarrollo Económico, con sujeción a las disposiciones establecidas en la normativa legal vigente.

La salida definitiva del territorio aduanero ecuatoriano de las mercancías declaradas para su exportación, deberá tener lugar dentro de los treinta días siguientes a la aceptación de la Declaración Aduanera de Exportación. La Autoridad Aduanera o la empresa concesionaria del servicio de Depósito Temporal, registrará electrónicamente el ingreso a la Zona Primaria y la salida al exterior de las mercancías a ser exportadas.

¿A quién está dirigido?

Son todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que se encuentren registrados  como Operadores de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático aduanero Ecuapass y que deseen realizar exportaciones.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Declaración Aduanera de exportación con estado Salida Autorizada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como operador de comercio exterior en el sistema Ecuapass
  • Declaración Aduanera de exportación.
  • Factura Comercial.
  • Ingreso de mercancías  a Zona Primaria. 
  • Aforo de mercancías (en caso que aplique).
  • Documento de transporte
  • Solicitud de corrección
  • Regularización de DAE

¿Cómo hago el trámite?

Correo electrónico:

A través de la dirección de correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec, podrá realizar las consultas pertinentes al proceso de exportación.

En línea:

A través del sistema informatico Ecuapass se debe realizar la transmisión de la Declaración aduanera de exportación para lo cual debe acceder a la ruta: http://www.ecuapass.aduana.gob.ec/Trámites Operativos/1.1 Elaboración de e-Doc.Operativo/1.1.1 Documentos electrónicos/Despacho Aduanero/Exportación/Declaración de Exportación.

Telefónico:

Comunicarse a través del  al 1800 238262

 

El proceso de exportación se encuentra idenficado en 3 fases:

Fase Pre-embarque:

En esta fase, se requiere la siguiente documentación y cumplimiento de requisitos:

  • Transmitir la Declaración Aduanera de exportación en el sistema Ecuapass,  acompañada de la factura comercial, proforma o packing list .
  • Realizar el Ingreso de mercancías  a Zona Primaria. El registro del ingreso de la carga al sistema Ecuapass la realiza el depósito temporal.
  • Realizar el proceso de aforo (en caso que aplique). Si el aforo es documental o físico se debe anexar la factura comercial definitiva, si el aforo es automático la factura comercial definitiva debe ser asociada al momento de la corrección de la DAE.
  • Obtener Salida autorizada de la Declaración aduanera de exportación  (DAE). Con el estado “salida autorizada” se procede  con el embarque de las mercancías.

 Fase Embarque:

En esta fase, se requiere la siguiente documentación y cumplimiento de requisitos:

  • Realizar el registro de la salida del medio de transporte (a cargo del depósito temporal).
  • Realizar la transmisión de documentos de transporte (máster e hijos) a cargo de la empresa transportista).

Fase Post embarque:

En esta fase, se requiere la siguiente documentación y cumplimiento de requisitos:

  • Realizar la corrección de la Declaración aduanera de exportación con los datos definitivos del embarque, asociando la factura comercial definitiva.
  • Proceder con Regularización de DAE,  procedimiento mediante el cual el exportador confirma a la autoridad aduanera que los datos consignados en la DAE son los definitivos. La declaración cambia a estado “Regularizada” siendo este el último estado de la declaración.
  • Realizar declaración sustitutiva a través del sistema Ecuapass, esto  en caso de requerir corregir algún dato adicional posterior a la regularización de la DAE. Lo realiza el exportador o su declarante en el sistema Ecuapass.

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Telefónico.

¿Cuál es el costo del trámite?

Los trámites aduaneros no tiene costo, el beneficiario debe considerar el pago de servicios propios de la Logistica tales como el transporte, almacenaje y honorarios de agente de aduana

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Las declaraciones aduaneras de exportación transmitidas en el sistema Ecuapass, tienen una vigencia de 30 días calendario, contados a partir de su generación, para realizar el embarque.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800 - (238262)

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 41391
2 2025-02 0 38644
3 2025-03 0 40238
4 2025-04 0 38288
5 2025-05 0 40297
6 2025-06 0 39014
7 2025-07 0 40043
8 2025-08 0 37656
9 2025-09 0 41772
10 2025-10 4 45527
11 2025-11 5 38473
12 2024-01 0 40625
13 2024-02 0 36028
14 2024-03 0 36370
15 2024-04 0 36205
16 2024-05 0 39983
17 2024-06 0 35625
18 2024-07 0 40223
19 2024-08 0 37319
20 2024-09 0 37034
21 2024-10 0 40769
22 2024-11 0 38649
23 2024-12 0 38936
24 2023-01 0 37686
25 2023-02 0 33702
26 2023-03 0 37083
27 2023-04 0 35740
28 2023-05 0 37794
29 2023-06 0 34239
30 2023-07 0 33031
31 2023-08 0 36264
32 2023-09 0 34606
33 2023-10 0 37302
34 2023-11 0 35508
35 2023-12 0 34395
36 2022-01 0 32519
37 2022-02 0 31219
38 2022-03 0 33936
39 2022-04 0 33276
40 2022-05 0 34293
41 2022-06 0 29969
42 2022-07 0 32118
43 2022-08 0 35753
44 2022-09 0 33924
45 2022-10 0 34098
46 2022-11 0 33981
47 2022-12 0 32905
48 2021-01 0 26673
49 2021-02 0 26203
50 2021-03 0 79703
51 2021-04 0 29146
52 2021-05 0 28475
53 2021-06 0 28614
54 2021-07 0 28798
55 2021-08 0 29604
56 2021-09 0 29460
57 2021-10 0 30944
58 2021-11 0 32474
59 2021-12 0 31138
60 2020-01 0 26096
61 2020-02 0 22427
62 2020-03 0 18503
63 2020-04 0 19883
64 2020-05 0 20309
65 2020-06 0 22381
66 2020-07 0 23136
67 2020-08 0 23334
68 2020-09 0 24432
69 2020-10 1 26912
70 2020-11 0 27094
71 2020-12 0 26459
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Fecha de última actualización: 2025/12/15

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