Fecha de suscripción: 2016-09-22
Fecha de publicación: 2016-11-12
Número de registro: 880
Tipo de regulación: Resolución
“Normas para la Correcta Aplicación del Capítulo XII del Reglamento de la Actividad Marítima –
Armadores”
Para la correcta y uniforme aplicación de la presente norma se usarán las siguientes definiciones:
Ampliación: Inclusión de una o varias naves en la Matrícula de Armador
Armador: Es la persona natural o jurídica, propietario o no de una nave, responsable de la operación de una o varias embarcaciones.
Cancelación: Inhabilitación definitiva de la Matrícula de Armador.
Matrícula de Armador: Documento habilitante que faculta a una persona natural y/o jurídica a operar una nave propia o fletada en el país.
Suspensión: Inhabilitación temporal de la Matrícula de Armador.
Renovación: Acción de volver a dar validez a la matrícula que haya expirado.
Leasing: Contrato mediante el cual, el armador traspasa el derecho a usar el buque a un arrendatario, a cambio del pago de rentas de arrendamiento, durante un plazo determinado, al término del cual el arrendatario tiene la opción de comprar el bien arrendado pagando un precio determinado, devolverlo o renovar el contrato.