Trámite para la emisión de resolución de modificación de la etapa de exploración de los regímenes de mediana minería y minería a gran escala al régimen especial de pequeña minería
Los beneficiarios del trámite son:
Persona Natural - Ecuatoriana o extranjera: Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente
Persona Jurídica Pública o privada: Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución de modificación de la etapa de exploración de los regímenes de mediana minería y minería a gran escala al régimen especial de pequeña minería
1. Formulario de solicitud impreso del Sistema de Gestión Minera.
2. Declaración juramentada celebrada ante notario público, donde conste la voluntad de modificar el título registrado en cualquiera de los periodos de la etapa de exploración hacia el régimen especial de pequeña minería a fin de asumir todas las responsabilidades técnicas, económicas, sociales y ambientales propias de estas etapas. En la declaración deberá constar que el peticionario no está incurso en las inhabilidades establecidas en el Art. 153 de la constitución y Art. 20 de la ley de minería
3. Copias de los actos administrativos previos vigentes a la fecha del otorgamiento del título minero
4. Informe técnico de justificación para la modificación al régimen especial de pequeña minería. Este informe deberá ser debidamente auditado de conformidad con el artículo 7 del reglamento de calificación de recursos y reservas mineras.
El informe deberá contener:
1. Al menos reservas probables cuantificadas y certificadas
2. Vida útil de la mina
3. Método de explotación, ritmo de explotación diaria prevista
4. Capacidad instalada de procesamiento de minerales y demás información dispuesta en la guía técnica que la ARCERNNR expida para el efecto
1. Completar el formulario en el sistema Sistema de Gestión Minera
2. Ingresar en las oficinas de las Coordinaciones Zonales correspondientes, un oficio dirigido al coordinador zonal adjuntando los documentos habilitantes
3. Atender las observaciones del trámite, si existieren, y enviar mediante correo electrónico, la subsanación de las mismas, en los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación
4. Recibir la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en las Oficinas de la Coordinación Zonal correspondiente en el plazo establecido.
5. Protocolizar la resolución ante notario público
6. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables
7. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
5 R.B.U.- Remuneración Mensual Básica Unificada - que son valores de la inscripción de la resolución cobrados por la Agencia de Regulación y Control Minero.
Depósito en efectivo o transferencia a nombre de:
Nombre: Agencia de Regulación y Control Minero
RUC: 1798194883001
Banco: Banco Pacifico
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 8399182
Contáctese con los servidores del Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovable.
Coordinación Zonal Centro aracely.cruz@energiayminas.gob.ec (02) 3976000 ext.3700
Coordinación Zonal Centro Sur norma.cardenas@energiayminas.gob.ec (02) 3976-000 ext.3000
Coordinación Zonal Litoral jessica.garcia@energiayminas.gob.ec (02) 3976000 ext.3200
Coordinación Zonal Norte coordinacion.norte@energiayminas.gob.ec (02) 3976 000 ext.3300
Coordinación Zonal Sur Yesenia.Gonzalez@energiayminas.gob.ec (02) 3976000 ext.3600
Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Ibarra: Coordinación Zonal Norte (Zonas 1, 2 y 9): Calle Obispo José Ignacio Checa y Sánchez y Cifuentes esq. Edificio del Colegio de Ingenieros Civiles de Imbabura, 4to piso - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3300
Tena: Oficina Zonal de Minas Tena: Avenida 15 de Noviembre y Zamora, Edificio Ex. Consejo de la Judicatura, 3er piso- Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3800
Guayaquil: Coordinación Zonal Litoral (Zonas 4, 5 y 8): Cdla. Los Ceibos Av. Del Bombero Km 6½ Vía a la Costa -Edificio Grace - Petroecuador. 1er Piso. -Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3200
Riobamba: Coordinación Zonal Centro (Zona 3): Av. 10 de Agosto y García Moreno (Esq.) - Edificio Costales, Piso 2, Oficina 204 - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3700
Cuenca: Coordinación Zonal Centro Sur (Zona 6): Av. Honorato Vásquez 521 y Luis Cordero - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3000
Macas: Oficina Zonal de Minas Macas: Av. Simón Bolívar y 24 de Mayo. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3500
Zamora: Coordinación Zonal Sur (Zona 7): Zamora-Edificio de la Gobernación - José Luis Tamayo entre Diego de Vaca y Sevilla de Oro 3er. Piso. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3909
Loja: Oficina Zonal de Minas Loja: Av. José Antonio Eguiguren y Lauro Guerrero - Edificio Amauta. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3400
Machala: Oficina Zonal de Minas Machala: Av. Guayas entre Pichincha y Arizaga. Edificio Atlántico, Mezanine. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3600
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2025-03 | 0 | 0 |
4 | 2024-02 | 0 | 0 |
5 | 2024-03 | 0 | 0 |
6 | 2024-04 | 0 | 0 |
7 | 2024-05 | 0 | 0 |
8 | 2024-06 | 0 | 0 |
9 | 2024-07 | 0 | 0 |
10 | 2024-08 | 0 | 0 |
11 | 2024-09 | 0 | 0 |
12 | 2024-10 | 0 | 0 |
13 | 2024-11 | 0 | 0 |
14 | 2024-12 | 0 | 0 |
15 | 2023-05 | 0 | 0 |
16 | 2023-06 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/03/26