Reglamento para el ejercicio de la Jurisdicción coactiva de la Agencia de Regulación y Control Postal

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2016-12-28

Fecha de publicación: 2017-01-12

Número de registro: Suplemento No. 921

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

Reglamento que norma el ejercicio de la jurisdicción coactiva de la Agencia de Regulación y Control Postal para recaudar lo que se le adeude en razón de:

1) Obligaciones determinadas en resoluciones emitidas por el Director Ejecutivo o sus delegados, funcionarios y servidores competentes, principalmente en caso de multas por infracciones en la prestación del servicio postal;

2) Falta de pago de los operadores postales de la contribución del 1% de los ingresos totales facturados y percibidos;

3) Restitución de valores en virtud de:

a) La aplicación del derecho de repetición, en casos que por sentencia ejecutoriada se declare que funcionarios, servidores o trabajadores no han justificado su conducta y se ha dispuesto que el Estado pague la indemnización por daños y perjuicios; y,

b) Valores cancelados por la Agencia de Regulación y Control Postal por daños ocasionados a la propiedad institucional por mal uso o negligencia de funcionarios, servidores o trabajadores.

4) Anticipos de remuneración y anticipos de viáticos;

5) Sanciones pecuniarias establecidas por la Agencia de Regulación y Control Postal en ejercicio de su potestad disciplinaria; y,

6) Otras obligaciones pendientes de pago, que por cualquier concepto se deba a la Agencia de Regulación y Control Postal, según lo dispuesto en la Ley General de los Servicios Postales, su Reglamento General y demás normativa vigente.

Institución o instituciones emisoras

  • Agencia de Regulación y Control Postal

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