Autorización de concesión para ejercer la cría y cultivo de especies bioacuáticas en zonas de playa y bahía para personas jurídicas

Las personas jurídicas, tales como empresas acuícolas, organizaciones sociales, comunas, asociaciones y cooperativas podrán solicitar una concesión y autorización para ejercer la cría y cultivo de especies bioacuáticas en zonas de playa y bahía.

Es importante mencionar que para acceder a esta autorización previamente los usuarios deberán obtener la adjudicación de obras de infraestructura sobre la concesión que se solicita.

¿A quién está dirigido?

El trámite está dirigido a: Empresas acuícolas, organizaciones sociales, comunas, asociaciones y cooperativas.

Asociación: Persona jurídica que siguen un mismo objetivo y tienen un líder.
Cooperativa: Persona jurídica de la economía popular y solidaria que tienen un mismo fin: producir, comprar o vender con un modelo ventajoso para todos.
Compañía: Sociedad, corporación o empresa en la cual dos o más personas naturales unen sus capitales o industrias, para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades.
Organización: Grupo de personas que buscan el bien común para fortalecer su trabajo y producción.
Empresa acuícola: Agente económico con autonomía, dedicada a las actividades de: cultivo, movilización, procesamiento y comercialización de recursos bioacuáticos.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de concesión para ejercer la cría y cultivo de especies bioacuáticas en zonas de playa y bahía para personas jurídicas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Por adjudicación de espacios revertidos al estado:

1. Solicitud de concesión dirigida al ente rector o su delegado, firmada por el solicitante;
2. Providencia de adjudicación de obras de infraestructura;
3. Copia pago de adjudicación de obras de infraestructura;
4. Comprobante de pago de tasa administrativa;
5. Tres (3) ejemplares físicos de plano del proyecto;
6. Estudio técnico-económico con firma del profesional que lo elaboró, o ficha técnica del proyecto;
7. Permiso ambiental vigente y expedido por la autoridad competente. En caso de no contar con este requisito, el ente rector podrá, a petición del interesado, otorgar el plazo de un (1) año para la obtención del mismo, conforme lo establecido en el presente reglamento.

En caso de ser persona jurídica, el ente rector se deberá revisar en la página web de la institución que corresponda, el estatuto de la Compañía, y el nombramiento representante legal.

Por herencia:
1. Solicitud de concesión dirigida al ente rector o su delegado, firmada por el solicitante;
2. Escritura de Posición efectiva;
3. Certificado de defunción;
4. Comprobante de pago de tasa administrativa;
5. Tres (3) ejemplares físicos de plano del proyecto;
6. Estudio técnico-económico con firma del profesional que lo elaboró, o ficha técnica del proyecto;
7. Permiso ambiental vigente y expedido por la autoridad competente. En caso de no contar con este requisito, el ente rector podrá, a petición del interesado, otorgar el plazo de un (1) año para la obtención del mismo, conforme lo establecido en el presente reglamento.
8. Comprobante pago de ocupación de zona de playa y bahía;

En caso de ser persona jurídica, el ente rector se deberá revisar en la página web de la institución que corresponda, el estatuto de la Compañía, y el nombramiento representante legal.

Requisitos Especiales:

  • No aplica.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar la solicitud de trámite con los requisitos en la ventanilla única de la institución.
  2. Realizar el pago.
  3. Presentar pago en ventanilla única de la institución y recibir la factura de servicios.
  4. Recibir notificación en caso de inconsistencia de información.
  5. Recibir el documento del trámite en la ventanilla única de la institución.

* De requerir el usuario la emisión de un certificado que indique que el trámite está en la Institución, deberá solicitarlo de acuerdo al costo establecido en el tarifario vigente.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

500,00 USD; no grava IVA

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Dirección: Av. Malecón Nro. 100 y 9 de Octubre

Edificio La Previsora Piso 15
Guayaquil - Ecuador
Horario: Lunes a viernes de 08:30 a 17:00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Marcos Cedeño

Email: mcedenoz@produccion.gob.ec

Teléfono: 04 259 7980 ext. 311

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 1
2 2024-02 0 5
3 2023-01 0 10
4 2023-02 0 6
5 2023-03 0 23
6 2023-04 0 14
7 2023-05 0 34
8 2023-06 0 10
9 2023-07 0 4
10 2023-08 0 5
11 2023-09 0 8
12 2023-10 0 2
13 2023-11 0 3
14 2023-12 0 0
15 2022-01 0 0
16 2022-02 0 1
17 2022-03 0 7
18 2022-04 0 5
19 2022-05 0 24
20 2022-06 0 21
21 2022-07 0 23
22 2022-08 0 3
23 2022-09 0 23
24 2022-10 0 13
25 2022-11 0 26
26 2022-12 0 10
27 2021-01 0 1
28 2021-02 0 1
29 2021-03 0 1
30 2021-04 0 1
31 2021-05 0 9
32 2021-06 0 6
33 2021-07 0 3
34 2021-08 0 3
35 2021-09 0 3
36 2021-10 0 2
37 2021-11 0 2
38 2021-12 0 4
39 2020-01 0 2
40 2020-02 0 5
41 2020-03 0 1
42 2020-04 0 0
43 2020-05 0 0
44 2020-06 0 2
45 2020-07 0 4
46 2020-08 0 3
47 2020-09 0 1
48 2020-10 0 0
49 2020-11 0 1
50 2020-12 0 3
51 2019-01 0 0
52 2019-02 0 0
53 2019-03 0 0
54 2019-04 0 5
55 2019-05 0 1
56 2019-06 0 5
57 2019-07 0 9
58 2019-08 0 3
59 2019-09 0 2
60 2019-10 0 5
61 2019-11 0 3
62 2019-12 0 2

Fecha de última actualización: 2023/10/31