Clasificación bajo la modalidad de copacking para empresas acuícolas

Los Productores acuícolas, empresas acuícolas, organizaciones sociales, comunas, asociaciones y cooperativas podrán solicitar la clasificación  para el procesamiento de su producción en plantas debidamente clasificadas y autorizar su comercialización en los mercados externos.

 

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios se detallan en la siguiente clasificación:
Acuicultor artesanal: Persona que realiza la actividad con uso de tecnologías de bajo costo, orientadas al consumo familiar y comercio a pequeña escala.
Acuicultor comercial: Persona que realiza la actividad mediante el uso de tecnología e insumos, y su producción está orientada a la comercialización.
Asociación: Persona jurídica que siguen un mismo objetivo y tienen un líder.
Cooperativa: Persona jurídica de la economía popular y solidaria que tienen un mismo fin: producir, comprar o vender con un modelo ventajoso para todos.
Compañía: Sociedad, corporación o empresa en la cual dos o más personas naturales unen sus capitales o industrias, para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades.
Organización: Grupo de personas que buscan el bien común para fortalecer su trabajo y producción.
Empresa acuícola: Agente económico con autonomía, dedicada a las actividades de: cultivo, movilización, procesamiento y comercialización de recursos bioacuáticos.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Acuerdo Ministerial que otorga la clasificación bajo la modalidad de copacking para empresas acuícolas.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos Básicos:

1. Solicitud de clasificación y autorización bajo la modalidad de copacking, dirigida al Subsecretario de Acuacultura.
2. Contrato de asociación de los productores acuícolas a ser beneficiados del copacking debidamente notariado (de ser el caso);
3. En el caso de gremios de productores acuícolas deberán adjuntar copia notariada del Acuerdo Ministerial de constitución del gremio, del representante legal; y registro de
productores agremiados a beneficiarse del copacking identificando los números de sus acuerdos ministeriales de autorización vigentes para el ejercicio de la actividad;
4. Contratos de copacking (mínimo 1 contrato) con la planta procesadora autorizada por la Subsecretaría de Acuacultura y registrada por la autoridad sanitaria, debidamente notariado;
5. Copia simple del o de las actas de producción efectiva de la o las plantas procesadoras que brindará el servicio de copacking;
6. Habilitaciones sanitarias vigentes de las plantas procesadoras y de los productores (a ser revisadas y verificadas por la Subsecretaría de Acuacultura en la página web de la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad);
7. Copia simple de los acuerdos ministeriales de los productores que participarán en el copacking;
8. Comprobante de pago de tasa administrativa.
 

 

Requisitos Especiales:

Requisitos Adicionales:

Personas Jurídicas:

En el caso de persona(s) jurídica(s) empresariales además de los requisitos anteriores la Subsecretaría Acuacultura obtendrá de los registros públicos para el expediente los siguientes:
1. Escritura de constitución de la empresa.
2. Nombramientos del representante legal, debidamente inscrito en el registro mercanti

 

Requisitos Opcionales:

  • No aplica.

 

¿Cómo hago el trámite?

Proceso normal:

  1. Realizar el pago.
  2. Ingresar la solicitud de trámite con los requisitos definidos en la ventanilla única de la Institución.
  3. Recibir la factura de servicios.
  4. En caso de presentar la documentación entregada alguna inconsistencia, recibir una notificación para la subsanación respectiva.
  5. Subsanar observaciones recibidas y remitir nuevamente la información y/o documentación solicitada por medio de la ventanilla única de la Institución.
  6. Una vez que se encuentre aprobado el trámite, se remite al correo del solicitante la autorización firmada electrónicamente por el Subsecretario de Acuacultura.

* De requerir el usuario la emisión de un certificado que indique que el trámite está en la Institución, deberá solicitarlo de acuerdo al costo establecido en el tarifario vigente.


Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

800,00 USD; no grava IVA

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Dirección: Av. Malecón 100 y 9 de Octubre, piso 15
Edificio La Previsora
Guayaquil - Ecuador
Horario: Lunes a viernes de 08:30 a 17:00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Marcos Cedeño

Email: mcedenoz@produccion.gob.ec

Teléfono: 04 259 7980 ext. 311

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 2
3 2023-01 0 0
4 2023-02 0 3
5 2023-03 0 0
6 2023-04 0 0
7 2023-05 0 1
8 2023-06 0 0
9 2023-07 0 1
10 2023-08 0 2
11 2023-09 0 0
12 2023-10 0 0
13 2023-11 0 1
14 2023-12 0 0
15 2022-01 0 0
16 2022-02 0 2
17 2022-03 0 0
18 2022-04 0 0
19 2022-05 0 3
20 2022-06 0 1
21 2022-07 0 2
22 2022-08 0 0
23 2022-09 0 3
24 2022-10 0 0
25 2022-11 0 1
26 2022-12 0 1
27 2021-01 0 0
28 2021-02 0 1
29 2021-03 0 1
30 2021-04 0 0
31 2021-05 0 0
32 2021-06 0 0
33 2021-07 0 1
34 2021-08 0 0
35 2021-09 0 0
36 2021-10 0 0
37 2021-11 0 0
38 2021-12 0 1
39 2020-01 0 1
40 2020-02 0 0
41 2020-03 0 0
42 2020-04 0 0
43 2020-05 0 0
44 2020-06 0 0
45 2020-07 0 0
46 2020-08 0 0
47 2020-09 0 0
48 2020-10 0 1
49 2020-11 0 0
50 2020-12 0 0
51 2019-01 0 0
52 2019-02 0 0
53 2019-03 0 0
54 2019-04 0 0
55 2019-05 0 0
56 2019-06 0 0
57 2019-07 0 0
58 2019-08 0 0
59 2019-09 0 0
60 2019-10 0 0
61 2019-11 0 1
62 2019-12 0 0

Fecha de última actualización: 2023/10/31