Emisión de resolución de renovación de licencias de comercialización y/o exportación de sustancias mineras metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas para personas jurídicas nacionales o extranjeras.

Licencia comercializacion

Información proporcionada por: Ministerio de Energía y Minas (MEM)

Trámite orientado para que las personas  jurídicas nacionales o extranjeras que sin ser titulares de concesiones mineras se dediquen a las actividades de comercialización o exportación de sustancias minerales metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas, así como a las personas jurídicas nacionales o extranjeras que, siendo titulares de concesiones mineras comercialicen y exporten sustancias minerales metálicas y no metálicas de áreas ajenas a sus concesiones, que tengan la Licencia de Comercialización Vigente, tienen la opción de renovar el tiempo de permiso de acuerdo a la normativa legal vigente.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios del trámite son:

Persona Natural - Ecuatoriana:  Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente

Persona Natural - Extranjera:  Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Licencias de comercialización y/o exportación de sustancias mineras metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas para personas jurídicas nacionales o extranjeras.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Formulario de solicitud impreso del Sistema de Gestión Minera.

2. Para personas jurídicas nacionales:
- Copia certificada de la escritura pública de constitución de compañía aprobada por la Superintendencia de Compañías, que cuente con objeto social relacionado con la actividad, y se encuentre inscrita en el Registro Mercantil correspondiente.

En caso de personas jurídicas bajo el control de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, deberán presentar la resolución de otorgamiento de personalidad jurídica de la organización; asociación o de la cooperativa, debidamente inscrita en el correspondiente registro en donde conste un objeto social único relacionado con la actividad minera. Para las demás personas jurídicas que no se encuentren reguladas por los entes de control antes mencionados, deberán adjuntar el documento mediante el cual se les otorgó personalidad jurídica.

3. Certificado de socios o accionistas y de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías o la institución de control correspondiente

4. Copia del Registro Único de Contribuyentes (RUC)

5. Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias

6. Declaración juramentada que  indique la licitud de su patrimonio y fuentes de financiamiento o de inversión; respaldados a través de certificados bancarios, operaciones mineras en el exterior; bienes muebles o inmuebles que estén debidamente acreditados a nombre de la empresa que solicita la licencia de comercialización,  donde acredita un patrimonio mínimo de Cien Mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD. 100 000)

7. Certificado de poseer cuenta en una institución financiera, que sea exclusiva para transacciones de compra y venta de sustancias minerales metálicas o no metálicas.

8. Copia certificada de la resolución de domiciliación de la persona jurídica extranjera solicitante, emitida por la Superintendencia de Compañías, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y poder general o especial de representación.

Para personas jurídicas extranjeras, además de los anteriores requisitos deben presentar: Copia certificada de la resolución de domiciliación de la persona jurídica extranjera solicitante, emitida por la Superintendencia de Compañías, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y poder general o especial de representación.

¿Cómo hago el trámite?

1. Completar el formulario en el sistema Sistema de Gestión Minera

2. Ingresar en las oficinas de las Coordinaciones Zonales correspondientes, un oficio dirigido al coordinador zonal adjuntando los documentos habilitantes

3. Atender las observaciones del trámite, si existieren, y enviar mediante correo electrónico, la subsanación de las mismas, en los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación

4. Recibir la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en las Oficinas de la Coordinación Zonal correspondiente en el plazo establecido.

5. Protocolizar la resolución ante notario público

6. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables

7. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

5 Remuneración Básica Unificada que es el valor de la inscripción de la resolución

Depositar a nombre de:
Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables
RUC: 1768193080001
Banco: Pichincha
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 2100222767
Sublínea: 1301121965
Correo de confirmación: lorena.quezada@controlrecursosyenergia.gob.ec

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario de atención: LUNES - VIERNES 08:00 - 13:00, 14:00 - 17:00

Coordinación Zonal Norte - Ibarra: Calle Juan de Velasco y Sánchez y Cifuentes esq. Edificio La Previsora 2do piso - 02-3976-000 ext. 3300

Coordinación Zonal Centro - Riobamba: Av. Antonio José de Sucre, Edificio IBEDONIA, subestación 2 de la empresa eléctrica - 02-3976-000 ext. 3700

Coordinación Zonal Centro Sur - Cuenca: Av. Honorato Vásquez 521 y Luis Cordero - 02-3976-000 ext. 3000

Coordinación Zonal  Sur - Zamora: Edificio de la Gobernación - José Luis Tamayo entre Diego de Vaca y Sevilla de Oro 3er. Piso - 02-3976-000 ext. 3909

Coordinación Zonal Litoral - Guayaquil: Cdla. Los Ceibos Av. Del Bombero Km 6½ Vía a la Costa -Edificio Grace - Petroecuador. 1er Piso - 02-3976-000 ext. 3200

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Operadora

Email: mejora.gestion@energiayminas.gob.ec

Teléfono: 3976000 ext 1000

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-02 0 2
2 2024-03 0 0
3 2023-05 0 1
4 2023-06 0 0
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Fecha de última actualización: 2024/04/01