Emisión de apostilla y legalización de documentos

Es el acto administrativo mediante el cual se realiza la comprobación de que la firma del documento presentado a ser apostillado o legalizado, sea idéntica a la firma que consta en sus archivos y por lo tanto, dan fe de su autenticidad. Se emite en las Direcciones Zonales en el Ecuador y en las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas naturales -  ecuatorianas y personas Naturales - extranjeras que requieran certificación de documentos públicos emitidos por el Estado, y que van a ser presentados en otros países, dando validez a dichos documentos en el exterior.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Apostilla

Legalización de documentos

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Documento de Identidad
  • Documento original a ser Apostillado o Legalizado
  • Cancelación de la Tasa establecida

IMPORTANTE:

LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS DEBEN ESTAR CERTIFICADOS POR LA INSTITUCIÓN QUE EMITIÓ EL DOCUMENTO, ANTES DE PROCEDER A LEGALIZAR O APOSTILLAR EN LAS OFICINAS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA.

Antes de apostillar o legalizar, por favor asegúrese que el documento tenga las siguientes firmas:

ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE POSTGRADO (TERCER Y CUARTO NIVELES):

  • Los títulos universitarios, certificados de planes académicos para el exterior, certificados de notas o de estudios de usuarios graduados, deben contener la certificación de la SENESCYT, sin distinción de institución de educación superior pública o privada.
  • Para los certificados de planes académicos, certificados de notas o de estudios de usuarios no graduados de instituciones públicas de educación superior, la certificación requerida para el exterior es la del secretario general de la institución. En caso de instituciones privadas de educación superior, deberán acercarse ante un notario que realice fiel copia del original.

ESTUDIOS PRIMARIOS Y SECUNDARIOS (PRIMER Y SEGUNDO NIVELES):

  • Todo diploma o certificado de notas de primaria o secundaria que deba surtir efecto legal en el exterior, debe contar con la certificación del Distrito Zonal del Ministerio de Educación al que pertenece la escuela o colegio sea público o privado.

 

DOCUMENTOS Y CERTIFICADOS EMITIDOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN:

  • Todos los documentos físicos y electrónicos de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación pueden ser apostillados directamente, sin necesidad de otras legalizaciones adicionales.

CERTIFICADOS MÉDICOS O DE VACUNAS:

  • Todo certificado médico o de vacunas, debe ser expedido por el Ministerio de Salud, sin distinción si el hospital es público o privado, clínica, centro de salud o consultorio.

CERTIFICADOS DE CONSTITUCIÓN DE COMPAÑÍAS:

  • Para apostillar o legalizar certificados de constitución de compañías, éstos deberán tener la firma de la autoridad competente de la Superintendencia De Compañías, Valores y Seguros.  Sin embargo, documentos privados de las compañías como actas de reuniones de los accionistas o designación de los representantes, debe efectuarse el reconocimiento de firma del representante legal facultado para expedir tales documentos ante un notario.
  • Cuando el documento público fue emitido por una institución pública que fue suprimida, cambió de nombre o se fusionó con otra, le corresponde a la nueva institución certificar los documentos de la institución anterior.
  • Como regla general la apostilla no caduca, por lo que no es necesario volver a apostillar un documento previamente apostillado. Sin embargo, existen documentos que tienen una fecha de caducidad, en cuyo caso se requerirá obtener un nuevo documento y proceder a apostillarlo. Sí puede legalizarse un documento previamente apostillado cuando éste deba ser presentado en un país no miembro de la Convención de La Haya sobre la Apostilla.

DOCUMENTOS DEL REGISTRO MERCANTIL

  • El Registro Mercantil, informo que esta Institución realiza una atención en línea emitiendo documentos electrónicos a los usuarios y que contiene la respectiva firma electrónica que se válida únicamente presentada de manera digital.
  • Para los casos que los ciudadanos necesiten apostillar el documento físico emitido por el Registro Mercantil, el mismo debe tener previo acto notarial de materialización o reconocimiento de firma y la apostilla se realizará a la firma del notario.

Requisitos Especiales:

  • Carné de discapacidad

¿Cómo hago el trámite?

EN EL ECUADOR:

NOTA: Los pagos por el servicio de apostillas se realizarán de acuerdo a directrices de cada Dirección Zonal, posterior a la revisión y validación física de cada documento.

*Si te encuentras en la ciudad de Quito puedes apostillar tus documentos al norte o sur de la ciudad:

NORTE: Plataforma Gubernamental Financiera – Norte Amazonas y Pereira- se te entregará un turno ese momento, de acuerdo al orden de llegada de cada usuario. (No requieres acercarte con cita previa)

SUR: Plataforma de Desarrollo Social – Quitumbe – debes asistir con cita obtenida previamente en el link:  https://www.cancilleria.gob.ec/2020/06/18/sistema-de-citas/

 

EN EL EXTERIOR:

 

Comunícate con la oficina consular más cercana. Revisa la información en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Apostilla: USD $30,00 no grava IVA

Legalización: USD $25,00 no grava IVA

Personas pertenecientes a la tercera edad, tienen derecho a la disminución del 50 % del valor total del pasaporte.

Personas con discapacidad igual o superior al 30% tienen derecho a la disminución del 100% del valor total del pasaporte.

 

NOTA: Los pagos por el servicio de apostillas se realizarán de acuerdo a directrices de cada Dirección Zonal, posterior a la revisión y validación física de cada documento.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador: Direcciones Zonales


Los horarios los puedes consultar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

 

Oficinas Consulares en el Exterior:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

De acuerdo a vigencia del documento original.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Consulado Virtual

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-2993200 ext 26001/26002/26003/26004/26005/26006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 37333
2 2024-02 0 38507
3 2023-01 0 36989
4 2023-02 0 33248
5 2023-03 0 42612
6 2023-04 0 41612
7 2023-05 0 37664
8 2023-06 0 42717
9 2023-07 0 40486
10 2023-08 0 41947
11 2023-09 0 38601
12 2023-10 0 37745
13 2023-11 0 36095
14 2023-12 0 29664
15 2022-01 0 24741
16 2022-02 0 29400
17 2022-03 0 36224
18 2022-04 0 32148
19 2022-05 0 36272
20 2022-06 0 28916
21 2022-07 0 39320
22 2022-08 0 36052
23 2022-09 0 35557
24 2022-10 0 33699
25 2022-11 0 33747
26 2022-12 0 28095
27 2021-01 0 19704
28 2021-02 0 16107
29 2021-03 0 29797
30 2021-04 0 22159
31 2021-05 0 20936
32 2021-06 0 28032
33 2021-07 0 28576
34 2021-08 0 28636
35 2021-09 0 26645
36 2021-10 0 29627
37 2021-11 0 27477
38 2021-12 0 25430
39 2020-01 1 29685
40 2020-02 3 26520
41 2020-03 11 13463
42 2020-04 3 524
43 2020-05 3 1642
44 2020-06 0 6566
45 2020-07 18 12265
46 2020-08 17 13110
47 2020-09 13 16281
48 2020-10 12 16281
49 2020-11 11 19731
50 2020-12 9 21090
51 2019-01 0 26460
52 2019-02 0 26226
53 2019-03 0 28313
54 2019-04 0 27594
55 2019-05 0 28219
56 2019-06 0 26709
57 2019-07 0 32717
58 2019-08 0 32572
59 2019-09 0 32266
60 2019-10 0 26686
61 2019-11 0 24904
62 2019-12 0 18021

Fecha de última actualización: 2023/06/29