Otorgamiento de la Visa de Residencia Temporal de Excepción VIRTE para Ciudadanos Venezolanos, en el marco del proceso de regularización extraordinario, dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nro. 436, de 1 de junio de 2022, publicado en el Tercer Suplemento del Registro Oficial Nro. 84, de 15 de junio de 2022.
Pueden acceder a la Visa de Residencia Temporal de Excepción -VIRTE- los ciudadanos venezolanos y su grupo familiar (incluidas las personas extranjeras de otra nacionalidad que formen parte del grupo familiar) en el marco de las condiciones previstas en el Decreto Ejecutivo Nro. 436 de 1 de junio de 2022.
Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.
Visa de residencia temporal de excepción
Podrán solicitar una Visa de Residencia Temporal de Excepción VIRTE para Ciudadanos Venezolanos, quienes hayan cumplido las condiciones previas establecidas en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo Nro. 436, de 1 de junio de 2022; y, que además cumplan con los siguientes requisitos:
CONSIDERACIÓN FUNDAMENTAL PARA GESTIONAR EL TRÁMITE:
Si los documentos han sido emitidos por una autoridad extranjera deberán ser apostillados, en caso de haber sido expedidos en un país parte de la Convención de La Haya sobre la Apostilla; si han sido emitidos en un país que no es parte de dicha Convención, deberán ser legalizados ante la institución a cargo de la legalización de los documentos y ante el Consulado del Ecuador concurrente a dicho país.
El certificado de registro consular emitido por los Consulados de Venezuela en el Ecuador, tendrá validez plena por la sola firma del Agente Consular.
Para los ciudadanos venezolanos titulares de una Visa de Residencia Temporal UNASUR o VERHU vigente
Mayores de edad:
Niños, niñas y adolescentes:
Para los niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad que no puedan obligarse por sí mismas
Además de los requisitos establecidos:
Para las personas con discapacidad
Además de los requisitos establecidos deberán presentar el certificado que acredite dicha condición, emitido por el Ministerio de Salud Pública o el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades – CONADIS.
Para el grupo familiar con otra nacionalidad
Para las personas extranjeras con otra nacionalidad, que formen parte del núcleo familiar de la persona venezolana, además de los requisitos generales, deberán presentar:
Video Tutorial - Proceso para la obtención de la visa VIRTE https://www.youtube.com/watch?v=ih14ZswL08s&t=2s
A) Registro de Permanencia de Ciudadanos Extranjeros A partir del 1 de septiembre de 2022 Para acceder al proceso de regularización, la persona extranjera venezolana y su grupo familiar están obligados a cumplir con el Registro de Permanencia Migratoria y obtener el Certificado de Registro de Permanencia, ante el Ministerio del Interior, documento que contendrá el número de registro necesario para iniciar el proceso de obtención de una visa VIRTE. B) Emisión de visa a mayor de edad A partir del 1 de octubre de 2022 1. Ingresar a la plataforma para la gestión en línea de Visas de Residencia Temporal de Excepción – VIRTE, a través de la siguiente dirección web: https://visasregularizacion.cancilleria.gob.ec/ 2. Realizar registro en el sistema (se requiere el número de registro migratorio obtenido del Ministerio del Interior – MD y la fecha de nacimiento). 3. Generar formulario de solicitud de visa 4. Ingresar información complementaria en la solicitud de visa 5. Realizar reconocimiento facial en el sistema 6. Ingresar los requisitos de la solicitud de visa 7. Realizar el pago de la orden de cedulación una vez notificada la aprobación de la visa, 8. Recibir en el correo electrónico la recepción de la visa emitida y de la orden de cedulación C) Emisión de visa a menores de edad y personas con discapacidad que no puedan obligarse por sí mismas La solicitud debe ser realizada por el familiar o representante legal venezolano que ya se encuentre registrado en el sistema de Visas de Residencia Temporal de Excepción – VIRTE y haya enviado exitosamente su solicitud de visa VIRTE. Para el registro en el sistema del familiar dependiente se deberá seguir el mismo procedimiento mencionado anteriormente. |
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
Nota: Estos valores no gravan IVA.
Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30%, presentando el carné de discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador o el CONADIS
https://visasregularizacion.cancilleria.gob.ec/
Implementar un proceso de regularización extraordinario, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, a favor de los ciudadanos venezolanos y su grupo familiar, mediante el otorgamiento de una Visa de Residencia Temporal de Excepción para Ciudadanos Venezolanos, VIRTE que hayan cumplido con las siguientes condiciones:
i) Haber ingresado regularmente a través de los puntos de control migratorio oficiales al territorio del Ecuador. hasta la fecha de expedición del presente Decreto Ejecutivo,
ii) Haber cumplido con el proceso de registro de permanencia migratoria ante el Ministerio del Interior; y,
iii)No ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado ecuatoriano, para lo cual no deberá constar en los registros de las instituciones del Estado relacionados con el orden público y la seguridad ciudadana.
Otorgar amnistía migratoria y proceso de regularización extraordinario a personas de nacionalidad venezolana y su grupo familiar, que hayan ingresado a través de los puntos de control migratorio oficiales al territorio del Ecuador y que se encuentren en situación migratoria irregular a la fecha de expedición del presente Decreto Ejecutivo.
Residencia temporal de excepción. La residencia temporal de excepción es la condición migratoria que autoriza la estadía en el territorio nacional hasta por dos años, a la que acceden las personas extranjeras que ingresan al territorio nacional, previa calificación y autorización de la máxima autoridad de movilidad humana en casos excepcionales, de conformidad con los requisitos establecidos en el reglamento de esta Ley. Esta residencia podrá ser renovada por una sola vez.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-01 | 0 | 1232 |
2 | 2024-02 | 0 | 1276 |
3 | 2023-01 | 0 | 5863 |
4 | 2023-02 | 0 | 9525 |
5 | 2023-03 | 0 | 3974 |
6 | 2023-04 | 0 | 2673 |
7 | 2023-05 | 0 | 2392 |
8 | 2023-06 | 0 | 3117 |
9 | 2023-07 | 0 | 3758 |
10 | 2023-08 | 0 | 9777 |
11 | 2023-09 | 0 | 10657 |
12 | 2023-10 | 0 | 4935 |
13 | 2023-11 | 0 | 2490 |
14 | 2023-12 | 0 | 1600 |
Fecha de última actualización: 2023/09/27