Renovación de derechos de concesión y autorización para ejercer la cría y cultivo de especies bioacuáticas en zonas de playa y bahía

Renovación de derechos de concesión y autorización para ejercer la cría y cultivo de especies bioacuáticas en zonas de playa y bahía para personas jurídica

Las personas jurídicas tales como las empresas acuícolas, organizaciones sociales, comunas, asociaciones y cooperativas podrán solicitar la renovación de derechos de concesión y la autorización para ejercer la cría y cultivo de especies bioacuáticas en zonas de playa y bahía.
Se deberá solicitar 30 días antes del venecimiento del Acuerdo Ministerial que lo regula.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios se detallan a continuación:

Asociación: Persona jurídica que siguen un mismo objetivo y tienen un líder.
Cooperativa: Persona jurídica de la economía popular y solidaria que tienen un mismo fin: producir, comprar o vender con un modelo ventajoso para todos.
Compañía: Sociedad, corporación o empresa en la cual dos o más personas naturales unen sus capitales o industrias, para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades.
Organización: Grupo de personas que buscan el bien común para fortalecer su trabajo y producción.
Empresa acuícola: Agente económico con autonomía, dedicada a las actividades de: cultivo, movilización, procesamiento y comercialización de recursos bioacuáticos.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Renovación de derechos de concesión y autorización para ejercer la cría y cultivo de especies bioacuáticas en zonas de playa y bahía para personas jurídicas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

 

1. Solicitud de renovación de la concesión firmada por el solicitante;

2. Comprobante de pago de tasa administrativa;
3. Tres (3) ejemplares físicos de plano del proyecto con firma del profesional que lo elaboró
en formato A1 y en archivo digital;
4. Comprobante pago de ocupación de zona de playa y bahía;
5. Permiso ambiental vigente y debidamente expedido por autoridad competente. En caso de no contar con este requisito, el ente rector podrá, a petición del interesado, otorgar el plazo de un (1) año para la obtención del mismo, conforme lo establecido en el presente reglamento.

En caso de ser persona jurídica, el ente rector se deberá revisar en la página web de la institución que corresponda, el estatuto de la Compañía, Certificado de Cumplimiento de Obligaciones, y el nombramiento representante legal. En caso de que el ente rector no pueda verificar los documentos antes descrito se solicitará al peticionario su presentación.
La renovación de los derechos de concesión será procedente únicamente cuando el área concesionada se encuentre explotada. Si no se hubiere explotado toda el área concedida, se novará la concesión únicamente sobre aquella efectivamente explotada.

 

Requisitos Especiales:

  • No aplica.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar la solicitud de trámite con los requisitos en la ventanilla única de la institución.
  2. Realizar el pago.
  3. Presentar pago en ventanilla única de la institución y recibir la factura de servicios.
  4. Recibir notificación en caso de inconsistencia de información.
  5. Recibir el documento del trámite en la ventanilla única de la institución.

* De requerir el usuario la emisión de un certificado que indique que el trámite está en la Institución, deberá solicitarlo de acuerdo al costo establecido en el tarifario vigente.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

500,00 USD; no grava IVA

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Dirección: Av. Malecón Nro. 100 y 9 de Octubre

Edificio La Previsora Piso 15
Guayaquil - Ecuador

Horario: Lunes a viernes de 08:30 a 17:00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Marcos Cedeño

Email: mcedenoz@produccion.gob.ec

Teléfono: 04 259 7980 ext. 311

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 34
2 2024-02 0 26
3 2023-01 0 5
4 2023-02 0 18
5 2023-03 0 21
6 2023-04 0 14
7 2023-05 0 19
8 2023-06 0 18
9 2023-07 0 16
10 2023-08 0 28
11 2023-09 0 22
12 2023-10 0 19
13 2023-11 0 12
14 2023-12 0 18
15 2022-01 0 4
16 2022-02 0 14
17 2022-03 0 15
18 2022-04 0 16
19 2022-05 0 8
20 2022-06 0 14
21 2022-07 0 17
22 2022-08 0 5
23 2022-09 0 13
24 2022-10 0 13
25 2022-11 0 17
26 2022-12 0 13
27 2021-01 0 13
28 2021-02 0 11
29 2021-03 0 11
30 2021-04 0 21
31 2021-05 0 8
32 2021-06 0 4
33 2021-07 0 11
34 2021-08 0 5
35 2021-09 0 9
36 2021-10 0 8
37 2021-11 0 15
38 2021-12 0 9
39 2020-01 0 8
40 2020-02 0 10
41 2020-03 0 1
42 2020-04 0 0
43 2020-05 0 4
44 2020-06 0 5
45 2020-07 0 4
46 2020-08 0 9
47 2020-09 0 12
48 2020-10 0 38
49 2020-11 0 23
50 2020-12 0 20
51 2019-01 0 0
52 2019-02 0 0
53 2019-03 0 1
54 2019-04 0 4
55 2019-05 0 15
56 2019-06 0 3
57 2019-07 0 7
58 2019-08 0 8
59 2019-09 0 1
60 2019-10 0 4
61 2019-11 0 6
62 2019-12 0 11

Fecha de última actualización: 2023/10/31