NORMATIVA CONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE NO TURISTICOS

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2017-07-04

Fecha de publicación: 2017-10-04

Número de registro: 25

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Acuerdo ministerial

Art. 1.- Están sujetos a la presente normativa los establecimientos que no sean catalogados como establecimientos turísticos por el Ministerio de Turismo según la normativa expedida para el efecto, los cuales serán catalogados como establecimientos de hospedaje no turísticos y estarán bajo el control del Ministerio del Interior a través de las Intendencias Generales de Policía, en el competencias.

Institución o instituciones emisoras

  • MINISTERIO DEL INTERIOR y MINISTERIO DE TURISMO

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