Acuerdo-Ministerial-116

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2015-11-05

Fecha de publicación: 2015-11-05

Número de registro: R.O. 621 Año III

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Acuerdo ministerial

El presente reglamento se aplicará a nivel nacional a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas, privadas o mixtas, que adquieran la calidda de sujetos de control, al ser autorizadas por el Ministro Sectorial o el Director Ejecurivo de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, según el caso, y registradas en la ARCH, para el ejercicio de actividades de comercialización de gas licuado de petróleo.

Institución o instituciones emisoras

  • MINISTERIO-DE-HIDROCARBUROS

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