Decisión 617 Tránsito Aduanero Comunitario

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2005-07-15

Fecha de publicación: 2005-07-25

Número de registro: Gaceta CAN Año XXII Nro. 1221

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Norma internacional

En la Decisión 617 “Tránsito Aduanero Comunitario” se encontrará toda la información que deben tener en cuenta los transportistas internacionales y las entidades de control aduanero de los países miembros (Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia), para el correcto funcionamiento del régimen aduanero de tránsito aduanero. A continuación se detalla en términos generales lo que puede encontrar en la referida normativa:

  • Definiciones: tales como Aduana de Destino, Aduna de garantía, Aduana de Partida, Aduana de Paso de Frontera, Aviso de Partida, Aviso de paso de frontera, Aviso fin de tránsito, Garantía económica, Operación de Tránsito Aduanero Comunitario, Precinto aduanero, etc.
  • Disposiciones Generales: en donde se establece, entre otras cosas, los medios de transporte y unidades de carga que utilizando uno o más modos de transporte, pueden realizar el régimen de Tránsito Aduanero Comunitario, etc.
  • Gestión del régimen de transito Aduanero comunitario: en donde puede encontrar, entre otras cosas, los documentos que soportan a la declaración aduanera, tipos de mercancías que pueden aplicar al tránsito aduanero comunitario, etc.
  • Procedimiento en la aduana de partida.
  • Procedimientos durante el Recorrido bajo el régimen de Transito aduanero comunitario.
  • Procedimientos en la aduana de Destino.
  • De los precintos aduaneros.
  • De los vehículos y unidades de Carga en el transito aduanero Comunitario.
  • Del procedimiento de garantía para el transito aduanero Comunitario: Sección Primera - De la Garantía Económica; y, Sección segunda - Del Vehículo como Garantía para el Transporte bajo el régimen de tránsito aduanero comunitario.
  • Infracciones y sanciones en materia de transito aduanero comunitario: Sección Primera - De las Infracciones; y, Sección Segunda - De las Sanciones.
  • Disposiciones complementarias.
  • Disposiciones transitorias.
  • Disposiciones finales.

Institución o instituciones emisoras

  • Comunidad Andina

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